Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/10/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 09 de Octubre del 2006
Que las tareas a realizar por la mencionada profesional no se superponen ni están en colisión con las encomendadas a personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que la contratación de la Sra. María Verónica ROYER fue autorizada por excepción por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley N 3.487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97
del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal y Fiscalía de Estado a fojas 61 vuelta;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 3 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Dejar sin efecto a partir de la firma del presente Decreto, el Contrato de Prestación de Medios celebrado entre el Ministerio de Gobierno y la señora María Verónica ROYER D.N.I. N 23.930.234, de acuerdo a lo establecido en la cláusula séptima del contrato suscripto oportunamente.Art. 2.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto, celebrado entre el Ministerio de Gobierno, representado por su titular el Sr. Pedro Iván LAZZERI D.N.I. N 14.853.721 y la Licenciada en Psicología Sra. María Verónica ROYER, D.N.I.
N 23.930.234, Cuil N 27-23930234-9, quien cumplirá funciones inherentes a su profesión en el Programa de Asistencia a la Víctima del Delito de General Roca de la Dirección General de Derechos Humanos, dependiente de la Secretaría de Relaciones Institucionales, Participación Ciudadana y Derechos Humanos, del Ministerio de Gobierno, en la categoría 10 del Agrupamiento Profesional de la Ley N 1.844, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre del año 2006.Art. 3.- Establecer una remuneración mensual para la prestación de los servicios equivalente a la categoría 13 del Agrupamiento Profesional de la Ley N 1.844.Art. 4.- Proceder a la reserva interna en la Jurisdicción 17 Programa 21.00.00.06, Partidas 121 $
9.669,96, 123 $ 1.367,00, 124 $ 1.065,39, 125 $ 576,17, 126 $ 9.494,04, 127 $ 404,88, 131 $ 960,00 y 355 $
41,18 código de recursos 10, Rentas Generales, para atender las erogaciones resultantes.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. I. Lázzeri.
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, entre el Ministerio de Gobierno, representado en este acto por su titular, Sr. Pedro Iván LAZZERI
D.N.I. N 14.853.721, con domicilio legal en calle Laprida 212 de la ciudad de Viedma, por una parte, en adelante EL ORGANISMO y la Lic. en Psicología señora María Verónica ROYER, D.N.I. N 23.930.234, CUIL N 2723930234-9 con domicilio en la calle San Martín N 148
de la ciudad de General Roca R.N., por la otra, en adelante EL CONTRATADO, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL CONTRATADO prestará sus servicios en la Dirección General de Derechos Humanos cumpliendo funciones en el Programa de Asistencia a la Víctima del Delito de la ciudad de General Roca, dependiente del Ministerio de Gobierno, en la categoría 10 del Agrupamiento Profesional de la Ley N 1.844.-

BOLETIN OFICIAL N 4453
SEGUNDA: El CONTRATADO percibirá como retribución por sus servicios una remuneración mensual equivalente a la categoría 13 el Agrupamiento Profesional de acuerdo a los montos establecidos en la Ley de Remuneraciones vigente, con las bonificaciones por: título, salario familiar y las demás que pudieran corresponderle.TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir de la fecha de su aprobación por decreto y hasta el 31 de diciembre de 2006.CUARTA: El CONTRATADO percibirá además las asignaciones correspondientes en concepto de sueldo anual complementario, subsidio familiar, conforme las prescripciones vigentes, viático y toda otra compensación, inclusive los incrementos de sueldo que fueren otorgados en forma general por la Administración Pública Provincial.QUINTA: El CONTRATADO quedará comprendido dentro del régimen de licencia instituido en la Ley N
3487 Capítulo IX y Acta N 12/2003 del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado.SEXTA: La retribución de El CONTRATADO estará sujeta a los descuentos jubilatorios y cargas sociales establecidas por la Ley N 2753 del I.PRO.S.S. y sus modificatorias.SEPTIMA: El CONTRATADO queda sometido a las disposiciones, órdenes disciplinarias, métodos y normas de trabajo que establezca El ORGANISMO comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a la estabilidad, ni a la carrera administrativa que establecen las normas legales en vigencia para los empleados públicos provinciales.OCTAVA: Las partes podrán, sin causa alguna, rescindir el presente contrato, sin que ello implique reconocimiento de indemnización alguna entre los contratantes, dando aviso fehaciente de la rescisión con treinta 30 días de anticipación.NOVENA: Para todos los efectos legales emergentes de este contrato, las partes constituyen domicilio en los ut-supra indicados, sometiéndose a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma.En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman los ejemplares de Ley y cada parte recibe el suyo en este acto.oOo DECRETO Nº 1074
Viedma, 11 de septiembre de 2006.Visto, el Expediente N 90769-G-2005 del Registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el Contrato de Locación de Servicios mediante excepción al Artículo 5 de la Ley N 3238 de la señora Rosana Mabel ULLOA, D.N.I. N 24.650.556, CUIL N 27-24650556-5, quien posee el título de Contadora Pública y desempeñará funciones inherentes a su profesión en la Inspección General de Personas Jurídicas, dependiente del Ministerio de Gobierno;
Que las tareas a realizar por la mencionada agente no se superponen ni están en colisión con las encomendadas a personal estable de la Administración Pública Provincial;
Que la contratación de la señora Rosana Mabel ULLOA fue autorizada por excepción por el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que el presente trámite se encuadra en los términos de la Ley N 3487, Anexo I, Capítulo IX, Estatuto del Empleado Público Provincial y la Resolución N 90/97
del Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección de Asuntos Legales y Fiscalía de Estado, a fojas 45 vuelta;

