Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/11/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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SUPLEMENTO

DECRETO Nº 612
Viedma, 23 de junio del 2006.
Visto, el Expediente N 13.500-G-06, del registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por el presente expediente se tramita la ratificación de un Convenio Marco y un Convenio Específico entre la Provincia de Río Negro, representada por el Sr.
Gobernador, Dr. Miguel Angel SAIZ y la Escuela de Política y Gobierno de la Universidad Nacional de San Martín U.N.S.M. de la ciudad San Martín, Provincia de Buenos Aires, representada por el Director Dr. Marcelo CAVAROZZI L.E.
N 4.422.962, destinados a la participación de dicha Universidad en las acciones e iniciativas referidas a la implementación de la Reforma Política e Institucional que se está llevando a cabo, en el Sistema de Formación y Capacitación Política para Jóvenes Dirigentes, a desarrollarse durante el presente año y el 2007, en el territorio Provincial;
Que el Convenio Específico de Cooperación Mutua, establece que la Universidad Nacional de San Martín participará en la implementación del Sistema de Formación y Capacitación Política para Jóvenes Dirigentes, a través de docentes pertenecientes a ella y seleccionados por la misma para el dictado de clases sobre temáticas de su especialidad requeridas por la Subsecretaría de Relaciones Institucionales y Participación Ciudadana del Ministerio de Gobierno; en el transcurso de dos 2 Encuentros presenciales, en un todo de acuerdo al Proyecto de Trabajo que como Anexo I del Convenio se adjunta al presente y que describe el perfil docente requerido, el diseño curricular, la metodología y la dinámica del curso;
Que la Cláusula Cuarta del Convenio Específico, establece que la Provincia de Río Negro, a través del Ministerio de Gobierno, otorgará un aporte por la suma de pesos cuatro mil cuatrocientos cincuenta $ 4.450,00; abonándose dentro de los quince 15 días posteriores a la firma del presente decreto, la suma de pesos un mil setecientos cincuenta $ 1.750,00, y el resto dentro de los quince 15 días de finalizados los correspondientes encuentros y una vez presentada de conformidad la factura correspondiente, conforme Anexo II del Convenio que forma parte del presente decreto;
Que dicho aporte tiene por objetivo cubrir todos los gastos de los honorarios de los académicos y especialistas participantes, como los gastos de traslados a la Provincia de Río Negro, de las estadías en la misma y de la participación de un representante en los actos de apertura y cierre del Ciclo Lectivo 2006/2007 y de todo otro gasto que pudiera surgir;
Que a través del Ministerio de Gobierno se realizarán las actuaciones administrativas tendientes al cumplimiento del presente;
Que a fs. 19 se agrega Reserva Interna de Crédito por la suma total de pesos cuatro mil cuatrocientos cincuenta $ 4.450,00, a fin de certificar la existencia de los recursos para hacer frente a la presente erogación, los que se registrarán en la etapa de Compromiso en la tramitación administrativa de pago;
Que para la Universidad, el presente se encuadra en los términos de la Ley Nacional N 24.521 Ley de Educación Superior, atento que son las Universidades Nacionales Públicas que cuentan con Facultades, Carreras o Escuelas de Ciencias Políticas las que actúan como efectores del sistema y se hacen cargo de la prestación del Servicio Docente en virtud de la facultad que les atribuye dicha Ley;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección de Asuntos Legales, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, a fs. 27
vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Ratificar en todos sus términos el Convenio Marco de Cooperación Mutua suscripto por el Sr. Gobernador de la Provincia de Río Negro, Dr. Miguel Angel SAIZ, y la Escuela de Política y Gobierno de la Universidad Nacional de San Martín U.N.S.M. de la ciudad de San Martín, Provincia de Buenos Aires, representada por el Director Dr. Marcelo CAVAROZZI L.E. N
4.422.962, destinada a la participación de dicha Universidad en las acciones e iniciativas referidas a la implementación de la Reforma Política e Institucional que se está llevando a cabo en el Sistema de Formación y Capacitación Política para Jóvenes Dirigentes, a desarrollarse durante el presente año y el 2007, en el territorio Provincial, que como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto.Art. 2.- Ratificar en todos sus términos el Convenio Específico de Cooperación Mutua, suscripto por el Dr. Miguel Angel SAIZ, Gobernador de la Provincia de Río Negro y la Escuela de Política y Gobierno de la Universidad Nacional de San Martín U.N.S.M. de la ciudad de San Martín, Provincia de Buenos Aires, representada por el Director Doctor Marcelo CAVAROZZI L.E N
4.422.962, que como Anexo II se adjunta y forma parte integrante del presente Decreto.-

