Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/12/2015 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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Cuarta Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCXII - Nº 242

0045-017722/2015, CARATULADAS ACTA DE CONSTATACION N 04528, SE HA
DICTADO LA SIGUIENTE PROVIDENCIA: Córdoba, 18 de Noviembre de 2015 Atento las presentes actuaciones, a cuya fs. 2 se anexa, Acta de Constatación N 04528, en razón que, prima facie, se habría cometido una infracción, tipificada por el art. 58 inc. 18
circular con un peso total o por eje superior al autorizado mas su tolerancia del Decreto N 1048/2010 y modificatorios, en Ruta E 53 km. 40, el día 26 de Agosto de 2015, a las 10:55
hs., constatada por el Revisor de Cargas, personal autorizado de la Dirección Provincial de Vialidad de la Provincia de Córdoba D.P.V., Maximiliano Kowendl, en la que se consignan los datos del Conductor del vehículo marca Scania, modelo BR116DS, año 1978, dominio WTW254, como ZURITA HECTOR HUGO, DNI 16.014.643, Registro N 16014643E1 de la Municipalidad de Santa María de Punilla, con domicilio en calle Hugo Wast N 710, Santa María de Punilla, Provincia de Córdoba, C.P. 5164, quien del mismo modo suscribe el Acta, del Propietario del vehiculo, como MERCORUTA SRL, CUIT 30707852042, domiciliado en calle Sucre N 157, B Malvinas Argentinas de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba y del Propietario del Acoplado, dominio GMH445, como MOLIENDAS RINCÓN SRL, CUIT
33708246919, con domicilio en calle Corrientes N 8, de la localidad de Río Ceballos, Provincia de Córdoba y en función de lo dispuesto por los Art. 18 inc. C, Art. 33 y Art. 37 del Decreto N 1048/2010 y modificatorios, Ley 8555 y Art. 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Córdoba N 5358 T.O. 6658 y modificatorias, CÍTESE Y
EMPLÁCESE a los Sres. ZURITA HECTOR HUGO, Conductor del vehículo, MERCORUTA
SRL, Propietario del vehículo y MOLIENDAS RINCON SRL, Propietario del Acoplado, para que en el plazo de cinco 5 días hábiles administrativos de recibida la presente, comparezcan ante esta D.P.V., sita en calle Figueroa Alcorta N 445 de la Ciudad de Córdoba de la Provincia de Córdoba C.P. 5000, a los fines de formular descargo por escrito, constituyan domicilio en el radio de la ciudad de Córdoba y ofrezcan las pruebas de que intenten valerse para su defensa, bajo apercibimiento de tener por decaído su derecho, ser declarados en rebeldía y, proceder sin más trámite a dictar resolución declarándolos responsables de la infracción cometida y condenarlos al pago de la multa, cuyo valor nominal, al momento de la infracción, ascendía a la suma de pesos treinta y un mil doscientos $31.200, monto este que será actualizado, conforme el valor de la Unidad de Multa U.M., a la fecha del efectivo pago. Firmado, Dr. Juan Esteban García, Jefe de Departamento Asesoría Jurídica, Dirección Provincial de Vialidad. QUEDAN UDS. DEBIDAMENTE
NOTIFICADOS.
5 días - Nº 35230 - s/c - 23/12/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA INDIRECTA AL CIUDADANO
RESOLUCION SJGIR-C 1359/2015 - 09 DICIEMBRE 2015 - VISTO, los Expedientes y/
o trámites que tratan sobre solicitudes de Exenciones/Compensaciones/Acreditaciones/
Devoluciones, respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas, los cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del presente Acto Administrativo, y CONSIDERANDO I QUE, en cada uno de los Expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, se ha emitido el Acto Administrativo pertinente;
II QUE la notificación de dichas Resoluciones resultó infructuosa por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuarla por edictos publicados por cinco 5
días en el Boletín Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados, el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015, todo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 del mismo cuerpo legal. Por ello, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015
por Decreto N 400/2015; EL SEÑOR DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE ASISTENCIA
AL CIUDADANO R E S U E L V E: ARTICULO 1 NOTIFÍCASE a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente acto administrativo que resuelve DECLARAR la PERENCION de INSTANCIA. ARTICULO 2 HÁGASE
SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán interponer el Recurso de Reconsideración por escrito ante la Dirección, personalmente o por correo, mediante carta certificada con recibo de retorno, fundadamente y dentro del plazo de quince 15
días de notificada la Resolución, para lo cual deberá abonar la Tasa retributiva, de acuerdo al monto que fije la Ley Impositiva Anual. La Dirección deberá resolver el Recurso de Reconsideración dentro de un plazo de treinta 30 días contados desde su interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte 20 días podrá considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. ARTICULO 3-PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE al Macroproceso de Asistencia al Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.- Firma: Cr. Sánchez Ariel Sebastián-Director De JurisdicciónDirección General De Rentas - Provincia De Córdoba.ORDEN N EXPTE. INICIADOR
1 0034-082509/2014 DABBAS MARTIN ARIEL
2 0034-079085/2014 ABRUTSKY MAXIMILIANOLIRICUS SRL
3 0034-082979/2014 MONGES BERNARDA CECEILIA
4 0034-080742/2014 USAI ESTEBAN DOMINGO
MADERAS CORDOBA SRL

