Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/12/2015 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

CÓRDOBA, 16 de Diciembre de 2015

Cuarta Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCXII - Nº 240

desde su interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte 20 días podrá considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. ARTICULO 3PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE al Macroproceso de Asistencia al Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.- Firma: Cr. Sánchez Ariel Sebastian-Director De JurisdicciónDirección General De Rentas - Provincia De Córdoba.ORDEN
N EXPTE.
INICIADOR
1 0034-084010/2015 CIARIMBOLI MARICEL ELIZABETH

N RESOLUCION
SJGIR-D 0568/2015

FECHA
07/10/2015

5 días - Nº 34933 - s/c - 17/12/2015 - BOE
UNIDAD EJECUTORA LEY 9150
El presidente de la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos en el expediente 0535091853/2008 - QUEVEDO GUILLERMO - Solicita Inscripción en Registro de Posesión - por el cual se tramita la solicitud de inscripción de posesión, requerida por QUEVEDO GUILLERMO, DNI 11.187.373 sobre un inmueble de 327 M2, Lt 66, Mzna 4, ubicado en calle Francisco Caballero N 572, Barrio Villa Siburu, Córdoba, Departamento Capital, que linda según Declaración Jurada, en su costado Norte con Lote N 65, en su costado Sur con Lt 67, al Este con Lote N 60, y al Oeste con CALLE Francisco Caballero, siendo titular de la cuenta N
110100267098 ALTAMIRANO DE QUEVEDO JUANA. cita al titular de cuenta mencionado y al titular registral ALTAMIRANO DE QUEVEDO JUANA y/o a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto precedentemente, para que en el plazo perentorio de sesenta 60
días se presenten ante la Unidad Ejecutora sita en calle Rivera Indarte 33- Ciudad de Córdoba y efectúen las manifestaciones y/u oposiciones que estimen pertinentes, bajo apercibimiento de proceder como lo establece el primer párrafo del art. 14 de la Ley 9150.Fdo. Norberto A.
Sosa Campana , Presidente de la Unidad Ejecutora Cba 25 / 11 /2015. Art. 14, 1er párrafoLey 9150. En caso de no mediar oposición del titular registral en el plazo perentorio de sesenta 60 días computados desde el diligenciamiento de la notificación o desde la última publicación, la UNIDAD EJECUTORA procederá a dar curso al requerimiento formulado, a través de la correspondiente resolución que ordene la inscripción
5 días - Nº 35356 - s/c - 22/12/2015 - BOE

imponibles;. En el caso en cuestión, conforme surge de los antecedentes obrantes en las presentes actuaciones y de acuerdo a lo verificado en Acta A.1 N 1-017172 de fecha 23/03/
2012, el administrado no aportó la documentación e información requerida mediante Requerimiento R.4. N 1-035367 de fecha 15/03/2012 - Que dicha circunstancia configuraría, en principio, un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el artículo 47 inciso 5 del C.T.P., conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en el artículo 74 del citado cuerpo legal, cuyos topes mínimo y máximo son fijados por la Ley Impositiva Anual Vigente. Por otra parte, el administrado ha presentado las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de los períodos: 2009 anticipos: enero a agosto, octubre, noviembre;
y diciembre; 2010 anticipos: enero a noviembre; y diciembre; 2011 anticipos: enero a noviembre; y diciembre; 2012 anticipos: enero a noviembre y 2013 anticipos: febrero a noviembre en forma extemporánea, lo cual surge de los Formularios de Reconocimiento de Deuda que forman parte integrante del Acta A.1. N 1-019.570 de fecha 17/09/2014, y por ende, no ha ingresado sus tributos en tiempo y forma, resultando de ese modo una diferencia a favor del Fisco Provincial que asciende a Pesos Quinientos Cinco Mil Ciento Sesenta y Nueve con Noventa Centavos $ 505.169,90, cuyo monto se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Instrucción de Sumario. Que dicha circunstancia configuraría, en principio, la infracción prevista en el artículo 80 del C.T.P., consistente en Omisión, conducta que lo haría pasible de la sanción establecida en la citada norma legal, multa que sería graduada desde un 50% hasta un 200% del monto de la obligación fiscal omitida. Señálese que el articulo 65
primer párrafo del C.T.P. prevé una reducción de la sanción por omisión, siempre que se encuentre ingresado el tributo y los recargos resarcitorios correspondientes. Por lo expuesto y de conformidad a lo establecido en el artículo 86 del C.T.P., la Ley 9187 y modif. y a la designación dispuesta por la Resolución SIP Nº 17/12; La Subdirectora de Jurisdicción de Planificación y Control de la Dirección de Policía Fiscal en su carácter de Juez Administrativa Procede a: 1 Instruir al contribuyente GARAFULICH RICARDO TADEO el sumario legislado en el artículo 86 del C.T.P. 2 Correr vista por el plazo de quince 15 días para que alegue su defensa y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, debiendo acompañar las que consten en documentos. Dicho escrito, y de corresponder, las pruebas que se acompañen, deberán ser presentadas en el domicilio de esta Dirección, sito en calle Rivera Indarte N 742 Piso 1 ciudad de Córdoba - Área Determinaciones - Técnico Legal. 3 Hacer saber que en el supuesto de actuar por intermedio de representante legal o apoderado, deberá acreditar personería en los términos del artículo 15 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Córdoba -Ley 6658 y modif. t.o. de la Ley 5350. 4 NOTIFÍQUESE.

