Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/06/2013

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 27 de Junio de 2013
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 25 obra Acta de Inspección n 0892 y a Fs. 26/
35 el relevamiento confeccionado con fecha 2/08/
12;
Que a Fs. 37/40, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 3 - B&B, Categoría Única.
Por ello:
El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1 - Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento de Alojamiento Turístico denominado Golfo Azul, propiedad del Sr. Sebastián Michelli, en el Tipo: 3
- B & B, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de quince 15 Unidades Alojativas y cuarenta y un 41 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Inscribir al establecimiento Golfo Azul en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 5º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de San Antonio Oeste, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística oOo Resolución Nº 025/13 SCFyCT
S. C. de Bariloche, 11 de junio de 2013.
Visto, el Expte n 2.562-AT-12 del registro de la Subsecretaría de Control de Fiscalización y Calidad Turística, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Félix;
propiedad de la Sra. Saturnina Olga Medina, con domicilio en la Calle 2, n 382, de la localidad de Sierra Grande, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 19/7/12, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 14 obra Acta de Inspección n 0872 y a Fs. 15/
21 el relevamiento confeccionado con fecha 16/
07/12;
Que a Fs. 22/24, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 3 - Hospedaje o Residencial, Categoría Única.

BOLETIN OFICIAL N 5156
Por ello:
El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1 - Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento de Alojamiento Turístico denominado Félix, propiedad de la Sra. Saturnina Olga Medina, en el Tipo: 3 - Hospedaje o Residencial, Categoría:
Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de cinco 5 Unidades Alojativas y diez 10 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Inscribir al establecimiento Félix en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 5º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Sierra Grande, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística.
oOo Resolución Nº 026/13 SCFyCT
S. C. de Bariloche, 11 de junio de 2013.
Visto, el Expte n 2.568-AT-12 del registro de la Subsecretaría de Control de Fiscalización y Calidad Turística, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado La Escampada, propiedad del Sr. Diego Martín Soplan, con domicilio en la calle Azcuénaga 561 de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 11/09/12, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 41 obra Acta de Inspección n 1041 y a Fs. 42/
52 el relevamiento confeccionado con fecha 23/
05/13;
Que a Fs. 53/55, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 1 - Hotel, con un puntaje de cuatrocientos treinta y nueve con 11/100 439,11 puntos, lo que determina su Categoría en Tres Estrellas y Modalidad:
Hostería.
Por ello:
El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1 - Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento de Alojamiento Turístico denominado La Escampada, propiedad del Sr. Diego Martín Soplan, en el
11
Tipo: 1 - Hotel, Categoría: Tres Estrellas, Modalidad: Hostería, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de nueve 9 Unidades Alojativas y diecinueve 19 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Inscribir al establecimiento La Escampada en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º - Hacer saber que el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 5º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística.
oOo Resolución Nº 027/13 SCFyCT
S. C. de Bariloche, 11 de junio de 2013.
Visto, el Expte. 2.386-AT-08 del registro de la ex Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante la cual se tramitó la Habilitación Turística del alojamiento denominado Huinca Che, propiedad del Sr. Alejandro Rodríguez, con domicilio en la calle Las Dunas 250, del balneario Las Grutas, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
ha sido aprobada la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que con fecha 26 de diciembre de 2012 se constató el cambio de titularidad de la explotación hotelera, por lo que corresponde su baja.
Por ello:
El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1 - Dar de baja, a partir del día 26 de diciembre de 2012 la habilitación turística del Tipo:
3 - Hostel, Categoría: Única, denominado Huinca Che; propiedad del Sr. Alejandro Rodríguez, con domicilio en la calle Las Dunas 250, del balneario Las Grutas, en virtud de no desarrollar más la actividad hotelera en dicho inmueble.
Art. 2º - Déjase sin efecto en consecuencia, a partir de la fecha indicada en el artículo precedente, la Resolución 328/10 MT.
Art. 3º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de San Antonio Oeste, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística.
oOo Resolución Nº 028/13 SCFyCT
S. C. de Bariloche, 12 de junio de 2013.
Visto, el Expte N 2.549-AT-12 del registro de la Subsecretaría de Control de Fiscalización y Calidad Turística, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Estancia Paso Flores, propiedad de la firma Paso Flores S.A., con domicilio en la Ruta 40 S
proximidad Dique Alicurá, del paraje Paso Flores, y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 27/06/2013

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha27/06/2013

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones1925

Primera edición03/01/2002

Ultima edición01/08/2024

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