Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/06/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 09 de Junio de 2011

Nº 4940

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 3,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LII
EDICION DE 40 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 40

DECRETOS

DECRETO Nº 260
Viedma, 20 de abril de 2011.Visto, el Expediente N 073148-DGA-2011, del Registro de la Secretaría General de la Gobernación, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo, se tramita la ratificación del Convenio Marco 2011
que fuera celebrado el 14 de Diciembre de 2.010, firmado entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC representado por la Licenciada Ana María EDWIN y la Dirección General de Estadística y Censos de la Provincia de Río Negro representado por la Licenciada Stella Maris TORRES, que tendrá como finalidad dar cumplimiento al Programa de Estadística 2011;
Que el INDEC se compromete a financiar el convenio citado por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL $ 351.000,00;
Que la firma del citado convenio, atento la materia en cuestión, importa el ejercicio de una exclusiva competencia del Poder Ejecutivo Provincial;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos y Fiscalía de Estado a fojas 16 vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Ratifícase en todos sus términos el Convenio Marco 2011
celebrado entre el Instituto Nacional de Estadística y Censos INDEC
representado por la Licenciada Ana María EDWIN y la Dirección General de Estadística y Censos de la Provincia de Río Negro representado por la Licenciada Stella Maris TORRES, firmado con fecha 14 de Diciembre de 2.010, que tiene como finalidad dar cumplimiento al Programa de Estadística 2011, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Dése conocimiento del presente Decreto a la Legislatura Provincial, en virtud de lo normado en el Artículo 181, Inciso 14 de la Constitución Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- D. R. Larreguy.
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
Entre el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, en su carácter de organismo que dirige el Sistema Estadístico Nacional, según las disposiciones de la Ley N 17622 y su Decreto Reglamentario N 3110/70, en adelante denominado EL INDEC representado en este acto por su Directora Lic. Ana María EDWIN, con domicilio legal en Av. Julio A. Roca N 609, CIUDAD DE BUENOS AIRES, por una parte, y por la otra la DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS de la Provincia de RÍO NEGRO, en adelante denominada LA DIRECCIÓN, en su carácter de Servicio integrante del aludido Sistema, representada en este acto por su Directora Lic. Stella Maris TORRES, con domicilio legal en Calle Gobernador Gallardo N 106, Piso 1, VIEDMA, convienen en celebrar, conforme a las
disposiciones de la Ley y Decreto citados y ad-referéndum del Señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, el presente Convenio Marco con las mutuas obligaciones que surgen de las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El presente Convenio tiene por objeto dar cumplimiento al PROGRAMA DE ESTADÍSTICA 2011 y con tal fin se implementa una colaboración técnica entre los organismos firmantes que permita a EL
INDEC cumplir con los fines públicos expuestos en el artículo 2 del Decreto N 3110/70, en las actividades que a continuación se detallan:
1. Encuesta Permanente de Hogares Continua.
2. Encuesta sobre Tecnologías de la Información y la Comunicación TIC a nivel de hogares.
3. Encuesta de Condiciones de Vida y Uso del Tiempo.
4. Encuestas Complementarias del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010.
5. Sistema Integrado de Estadísticas Sociodemográficas.
6. Programa Análisis Demográfico.
7. Mejoramiento de Estadísticas Vitales y de Registro Civil.
8. Encuesta Nacional Económica 2011.
9. Índice de Salarios.
10. Encuesta de Ocupación Hotelera.
11. Estadística de Permisos de Edificación.
12. Encuesta Nacional Agropecuaria 2011.
13. Marco Muestral Nacional de Vivienda MMNV. .
14. Programa Nacional de Cartografía Unificado.
SEGUNDA: Las partes, en su común carácter de miembros del Sistema Estadístico Nacional, garantizan la observancia de las normas sobre secreto estadístico y la confidencialidad de la información, de conformidad con las disposiciones de la Ley N 17622, la Disposición INDEC N 176/99 y la Ley Provincial N 10-58, por todas las personas que participan de las actividades motivo del presente Convenio.
TERCERA: FUNCIONES Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES: Para el logro de los objetivos enunciados en la cláusula PRIMERA, cada uno de los organismos intervinientes se ajustarán a las funciones y obligaciones que se detallan en esta cláusula:
1.- EL INDEC se compromete a:
a Financiar con cargo a su presupuesto, de acuerdo al artículo 7 incisos a y b y artículo 8 de la Ley N 17622 los gastos que demande el cumplimiento del presente Convenio, hasta un monto de PESOS
TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL $351.000.-, el que será abonado dentro de los TREINTA 30 días de la aprobación del presente.
b Prestar asesoramiento a LA DIRECCIÓN en las distintas etapas del trabajo, facilitando para ello y cuando sea necesario la concurrencia de representantes de su equipo técnico.
c Impartir normas metodológicas para cada una de las actividades mediante documentos y/o comunicados.
d Supervisar, evaluar y auditar el funcionamiento de las distintas etapas de las actividades.
e Capacitar a los técnicos de LA DIRECCIÓN, que se desempeñen como responsables de las actividades.
2.- LA DIRECCIÓN se compromete a:
a Asignar un responsable por cada actividad, y el número de agentes, con la dedicación necesaria para el eficaz cumplimiento del presente Convenio. Los nombres y apellidos y antecedentes del personal dedicado a cada actividad se hará conocer a EL INDEC, mediante comunicación fehaciente cursada dentro de los Treinta 30 días de producida su contratación.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/06/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha09/06/2011

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones1916

Primera edición03/01/2002

Ultima edición01/07/2024

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