N RESOLUCION
FECHA
SJGIR-C-0949/2015 07/09/2015
SJGIR-C-0993/2015 16/09/2015
SJGIR-C-1181/2015 09/11/2015
SJGIR-C-0673/2015 30/06/2015

5
6

CÓRDOBA, 18 de Diciembre de 2015

0034-082398/2014 MOLINA JAVIER IGNACIO
0034-079737/2014 LEYRIA ANGEL PEDRO

SJGIR-C-0980/2015 11/09/2015
SJGIR-C-0953/2015 07/09/2015

5 días - Nº 35738 - s/c - 23/12/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA INDIRECTA AL CIUDADANO
RESOLUCION SJGIR-D 0674/2015 - 09 DICIEMBRE 2015 - VISTO, los Expedientes y/
o trámites que tratan sobre solicitudes de Exenciones/Compensaciones/Acreditaciones/
Devoluciones, respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas, los cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del presente Acto Administrativo, y CONSIDERANDO I QUE, en cada uno de los Expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, se ha emitido el Acto Administrativo pertinente; II QUE
la notificación de dichas Resoluciones resultó infructuosa por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuarla por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados, el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario Provincial, Ley 6006
T.O. 2015 por Decreto N 400/2015, todo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 67
del mismo cuerpo legal. Por ello, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015; EL SEÑOR
DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE ASISTENCIA AL CIUDADANO R E S U E L V E: ARTICULO 1 NOTIFÍCASE a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente acto administrativo que resuelve DECLARAR la PERENCION de INSTANCIA.
ARTICULO 2 HÁGASE SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán interponer el Recurso de Reconsideración por escrito ante la Dirección, personalmente o por correo, mediante carta certificada con recibo de retorno, fundadamente y dentro del plazo de quince 15 días de notificada la Resolución, para lo cual deberá abonar la Tasa retributiva, de acuerdo al monto que fije la Ley Impositiva Anual. La Dirección deberá resolver el Recurso de Reconsideración dentro de un plazo de treinta 30 días contados desde su interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte 20 días podrá considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. ARTICULO
3-PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE al Macroproceso de Asistencia al Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.- Firma: Cr. Sánchez Ariel SebastiánDirector De JurisdicciónDirección General De Rentas - Provincia De Córdoba.ORDEN
N EXPTE. INICIADOR
N RESOLUCION
1 0034-077156/2013 BERTOSSI MARIELA
VERONICA INFODEV S.A
SJGIR-D-0011/2015
2 0034-083999/2015 CEJAS CRISTIAN SEBASTIAN
SJGIR-D-0579/2015
3 0034-072267/2011 SOSA MATILDE
SJGIR-D-0358/2015
4 0034-065050/2009 DIRATCHETTE JOSE ARNALDO
SJGIR-D-0478/2015
5 0685-000282/2015 CASADO WALTER GUILLERMO
SJGIR-D 0524/2015
6 0034-082698/2014 CORVALAN ANABELA SOLEDAD
SJGIR-D-0455/2015
7 0034-083163/2015 DIAZ HORACIO AURELIO
SJGIR-D-0584/2015
8 0034-084026/2015 OLIVA ANDREA
SUCESION DE OLIVA ALEAZAR ROGER
0513/2015
07/09/2015
9 0034-081677/2014 CARBAJAL MARIA ALEJANDRA
SJGIR-D-0517/2015

FECHA
07/01/2015
13/10/2015
23/06/2015
13/08/2015
18/09/2015
29/07/2015
13/10/2015
SJGIR-D09/09/2015

5 días - Nº 35735 - s/c - 23/12/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA INDIRECTA AL CIUDADANO
RESOLUCION SJGIR-E 1194/2015 - 09 DICIEMBRE 2015 - VISTO, los Expedientes y/
o trámites que tratan sobre solicitudes de Exenciones/Compensaciones/Acreditaciones/
Devoluciones, respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas, los cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del presente Acto Administrativo, y CONSIDERANDO I QUE, en cada uno de los Expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, se ha emitido el Acto Administrativo pertinente;
II QUE la notificación de dichas Resoluciones resultó infructuosa por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuarla por edictos publicados por cinco 5
días en el Boletín Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados, el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015, todo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 del mismo cuerpo legal. Por ello, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015
por Decreto N 400/2015; EL SEÑOR DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE ASISTENCIA
AL CIUDADANO R E S U E L V E: ARTICULO 1 NOTIFÍCASE a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente acto administrativo que resuelve DENEGAR la Exención y DECLARAR LA EXENCIÓN de los impuestos conforme lo dispuesto en el Acto Administrativo dictado. ARTICULO 2 HÁGASE SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán interponer el Recurso de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/12/2015 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha18/12/2015

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones4026

Primera edición01/02/2006

Ultima edición06/08/2024

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