Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/11/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 9 de Noviembre del 2006

Nº 4462

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLVII
EDICION DE 46 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 46

DECRETOS

DECRETO Nº 1238
Viedma, 09 de Octubre de 2006.Visto, el Expediente N 8.117-SOP-06, del Registro de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el cambio de modalidad del Contrato de Prestación de Medios por Contrato de Locación de Servicios mediante excepción al Art. 5 de la Ley N 3.238, celebrado entre el Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, representado por el Sr. Ministro Contador Pablo Federico VERANI DNI.
N 16.767.787 y el Ingeniero en Electrónica Pedro Edgardo POSSE DNI. N
8.503.585, para desempeñar tareas correspondientes al Agrupamiento Profesional en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Jurisdicción 18, Programa 08, Actividad 02;
Que deberá rescindirse el Contrato de Prestación de Medios celebrado oportunamente entre la Secretaría de Obras y Servicios Públicos dependiente del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos y dicho profesional, aprobado por la Resolución N 231/06 del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2.006;
Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, como autoridad de aplicación para administrar excepciones en las contrataciones de personal en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial derivado de estrictas razones de orden funcional, se expidió favorablemente en el punto 01 Anexo I del Acta N 10/2006 obrante a fojas 24 y 25;
Que se ha constatado la inexistencia de los impedimentos establecidos en las condiciones generales de ingreso a la Administración Pública Provincial y la aptitud psicofísica del postulado, mediante la realización del exámen preocupacional exigido por la normativa de riesgos del trabajo;
Que se encuentran cumplimentados los requisitos establecidos en el Artículo 16 de la Ley N 3.238 y del Anexo I de su Decreto Reglamentario N 1.774/98;
Que han tomado debida intervención los organismos de control, Asesoría Legal de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y Fiscalía de Estado a fojas 36
vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 3 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Dejar sin efecto a partir de la firma del presente Decreto, el Contrato de Prestación de Medios celebrado oportunamente entre la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, representada por el Señor Osvaldo Norberto MILDENBERGER
LE. N 8.527.093, dependiente del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos y el Ingeniero en Electrónica Pedro Edgardo POSSE DNI. N 8.503.585, que fuera aprobado mediante Resolución N 231/06 del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2.006.Art. 2.- Aprobar en todos sus términos, el Contrato de Locación de Servicios en relación de dependencia celebrado entre el Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos representado por su Ministro Contador Pablo Federico VERANI
DNI. N 16.767.787 y el Ingeniero en Electrónica Pedro Edgardo POSSE DNI. N
8.503.585, equiparado a los efectos escalafonarios en la Categoría 10 del Agrupamiento Profesional, Capítulo VI, Artículo 14 del Escalafón aprobado por la Ley N 1.844, a partir de la firma del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2.006, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.Art. 3.- Establecer una remuneración mensual equivalente a la Categoría 13
del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 86 del Escalafón aprobado por la Ley N 1.844.-

Art. 4.- Proceder a la reserva interna para afrontar las erogaciones resultantes afectándola a los créditos presupuestarios, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisd.
18
18
18
18
18
18
18

Progr.
08
08
08
08
08
08
08

Subprogr 00
00
00
00
00
00
00

Proy.
00
00
00
00
00
00
00

Activ.
02
02
02
02
02
02
02

Recurso 10
10
10
10
10
10
10

Partida 121
123
124
125
126
127
355

$
$ $
$ $
$ $

Monto 4.834,98
798,50
572,92
309,84
4.747,02
209,55
43,57

Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. F. Verani.
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS
En la ciudad de Viedma, a los 29 días del mes de agosto del año dos mil seis, entre el Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Río Negro, representado por su titular Cdor. Pablo Federico VERANI DNI. N
16.767.787, con domicilio en calle 25 de Mayo N 99 de la ciudad de Viedma en adelante EL ORGANISMO y el Ingeniero en Electrónica Pedro Edgardo POSSE
DNI. N 8.503.585, domiciliado en calle Chile N 39 de la ciudad de Carmen de Patagones, en adelante EL CONTRATADO, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, sujeto a lo establecido en el Capítulo IX y concordantes del Anexo I Ley N 3.487 y a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO y FUNCIONES
EL CONTRATADO prestará sus servicios bajo relación de dependencia con la Secretaría de Obras y Servicios Públicos dependiente del Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, para desempeñar tareas Profesionales en ámbito de la Subsecretaría de Servicios Públicos, según lo establecido en el Agrupamiento Profesional del Escalafón vigente aprobado por la Ley N 1.844 o lo determinado en el mismo Agrupamiento del Escalafón aprobado por la Ley N 3.487.SEGUNDA: REMUNERACION
EL CONTRATADO percibirá una remuneración mensual equivalente a la Categoría 13 del Agrupamiento Profesional conforme a lo establecido en el Art. 86, Anexo II del Escalafón aprobado por la Ley N 1.844, más los adicionales y asignaciones familiares que se acrediten y otorguen debidamente, previa certificación de los servicios prestados emitida por el Departamento de Administración de Personal. Le corresponderán los proporcionales de aguinaldos y los incrementos con el reajuste de salarios que por aplicación de índices fijos o porcentuales se otorguen en forma general al personal de la Administración Pública Provincial.
Asimismo el contratado será incluido en el Régimen de Seguridad Social de la Provincia I.Pro.S.S. aceptando los descuentos establecidos por la Ley N 2.432 y modificatorias.A los efectos del Escalafón vigente para el Personal de la Administración Pública Provincial Ley N 1.844, la equiparación del presente contrato se establece en la Categoría 10 del Agrupamiento Profesional, Artículo 14, Capítulo VI de la citada Ley.TERCERA: LICENCIAS
EL CONTRATADO gozará de las licencias previstas en los incisos a, b, c d y e del Artículo 27 Capítulo IV del Estatuto General y Básico para el Personal de la Administración Pública de la Provincia de Río Negro, aprobado por la Ley N
3.487.EL CONTRATADO tendrá derecho a las licencias previstas en los incisos a, b, c d y e del Artículo 42 limitándose la del inciso f a diez 10 días corridos.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/11/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha10/11/2006

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones1917

Primera edición03/01/2002

Ultima edición04/07/2024

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