Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/04/2012 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 25 de Abril de 2012

4

SECCIÓN:

AÑO XCIX - TOMO DLXVII - Nº 57
CORDOBA, R.A., MIERCOLES 25 DE ABRIL DE 2012

OFICIALES Y LICITACIONES

OFICIALES
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN DE RENTAS
Resolución DJGDJ 003302/2012
Córdoba, 29 de Marzo de 2012. VISTO: La existencia de contribuyentes a los cuales se les ha iniciado proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial en virtud de la Ley 9024, y que presentan inconvenientes en la recepción de las intimaciones judiciales debidamente diligenciadas, y que constan en cada uno de los expedientes, por los períodos demandados. CONSIDERANDO: La necesidad de resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba y lo preceptuado por el Código Tributario en vigencia, y la ley 9024 y modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda para ser válido el proceso judicial. Que la Ley 9024 en su título II en el Art. 10 5, que establece que La notificación se efectuará por los medios previstos en el Art. 54 del Código Tributario Provincial Ley Nº 6006, T.O. 2004 y sus modificatorias, y este último Artículo establece que para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario del contribuyente o responsable, o al especial, se efectuarán por Edictos Publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial. POR TODO ELLO
y en uso de las facultades conferidas por la legislación tributaria provincial: LA DIRECTORA
DE JURISDICCIÓN DE GESTION DE DEUDA JUDICIAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
RENTAS SEGÚN RG 1574/2008 DECRETO 2356 EN SU CARÁCTER DE JUEZ
ADMINISTRATIVO RESUELVE: Artículo 1: Notificar a los contribuyentes del impuesto que administra este organismo, persona física o jurídicaso quienes resulten actualmente titulares de las obligaciones tributarias contenidas en la presente Resolución, para que en el término de veinte 20 días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial, cancele la deuda reclamada, con más los intereses y costas previstos por el Código Tributario Provincial y Ley 9024, y acredite el pago, o en su caso, oponga excepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10 6, Título II, Ley 9024, y proseguir la misma hasta el completo pago de lo adeudado. Articulo 2º: Se hace saber al contribuyente MARCOS OSCAR CLAUDIO que en el JUZG. CIV. COM. DE
1 INST Y 1 NOM DE LA CIUDAD DE BELL VILLE SECRETARIA N 2 A CARGO DE LA DRA.
PATRICIA TERESA EUSEBIO DE GUZMAN se ha dictado la siguiente resolución: Bell Ville, 30
de Junio de 2011, Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio procesal constituido. Admítase y cumpliméntese con lo dispuesto en el art 10 5 de la ley Nº 9268, modificatoria de la ley nº 9024. Fdo.: Cemborain; Juez - Costamagna; Secretario.; donde el Fisco de la Provincia de Córdoba lo demanda por el cobro del impuesto AUTOMOTOR, DOMINIO GSW735, LIQUIDACION JUDICIAL N 60000764672011, POR LA SUMA DE PESOS
OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA CON VEINTIOCHO CENTAVOS $ 8.340,28.- por los períodos 2008/10, 2008/20, 2009/10, 2009/20, 2009/50.- Articulo 3: Se hace saber al contribuyente MARCOS OSCAR CLAUDIO que en el JUZG. CIV. COM. DE 1 INST Y 1 NOM
DE LA CIUDAD DE BELL VILLE SECRETARIA N 2 A CARGO DE LA DRA. PATRICIA TERESA