POLICIA DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
El Señor Jefe del Departamento Administración de Personal Comisario Inspector Carlos Isidro Caminos, NOTIFICA al AGENTE DIEGO NAHUEL GORBARAN M.l. N 33488124, de la parte resolutiva del contenido obrante en la Resolución de Jefatura de Policía N 60729/2015, de fecha 02 de Septiembre de 2015, la cual a continuación se transcribe: Jefe de Policía de la Provincia, en uso de facultades que le son propias., RESUELVE: 1. HOMOLOGAR la situación en Disponibilidad del AGENTE DIEGO NAHUEL GORBARAN M.l. N33488124, desde el 13/
01/2015 al 20/01/2015, debiendo adicionar los mismos a los oportunamente homologados y resueltos en la Situación normada, todo ello de acuerdo a las disposiciones previstas en el Art.
69inc. e y en su inc. c y el art. 70º inc. d de la Ley Nº 9728, hasta tanto se disponga la modificación de su situación medico laboral y para el caso de continuar, hasta el plazo máximo de seis .06 meses. 2. Al Departamento Administración de Personal a los fines que se notifique a la/los causantes del contenido de la presente y demás efectos. En cuanto a los periodos de licencia que impliquen CONTINUIDAD en Disponibilidad y/o Pasiva, corresponde tome su debida participación a los fines que se efectué las pertinentes constancias en los legajos personales de los causantes en virtud de NO haberse modificado el temperamento dispuesto en las resoluciones que homologaron las situaciones medicas laborales en las que se encontraron la/los causantes y hasta cumplimentar los plazos máximos establecidos por la normativa vigente, correspondiendo emitir instrumento resolutivo solo cuando se produzca el cambio de la situación de revista que corresponda.3 Al Departamento Finanzas a los fines del art. 94º y 95º de la Ley Nº 9728, según corresponda . 4 .Al Departamento Medicina Laboral a los efectos de que se realicen los registros de rigor en el legajo medico laboral de la/los encartados. 5. PROTOCOLÍCESE. JEFATURA DE POLICÍA, 02 de Septiembre de 2015
RESOLUCIÓN N 60729/2015 Que es cuanto hay que hacer constar por lo que se da por finalizado el acto previa lectura y ratificación de su contenido. Queda Ud. Debidamente notificado.
5 días - Nº 35060 - s/c - 18/12/2015 - BOE
DIRECCIÓN DE POLICÍA FISCAL - INSTRUCCIÓN DE SUMARIO
Córdoba, 02 de octubre de 2015 - GARAFULICH RICARDO TADEO - De las constancias obrantes en el expediente Nº 0562-001753/2015 tramitado en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que el contribuyente GARAFULICH RICARDO TADEO, CUIT
N 23-18374487-9, inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 270-264484, con domicilio tributario en calle 11 de Septiembre N 5783, de la ciudad de Córdoba, provincia de Córdoba, y domicilio constituido mediante Acta A.1. N 1-019.546 de fecha 17/06/
2014 en calle Ross Jorge Ramón N 467, de la localidad de La Carlota, provincia de Córdoba, no ha dado cumplimiento al Deber Formal al que resulta obligado conforme al artículo 47
inciso 5 del Código Tributario de la Provincia de Córdoba -Ley N 6006 t.o. 2015-, en adelante C.T.P., el cual prevé: Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a cumplir los deberes establecidos por este Código y Leyes Tributarias Especiales para facilitar a la Dirección el ejercicio de sus funciones. Sin perjuicio de lo dispuesto de manera especial, los contribuyentes, responsables y terceros quedan obligados a: 5 Concurrir a las oficinas de la Dirección cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen solicitadas con respecto a sus declaraciones juradas y, en general, de las actividades que puedan constituir hechos
5

Anexo Expte. N: 0562-001753/2015
Contribuyente: GARAFULICH RICARDO TADEO
Inscripción ISIB Nº: 270-26448-4
C.U.I.T. Nº: 23-18374487-9
RECONOCIMIENTO DE DEUDA - ACTA A1 N 1-019.570 DE FECHA 17/09/2014
AÑO ANTICIPO/SALDO
DIFERENCIA DE TRIBUTO
2009 ENERO
FEBRERO
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
OCTUBRE
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
SUBTOTAL

$ 122,50
$ 122,50
$ 122,50
$ 122,50
$ 21.336,03
$ 9.308,53
$ 4.739,45
$ 10.417,26
$ 75,00
$ 5.592,29
$ 4.260,55
$ 56.219,11

2010 ENERO
FEBRERO
MARZO
ABRIL
MAYO
JUNIO
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
OCTUBRE
NOVIEMBRE
DICIEMBRE
SUBTOTAL

$ 10.000,51
$ 9.732,75
$ 9.735,20
$ 20.648,37
$ 215,00
$ 11.486,82
$ 20.482,65
$ 23.636,09
$ 22.882,22
$ 17.834,17
$ 20.467,60
$ 16.884,14
$ 184.005,52

RECONOCIMIENTO DE DEUDA - ACTA A1 N 1-019.570 DE FECHA 17/09/2014
AÑO ANTICIPO/SALDO
DIFERENCIA DE TRIBUTO
2011 ENERO
$ 14.163,85
FEBRERO
$ 11.175,78
MARZO
$ 8.141,69
ABRIL
$ 14.923,00
MAYO
$ 18.483,66
JUNIO
$ 25.748,88
JULIO
$ 19.149,38

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/12/2015 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha16/12/2015

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones4026

Primera edición01/02/2006

Ultima edición06/08/2024

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