Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/12/2015 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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Cuarta Sección
B OLETÍN OFICIAL - A ÑO CII - TOMO DCXII - Nº 232

D.N.I. 31.219.106, OLIVERA MARISA ANDREA, D.N.I. 31.767.362. CESIONARIOS sobre un inmueble de 200 M2, MZ F, Lote 5 ubicado en calle Crisologo Oliva N 1667, Barrio Alto Alberdi, Departamento Capital, que linda según declaración jurada acompañada a autos, en su costado Norte con calle Oliva ex Pasaje República , en su costado Sur con Lote 16, al Este con Lt 6 y al Oeste con Lt 4, siendo titular de la cuenta N 110109035602
AVILA GREGORIA cita al titular de cuenta mencionado y al titular registral AVILA
GREGORIA y/o a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto precedentemente, para que en el plazo perentorio de sesenta 60 días se presenten ante la Unidad Ejecutora sita en calle Rivera Indarte 33 - Ciudad de Córdoba y efectúen las manifestaciones y/u oposiciones que estimen pertinentes, bajo apercibimiento de proceder como lo establece el primer párrafo del art. 14 de la Ley 9150.Fdo. Sr. Norberto A. Sosa Campana, Presidente de la Unidad Ejecutora Cba 13 /10 /2015. Art. 14, 1er párrafoLey 9150. En caso de no mediar oposición del titular registral en el plazo perentorio de sesenta 60 días computados desde el diligenciamiento de la notificación o desde la última publicación, la UNIDAD EJECUTORA procederá a dar curso al requerimiento formulado, a través de la correspondiente resolución que ordene la inscripción
5 días - Nº 33132 - s/c - 09/12/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA INDIRECTA AL CIUDADANO
RESOLUCION SJGIR-E-1131/2015 - 24 NOVIEMBRE 2015 - VISTO, los Expedientes y/o trámites que tratan sobre solicitudes de Exenciones/Compensaciones/
Acreditaciones/Devoluciones, respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas, los cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del presente Acto Administrativo, y CONSIDERANDO I QUE, en cada uno de los Expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, se ha emitido el Acto Administrativo pertinente; II QUE la notificación de dichas Resoluciones resultó infructuosa por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuarla por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados, el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015, todo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 del mismo cuerpo legal. Por ello, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015; EL SEÑOR DIRECTOR DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA AL
CIUDADANO RESUELVE: ARTICULO 1 NOTIFÍCASE a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente acto administrativo que resuelve DENEGAR el pedido de exención realizado. ARTICULO
2 HÁGASE SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán interponer el Recurso de Reconsideración por escrito ante la retorno, fundadamente y dentro del plazo de quince 15 días de notificada la Resolución, para lo cual deberá abonar la Tasa retributiva, de acuerdo al monto que fije la Ley Impositiva Anual. La Dirección deberá resolver el Recurso de Reconsideración dentro de un plazo de treinta 30 días contados desde su interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte 20 días podrá considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. ARTICULO 3-PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE al Macroproceso de Asistencia al Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.- Firma: Cr. Sánchez Ariel Sebastian-Director De JurisdicciónDirección General De Rentas - Provincia De Córdoba.ORDEN N EXPTE./TRAMITE
INICIADOR
1 0034-083347/2015 MARCHESI RAUL ALBERTO
2 8667967
VALENTE DANIEL OSCAR

N RESOLUCION
FECHA
SJGIR-E-0273/2015 30/04/2015
SJGIR-E-0264/2015 30/04/2015

5 días - Nº 33070 - s/c - 03/12/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA INDIRECTA AL CIUDADANO
RESOLUCION SJGIR-D 0636/2015 - 24 NOVIEMBRE 2015 - VISTO, los Expedientes y/o trámites que tratan sobre solicitudes de Exenciones/Compensaciones/Acreditaciones/
Devoluciones, respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas, los cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del presente Acto Administrativo, y CONSIDERANDO I QUE, en cada uno de los Expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, se ha emitido el Acto Administrativo pertinente;
II QUE la notificación de dichas Resoluciones resultó infructuosa por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuarla por edictos publicados por cinco 5
días en el Boletín Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados, el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015, todo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 del mismo cuerpo legal. Por ello, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015

CÓRDOBA, 3 de Diciembre de 2015

por Decreto N 400/2015; EL SEÑOR DIRECTOR DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA AL
CIUDADANO RESUELVE: ARTICULO 1 NOTIFÍCASE a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente acto administrativo que resuelve DECLARAR la PERENCION de INSTANCIA. ARTICULO 2 HÁGASE
SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán interponer el Recurso de Reconsideración por escrito ante la Dirección, personalmente o por correo, mediante carta certificada con recibo de retorno, fundadamente y dentro del plazo de quince 15
días de notificada la Resolución, para lo cual deberá abonar la Tasa retributiva, de acuerdo al monto que fije la Ley Impositiva Anual. La Dirección deberá resolver el Recurso de Reconsideración dentro de un plazo de treinta 30 días contados desde su interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte 20 días podrá considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. ARTICULO 3-PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE al Macroproceso de Asistencia al Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.- Firma: Cr. Sánchez Ariel Sebastian-Director De JurisdicciónDirección General De Rentas - Provincia De Córdoba.ORDEN N EXPTE.
INICIADOR
1 0034-083053/2014 BISCO FABIAN GUSTAVO
2 3