3
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 3 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A:
Artículo 1.- Dejar sin efecto a partir de la firma del presente Decreto, el Contrato de Prestación de Medios celebrado entre el Ministerio de Gobierno y la señora Rosana Mabel ULLOA, D.N.I. N 24.650.556, de acuerdo a lo establecido en la cláusula séptima del contrato suscripto oportunamente.Art. 2.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto, celebrado entre el Ministerio de Gobierno representado por su titular señor Pedro Iván LAZZERI D.N.I. N 14.853.721 y la señora Rosana Mabel ULLOA D.N.I. N 24.650.556 CUIL N
27-24650556-5, quien posee título de Contadora Pública, en la categoría 10 Agrupamiento Profesional de la Ley N 1844, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2006, para desempeñarse en la Inspección General de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de Gobierno.Art. 3.- Establecer una remuneración mensual para la prestación de los servicios equivalente a la categoría 13 del Agrupamiento Profesional, Ley N 1844.Art. 4.- Proceder a la reserva interna en la Jurisdicción 17 Programa 15.00.00.01 Partidas 121 $
6.446,64, 123 $ 1.064,67, 124 $ 764,89, 125 $ 413,66, 126 $ 6.329,36, 127 $ 297,76, y 355 $ 58,95, Código de Recursos 10 Rentas Generales, para atender las erogaciones resultantes.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.SAIZ.- P. I. Lázzeri.
En la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, entre el Ministerio de Gobierno, representado en este acto por su titular, Sr. Pedro Iván LAZZERI D.N.I. N 14.853.721, con domicilio legal en calle Laprida 212 de la ciudad de Viedma, por una parte, en adelante EL ORGANISMO y la Cra. Rosana Mabel ULLOA, D.N.I. N 24.650.556, CUIT N 27-24650556-5, con domicilio en calle Villegas 565 de la ciudad de Carmen de Patagones Bs.As., por la otra, en adelante EL CONTRATADO, se conviene en celebrar el presente Contrato de Locación de Servicios, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL CONTRATADO prestará sus servicios bajo relación de dependencia cumpliendo funciones inherentes a su profesión, en la Inspección General de Personas Jurídicas, dependiente del Ministerio de Gobierno en la categoría 10 del Agrupamiento Profesional de la Ley N
1844.SEGUNDA: El CONTRATADO percibirá como retribución por sus servicios una remuneración mensual equivalente a la categoría 13 del Agrupamiento Profesional de acuerdo a los montos establecidos en la Ley de Remuneraciones vigente, con las bonificaciones por: título y salario familiar, y las demás que pudieran corresponderle.TERCERA: El presente contrato tendrá vigencia a partir de la fecha de su aprobación por Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2006.CUARTA: El CONTRATADO percibirá además las asignaciones correspondientes en concepto de sueldo anual complementario, subsidio familiar, conforme las prescripciones vigentes, viático y toda otra compensación, inclusive los incrementos de sueldo que fueren otorgados en forma general por la Administración Pública Provincial.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 10/10/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha10/10/2006

Nro. de páginas46

Nro. de ediciones1921

Primera edición03/01/2002

Ultima edición18/07/2024

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