EUSEBIO DE GUZMAN se ha dictado la siguiente resolución: Bell Ville, 30 de Junio de 2011, Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio procesal constituido.
Admítase y cumpliméntese con lo dispuesto en el art 10 5 de la ley Nº 9268, modificatoria de la ley nº 9024. Fdo.: Cemborain; Juez - Costamagna; Secretario.; donde el Fisco de la Provincia de Córdoba lo demanda por el cobro del impuesto AUTOMOTOR, DOMINIO GHE556, LIQUIDACION JUDICIAL N 60000764682011, POR LA SUMA DE PESOS DOS MIL CIENTO
CINCUENTA Y DOS CON DIEZ CENTAVOS $ 2.152,10.- por los períodos 2007/20, 2008/10, 2008/20, 2009/10, 2009/20, 2009/50.- Articulo 4º: Se hace saber al contribuyente CORREA
AMERICO que en el JUZG. 1A.INS.CIV.COM.FLIA.4A. NOM DE LA CIUDAD DE VILLA MARIA
SECRETARIA N 8 A CARGO DE LA DRA. MIRNA LILIANA CONTERNO DE SANTA CRUZ se ha dictado la siguiente resolución: Villa Maria 29 de Noviembre de 2010. Por presentado, por parte en el carácter invocado a merito de la copia de documentación acompañada y con el domicilio procesal constituido. Agréguese el documento base de la acción acompañado.
Admítase. Cumpliméntese con lo dispuesto en el art. 10 ley 9268, modificatoria de la ley 9024.Fdo.: Alberto Ramiro Domenech - Juez - Mirna Conterno de Santa Cruz - Secretaria.-; donde el Fisco de la Provincia de Córdoba lo demanda por el cobro del impuesto INMOBILIARIO,
www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.ar CUENTA N 160415502254, LIQUIDACION JUDICIAL N 502634342010, POR LA SUMA DE
PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS
$3.823,68 por los períodos 2006/10, 2006/20, 2006/30, 2006/40, 2006/50, 2007/10, 2007/20, 2007/30, 2007/40, 2007/50, 2008/10, 2008/20, 2008/30, 2008/40, 2008/50.- Articulo 5º: Se hace saber a los contribuyentes GIRON CAYETANO Y LAMAS IRMA que en el JUZG. CIV. COM. DE
1 INST Y 1 NOM DE LA CIUDAD DE RIO TERCERO SECRETARIA N 1 A CARGO DE LA
DRA. ALICIA MARIA PERALTA DE CANTARUTTI se ha dictado la siguiente resolución: Río Tercero 10 de Mayo de 2010. Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio legal constituido. Admítase. Cumpliméntese con lo dispuesto en el artículo 10 de la ley 9268, modificatoria de la ley 9024. Fdo. Dr. Rodolfo Ferreyra - Prosecretario.-; donde el Fisco de la Provincia de Córdoba lo demanda por el cobro del impuesto INMOBILIARIO, CUENTA N 330119580421, LIQUIDACION JUDICIAL N 500889372010, POR LA SUMA DE
PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS $ 784,51
por los períodos 2006/10, 2006/20, 2006/30, 2006/40, 2006/50, 2007/10, 2007/20, 2007/30, 2007/40, 2007/50.- Articulo 6º: Se hace saber al contribuyente PERETTI GUILLERMO GERARDO
que en el JUZG. CIV. COM. DE 1 INST Y 1 NOM DE LA CIUDAD DE VILLA MARIA
SECRETARIA N 2 A CARGO DE LA DRA. MARIA AURORA RIGALT se ha dictado la siguiente resolución: Villa Maria 01 de Marzo de 2011. Por presentado por parte en el carácter invocado y con el domicilio procesal constituido. Agréguese la instrumental acompañada. Admítase.
Cumpliméntese con lo dispuesto en el articulo 101 de la ley 9268 modificatoria de la ley 9024. Fdo Dra Tenedini - Secretarira.-; donde el Fisco de la Provincia de Córdoba lo demanda por el cobro del impuesto INMOBILIARIO, CUENTA N 230404978310, LIQUIDACION JUDICIAL N 503221462010, POR LA SUMA DE PESOS CINCO MIL TREINTA Y CINCO CON
CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS $ 5.035,55 por los períodos 2006/10, 2006/20, 2006/30, 2006/40, 2006/50, 2007/10, 2007/20, 2007/30, 2007/40, 2007/50, 2008/10, 2008/20, 2008/30, 2008/40, 2008/50.- Articulo 7º: Se hace saber al contribuyente POCHETTINO PEDRO