N RESOLUCION
FECHA
SJGIR-D-0527/2015 18/09/2015

0034-058516/2007 FIDEICOMISO DE ADMINISTRACION
DE OBRA GAUSS 5500
0034-081162/2014 PRESTI DANISI MARIA ELENA

SJGIR-D-0417/2015 01/07/2015
SJGIR-D-0529/2015 18/09/2015

4
5

0034-074366/2012 MONTRULL NORMA ARACELI
0034-077517/2013 COFRE RAMON OCTAVIO
CLUB ATLETICO ESTUDIANTES

SJGIR-D-0501/2015 24/08/2015

6
7

0034-068056/2010 MERCADO GONZALEZ FRANCISCO MATIAS SJGIR-D-0518/2015 09/09/2015
0685-000147/2014 MORONI MARIA CECILIA - INSTITUTO DE REHABILITACION DEL
LISIADO CORDOBA
SJGIR-D-0449/2015 29/07/2015

SJGIR-D-0405/2015 01/07/2015

8 0034-082546/2014 POMBO MARIANO ALBERTO HECTOR
9 0034-061766/2008 URO GUTIERREZ PABLO MARTIN
10 0034-075704/2012 ZARATE ESTEBAN JAVIER

SJGIR-D-0459/2015 29/07/2015
SJGIR-D-0418/2015 01/07/2015
SJGIR-D-0578/2015 13/10/2015

11 0034-059283/2008 AQUASOL S.R.L.
12 0034-055687/2007 SAIREZ ROSANA PAULA

SJGIR-D-0512/2015 07/09/2015
SJGIR-D-0475/2015 13/08/2015

5 días - Nº 33069 - s/c - 03/12/2015 - BOE
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
SUBDIRECCIÓN DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA INDIRECTA AL CIUDADANO
RESOLUCION SJGIR-D 0635/2015 - 24 NOVIEMBRE 2015 - VISTO, los Expedientes y/
o trámites que tratan sobre solicitudes de Exenciones/Compensaciones/Acreditaciones/
Devoluciones, respecto de los tributos administrados por la Dirección General de Rentas, los cuales se detallan en el ANEXO I, que se acompaña y forma parte integrante del presente Acto Administrativo, y CONSIDERANDO I QUE, en cada uno de los Expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, se ha emitido el Acto Administrativo pertinente; II QUE la notificación de dichas Resoluciones resultó infructuosa por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuarla por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial de la Provincia, correspondiendo hacer saber a los interesados, el hecho y/o acto que se pretende poner en conocimiento y los medios y/o plazos para impugnarlo conforme las previsiones del artículo 127 y subsiguientes del Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015, todo en cumplimiento de lo establecido en el artículo 67 del mismo cuerpo legal. Por ello, en uso de sus facultades y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Código Tributario Provincial, Ley 6006 T.O. 2015 por Decreto N 400/2015; EL SEÑOR
DIRECTOR DE JURISDICCIÓN ASISTENCIA AL CIUDADANO RESUELVE: ARTICULO
1 NOTIFÍCASE a los iniciadores de los expedientes y/o trámites nominados en el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente, que en las respectivas actuaciones, se dictó el pertinente acto administrativo que resuelve REINTEGRAR
el saldo subsistente a favor del contribuyente. ARTICULO 2 HÁGASE SABER a los interesados indicados en el ANEXO I, que podrán interponer el Recurso de Reconsideración por escrito ante la Dirección, personalmente o por correo, mediante carta certificada con recibo de retorno, fundadamente y dentro del plazo de quince 15 días de notificada la Resolución, para lo cual deberá abonar la Tasa retributiva, de acuerdo al monto que fije la Ley Impositiva Anual. La Dirección deberá resolver el Recurso de Reconsideración dentro de un plazo de treinta 30 días contados desde su interposición. La resolución que se dicte causa ejecutoria. Vencido el plazo establecido sin que la Dirección haya dictado resolución, el interesado podrá presentar pronto despacho para agotar la vía administrativa y, transcurridos veinte 20 días podrá considerar denegado tácitamente el recurso, quedando habilitada la vía judicial. ARTICULO 3-PROTOCOLÍCESE, COMUNÍQUESE al Macroproceso de Asistencia al Ciudadano, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y archívese.- Firma: Cr.
Sánchez Ariel Sebastián-Director De JurisdicciónDirección General De Rentas Provincia De Córdoba.ORDEN N EXPTE./TRAM.
INICIADOR
1 0034-083740/2015 SILBERSTEIN LAURA
2 0034-082576/2014 PEÑA ROMERO KELLY MAGALY

N RESOLUCION FECHA
SJGIR-D-0545/2015 07/10/2015
SJGIR-D-0570/2015 08/10/2015

5 días - Nº 33068 - s/c - 03/12/2015 - BOE

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/12/2015 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha03/12/2015

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4005

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/07/2024

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