Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/12/2015 - 4º Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CÓRDOBA, 21 de Diciembre de 2015

4

SECCIÓN

AÑO CII - TOMO DCXII - Nº 243
CORDOBA, R.A., LUNES 21 DE DICIEMBRE DE 2015

CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS

Y

CONTRATACIONES

EN

NOTIFICACIONES
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución Nº 1243/15 - La Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional notifica al Sr. Adrián Alejandro MERLO D.N.I. N 18.611.519, que en el Expediente Nº 0622116720/2009 recayó la Resolución Nº 1243/15, de fecha 10/11/15 de esta Dirección General, que dispone: Art. 1º- APROBAR el sumario ordenado por Resolución DGETyFP Nº 0306/14, en contra del Sr. Adrián Alejandro MERLO D.N.I. N 18.611.519, por los fundamentos expuestos en el Considerando precedente.- Art. 2º- SOLICITAR a la Superioridad, se declare la CESANTÍA
del mencionado agente, el 23/05/09 en un 01 cargo de Preceptor -titulardel IPET N 67 Tte.
Cnel. LUIS PIEDRABUENA de Malagueño; por los fundamentos expuestos en el Considerando precedente y en los términos que prevé el Art. 126 inc. f del Decreto Ley 214/E/63.- Art. 3ºPROTOCOLÍCESE, notifíquese formalmente al interesado, comuníquese al centro educativo, a la Inspección respectiva, a la Dirección de Recursos Humanos y elévese al MINISTERIO DE
EDUCACIÓN, a los fines del Art. 2º de la presente Resolución.- FIRMADO: ING. DOMINGO
ARÍNGOLI - Director General de Educación Técnica y Formación Profesional.5 días - Nº 35324 - s/c - 21/12/2015 - BOE
UNIDAD EJECUTORA LEY 9150
El presidente de la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos en el expediente 0535091853/2008 - QUEVEDO GUILLERMO - Solicita Inscripción en Registro de Posesión - por el cual se tramita la solicitud de inscripción de posesión, requerida por QUEVEDO GUILLERMO, DNI 11.187.373 sobre un inmueble de 327 M2, Lt 66, Mzna 4, ubicado en calle Francisco Caballero N 572, Barrio Villa Siburu, Córdoba, Departamento Capital, que linda según Declaración Jurada, en su costado Norte con Lote N 65, en su costado Sur con Lt 67, al Este con Lote N 60, y al Oeste con CALLE Francisco Caballero, siendo titular de la cuenta N 110100267098
ALTAMIRANO DE QUEVEDO JUANA. cita al titular de cuenta mencionado y al titular registral ALTAMIRANO DE QUEVEDO JUANA y/o a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto precedentemente, para que en el plazo perentorio de sesenta 60 días se presenten ante la Unidad Ejecutora sita en calle Rivera Indarte 33- Ciudad de Córdoba y efectúen las manifestaciones y/u oposiciones que estimen pertinentes, bajo apercibimiento de proceder como lo establece el primer párrafo del art. 14 de la Ley 9150.Fdo. Norberto A. Sosa Campana , Presidente de la Unidad Ejecutora Cba 25 / 11 /2015. Art. 14, 1er párrafoLey 9150. En caso de no mediar oposición del titular registral en el plazo perentorio de sesenta 60 días computados desde el diligenciamiento de la notificación o desde la última publicación, la UNIDAD EJECUTORA
procederá a dar curso al requerimiento formulado, a través de la correspondiente resolución que ordene la inscripción
5 días - Nº 35356 - s/c - 22/12/2015 - BOE
DIRECCIÓN DE POLICÍA FISCAL - INSTRUCCIÓN DE SUMARIO
Córdoba, 02 de octubre de 2015 - GARAFULICH RICARDO TADEO - De las constancias obrantes en el expediente Nº 0562-001753/2015 tramitado en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que el contribuyente GARAFULICH RICARDO TADEO, CUIT N
23-18374487-9, inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 270-26448-4, con domicilio tributario en calle 11 de Septiembre N 5783, de la ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba, y domicilio constituido mediante Acta A.1. N 1-019.546 de fecha 17/06/2014 en calle
CONSULTE NUESTRA PÁGINA WEB:

Cuarta Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCXII - Nº 243

Ross Jorge Ramón N 467, de la localidad de La Carlota, provincia de Córdoba, no ha dado cumplimiento al Deber Formal al que resulta obligado conforme al artículo 47 inciso 5 del Código Tributario de la Provincia de Córdoba -Ley N 6006 t.o. 2015-, en adelante C.T.P., el cual prevé: Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir los deberes establecidos por este Código y Leyes Tributarias Especiales para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus funciones. Sin perjuicio de lo dispuesto de manera especial, los contribuyentes, responsables y terceros quedan obligados a: 5 Concurrir a las oficinas de la Dirección cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen solicitadas con respecto a sus declaraciones juradas y, en general, de las actividades que puedan constituir hechos imponibles;. En el caso en cuestión, conforme surge de los antecedentes obrantes en las presentes actuaciones y de acuerdo a lo verificado en Acta A.1 N 1-017172 de fecha 23/03/2012, el administrado no aportó la documentación e información requerida mediante Requerimiento R.4. N 1-035367 de fecha 15/03/2012 - Que dicha circunstancia configuraría, en principio, un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el artículo 47 inciso 5 del C.T.P., conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en el artículo 74 del citado cuerpo legal, cuyos topes mínimo y máximo son fijados por la Ley Impositiva Anual Vigente. Por otra parte, el administrado ha presentado las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de los períodos: 2009 anticipos:
enero a agosto, octubre, noviembre; y diciembre; 2010 anticipos: enero a noviembre; y diciembre;
2011 anticipos: enero a noviembre; y diciembre; 2012 anticipos: enero a noviembre y 2013
anticipos: febrero a noviembre en forma extemporánea, lo cual surge de los Formularios de Reconocimiento de Deuda que forman parte integrante del Acta A.1. N 1-019.570 de fecha 17/09/
2014, y por ende, no ha ingresado sus tributos en tiempo y forma, resultando de ese modo una diferencia a favor del Fisco Provincial que asciende a Pesos Quinientos Cinco Mil Ciento Sesenta y Nueve con Noventa Centavos $ 505.169,90, cuyo monto se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Instrucción de Sumario. Que dicha circunstancia configuraría, en principio, la infracción prevista en el artículo 80 del C.T.P., consistente en Omisión, conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en la citada norma legal, multa que sería graduada desde un 50% hasta un 200% del monto de la obligación fiscal omitida. Señálese que el articulo 65 primer párrafo del C.T.P. prevé una reducción de la sanción por omisión, siempre que se encuentre ingresado el tributo y los recargos resarcitorios correspondientes. Por lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el artículo 86 del C.T.P., la Ley 9187 y modif. y a la designación dispuesta por la Resolución SIP Nº 17/12; La Subdirectora de Jurisdicción de Planificación y Control de la Dirección de Policía Fiscal en su carácter de Juez Administrativa Procede a: 1
Instruir al contribuyente GARAFULICH RICARDO TADEO el sumario legislado en el artículo 86
del C.T.P. 2 Correr vista por el plazo de quince 15 días para que alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo acompañar las que consten en documentos.
Dicho escrito, y de corresponder, las pruebas que se acompañen, deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección, sito en calle Rivera Indarte N 742 Piso 1 - ciudad de Córdoba Área Determinaciones - Técnico Legal. 3 Hacer saber que en el supuesto de actuar por intermedio de representante legal o apoderado, deberá acreditar personería en los términos del artículo 15 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Córdoba -Ley 6658 y modif. t.o. de la Ley 5350. 4 NOTIFÍQUESE.
Anexo Expte. N: 0562-001753/2015
Contribuyente: GARAFULICH RICARDO TADEO
Inscripción ISIB Nº: 270-26448-4
C.U.I.T. Nº: 23-18374487-9
RECONOCIMIENTO DE DEUDA - ACTA A1 N 1-019.570 DE FECHA 17/09/2014
AÑO ANTICIPO/SALDO
DIFERENCIA DE TRIBUTO
2009 ENERO
$ 122,50
FEBRERO
$ 122,50
MARZO
$ 122,50

http boletinoficial.cba.gov.ar
Consultas al e-mail: boe@cba.gov.ar
http boletinoficial.cba.gov.ar E-mail: boe@cba.gov.ar
GENERAL

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 4342126 / 27
BOE - Tel. 0351 5243000 int. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/12/2015 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha21/12/2015

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones4003

Primera edición01/02/2006

Ultima edición03/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Diciembre 2015>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031