GERONIMO que en el JUZG. CIV. COM. DE 1 INST Y 1 NOM DE LA CIUDAD DE VILLA
MARIA SECRETARIA N 2 A CARGO DE LA DRA. MARIA AURORA RIGALT se ha dictado la siguiente resolución: Villa Maria 28 de Febrero de 2011. Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio procesal constituido. Agréguese la instrumental acompañada. Admítase. Cumpliméntese con lo dispuesto en el articulo 101 de la ley 9268
modificatoria de la ley 9024.-Fdo. Paola Tenedini - Secretaria.-; donde el Fisco de la Provincia de Córdoba lo demanda por el cobro del impuesto INMOBILIARIO, CUENTA N 160419994135, LIQUIDACION JUDICIAL N 503034992010, POR LA SUMA DE PESOS UN MIL OCHOCIENTOS
SETENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS $ 1.877,50 por los períodos 2006/10, 2006/
20, 2006/30, 2006/40, 2006/50, 2007/10, 2007/20, 2007/30, 2007/40, 2007/50, 2008/10, 2008/20, 2008/30, 2008/40.- Articulo 8º: Se hace saber al contribuyente CASALIS MIGUEL ANGEL que en el JUZG. DE EJECUCION FISCAL DE LA CIUDAD DE SAN FRANCISCO SECRETARIA A
CARGO DE LA DRA. ANDREA FASANO se ha dictado la siguiente resolución: San Francisco, 02 de Mayo de 2011.- Por presentado, por parte y domiciliado. Agréguese la documental acompañada. Admítase.- Procédase de conformidad a lo dispuesto por el art. 10 5 de la ley 9024 modificada por ley 9024 modificada por ley 9268 y 9576.Notifíquese.-Fdo: Dr. Victor Hugo Peiretti.-Juez.-Dr. Andrea Fasano.- Prosecretaria Letrada; donde el Fisco de la Provincia de Córdoba lo demanda por el cobro del impuesto INMOBILIARIO, CUENTA N 300201580602, LIQUIDACION JUDICIAL N 500593262011, POR LA SUMA DE PESOS CUATRO MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON TREINTA Y DOS CENTAVOS $ 4.787,32 por los períodos 2008/10, 2008/20, 2008/30, 2008/40, 2008/50, 2009/10, 2009/20, 2009/30, 2009/40, 2009/50.- Articulo 9º: Se hace saber al contribuyente PICATTI ALDO RENE que en el JUZG.
DE EJECUCION FISCAL DE LA CIUDAD DE SAN FRANCISCO SECRETARIA A CARGO DE
LA DRA. ANDREA FASANO se ha dictado la siguiente resolución: San Francisco, 02 de Mayo de 2011.- Por presentado, por parte y domiciliado. Agréguese la documental acompañada.
Admítase.- Procédase de conformidad a lo dispuesto por el art. 10 5 de la ley 9024 modificada por ley 9024 modificada por ley 9268 y 9576.Notifíquese.-Fdo: Dr. Victor Hugo Peiretti.-Juez.Dr. Andrea Fasano.- Prosecretaria Letrada; donde el Fisco de la Provincia de Córdoba lo demanda por el cobro del impuesto AUTOMOTOR, DOMINIO EMX722, LIQUIDACION JUDICIAL N 60000818862011, POR LA SUMA DE PESOS DOS MIL DOCE CON CINCUENTA Y
TRES CENTAVOS $ 2.012,53 por los períodos 2010/10, 2010/20, 2010/50.- Articulo 10º: Se hace saber al contribuyente BRIZIO JOSE ALBERTO CARLOS que en el JUZG. DE EJECUCION
FISCAL DE LA CIUDAD DE SAN FRANCISCO SECRETARIA A CARGO DE LA DRA. ANDREA FASANO se ha dictado la siguiente resolución: San Francisco, 02 de Mayo de 2011.Por presentado, por parte y domiciliado. Agréguese la documental acompañada. Admítase.Procédase de conformidad a lo dispuesto por el art. 10 5 de la ley 9024 modificada por ley

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/04/2012 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha25/04/2012

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones4009

Primera edición01/02/2006

Ultima edición12/07/2024

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