Viedma, Octubre del 2006.-

Art. 3.- A través del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Río Negro se procederá al cumplimiento administrativo de lo dispuesto en los Convenios que por el presente Decreto se aprueban.Art. 4.-El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Gobierno.Art. 5.-Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. I. Lázzeri.

CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN MUTUA
ENTRE EL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO
Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN

ANTECEDENTES:
El Gobierno de la Provincia de Río Negro, en acuerdo y en conjunto con los Partidos Políticos y organizaciones sociales de la Provincia, desarrolló durante los años 2004 y 2005 un proceso público, amplio y participativo de búsqueda de consensos tendientes a reformar aquellas cuestiones vinculadas con la Política y el Estado que la Sociedad reclamaba en forma difusa pero no por ello menos valiosa y legítima. Este proceso se concretó el 31 de marzo de 2005 con la firma en San Carlos de Bariloche del Acta de Lineamientos Generales de Consenso por parte del Gobierno y los Partidos Políticos, que recogió las coincidencias del fructífero debate público sobre las reformas y acciones a encarar. Los consensos alcanzados están siendo incorporados a diversos proyectos de Ley que se encuentran en tratamiento en la Legislatura Provincial, y sin duda serán un importantísimo avance en pos del mejoramiento de nuestras instituciones y de la calidad de la Política.
Por otra parte, entre los consensos incluidos en el Acta mencionada figuran temas que para su implementación requieren de la participación, el aporte y la experiencia de técnicos, expertos y académicos del ámbito universitario. En virtud de ello se considera conveniente establecer una relación formal, de carácter global; para la colaboración mutua entre la Universidad Nacional de San Martín y el Ministerio de Gobierno de Río Negro, que permita firmar luego convenios particulares destinados a realizar acciones y llevar adelante iniciativas referidas a cada una de las temáticas que sea necesario abordar.

CONVENIO:
Por lo expuesto, entre el Gobierno de Río Negro, representado en este acto por el Sr. Gobernador de la Provincia, Dr. Miguel Ángel Saiz, en adelante LA PROVINCIA, y la Escuela de Política y Gobierno de la Universidad Nacional de San Martín, representada por su Director, Dr. Marcelo Cavarozzi, en adelante LA
UNIVERSIDAD, se suscribe el presente Convenio Marco de Colaboración Mutua, de acuerdo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA PROVINCIA, a través del Ministerio de Gobierno, requerirá la participación de LA UNIVERSIDAD, en cada uno de los temas que en virtud de las acciones e iniciativas referidas a la implementación de la Reforma Política e Institucional demande el aporte y la presencia de personal universitario.
SEGUNDA: Para cada acción o iniciativa conjunta se firmará, sobre la base de un programa de trabajo elaborado por el Ministerio de Gobierno, entre LA
PROVINCIA y LA UNIVERSIDAD un convenio específico, en el que constará con precisión el perfil profesional o técnico del personal universitario, la dedicación horaria, la frecuencia y el tipo de las tareas a realizar y las demás cuestiones a que quedan obligados, como así mismo el monto y el modo de asignación de los recursos financieros que aportará LA PROVINCIA.
TERCERA: Ambas partes tienen la libertad de mencionar su participación en el Sistema en las comunicaciones de Prensa y en la publicidad institucional del Sistema en su carácter de Acto de Gobierno.
CUARTA: El presente Convenio podrá ser rescindido por cualquiera de las partes, con el solo requisito de informar a la otra fehacientemente, con treinta días de anticipación, de esta decisión y de las razones de tal determinación.
QUINTA: Las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de San Martín, Provincia de Buenos Aires.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/11/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha01/11/2006

Nro. de páginas34

Nro. de ediciones1917

Primera edición03/01/2002

Ultima edición04/07/2024

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