Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/05/2011 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 19 de Mayo sde 2011

4

SECCIÓN:

AÑO XCIX - TOMO DLVI - Nº 94
CORDOBA, R.A., JUEVES 19 DE MAYO DE 2011

OFICIALES Y LICITACIONES

OFICIALES
Alianza FRENTE TODOS POR QUILINO P.N.C.C.H.T. y Córdoba, en Acción QUILINO Dpto. Ischilin S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL para el dia 26/06/2011" Expte. "Q" 01/11.
AUTO NUMERO: CIENTO CATORCE - Córdoba, dos de mayo de dos mil once.- Y VISTOS:
Estos autos caratulados "QUILINO Dpto. Ischilin Alianza FRENTE TODOS POR QUILINO
P.N.C.C.H.T. y Córdoba, en Acción S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL para el dia 26/06/2011" Expte. "Q" 01/11. DE LOS QUE RESULTA: Que a fs. 01 comparecen ante este Juzgado Electoral el Sr. Ernesto Félix Martínez y la Sra. Elina Zanoni, apoderados del Partido Nuevo contra la Corrupción por la Honestidad y la Transparencia y la Sra. Viviana Raquel Martoccia, apoderado del partido Córdoba en Acción y solicitan se inscriba y reconozca a la Alianza FRENTE TODOS POR QUILINO", formalizada entre los partidos mencionados, para las elecciones municipales a llevarse a cabo en la localidad de Quilino Dpto. Ischilin el próximo 26 de junio del corriente año. Que a fs. 12. de autos obra el informe de Secretaría en el que consta la vigencia de la personería jurídico política de los partidos en cuestión, como así también la expresa autorización por parte de sus Cartas Orgánicas de la posibilidad de concretar alianzas electorales con otras fuerzas políticas. Que a fs. 3 los Sres. José Miguel Dantona y María Fernanda Leiva son designados responsables político de campaña y económico financiero respectivamente. Y CONSIDERANDO: I.- Que los peticionantes son apoderados de partidos que cuentan con Personería Jurídico Política Provincial vigente, y que la conformación de la alianza electoral en cuestión se encuentra debidamente autorizada por los órganos partidarios competentes a tal fin. II.- Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el art. 26 de la Ley N 9572 respecto de la conformación y reconocimiento de las alianzas electorales. Ello surge de la siguiente documentación que ha sido acompañada, a saber: Acta constitutiva de la alianza fs. 02/03;
Plataforma Electoral fs.04 y Acta de la Asamblea General del partido "Córdoba en Acción"
fs. 10 y Acta de la Junta Ejecutiva de la Asamblea Provincial del Partido Nuevo contra la Corrupción por la Honestidad y la Transparencia fs. 11. III.- Que a fs. 2 Se designan apoderados de la alianza a los Sres. Ernesto Félix Martínez, Elina Zanoni, Viviana Raquel Martoccia. IV.Que al asignar este Tribunal el correspondiente Número de Identificación a la alianza de autos, debe tenerse en cuenta lo dispuesto por la Resolución N 01 de fecha 09 de abril de 2003 cfr. Autos CORDOBA Dpto. Capital Secretaría Electoral del Juzgado Federal N 1
REMITE Acordada N 94 de la Cámara Nacional Electoral Expte. C 12/03. Por todo lo expuesto, disposiciones legales citadas, este Juzgado Electoral RESUELVE: I.- Reconocer como Alianza Electoral MUNICIPAL para las próximas elecciones a llevarse a cabo el día 26
de junio del corriente año en la localidad de Quilino Dpto. Ischilin a la alianza FRENTE
TODOS POR QUILINO", integrada por los Partidos Partido Nuevo contra la Corrupción por la Honestidad y la Transparencia y Córdoba en Acción con todos los derechos y deberes que determina el ordenamiento jurídico vigente, asignándole a tal efecto el Número de Identificación Letra A Número quinientos cuatro A504 del correspondiente Registro.- II.- Tener por apoderados comunes de la alianza de autos a los Sres. Ernesto Félix Martínez, Elina Zanoni y Viviana Raquel Martoccia. III.- Tener por responsables político de campaña y económico financiero a los Sres. José Miguel Dantona y María Fernanda Leiva respectivamente. IV.Protocolícese, Notifíquese y Remítase copia autenticada del presente a la Junta Electoral Municipal de la Ciudad de Quilino.- Fdo. Marta Elena Vidal. Juez Electoral Provincial. Ante mi:
Alejandro José Villada. Secretario Electoral.N 10532 s/c .Alianza UNIÓN POR CÓRDOBA - FRENTE PARA LA VICTORIA P.J., P. de la Victoria, P.
Demócrata Cristiano, Mov. de Acc. Vecinal, P. Acc. Popular, U.Ce.De., P. Acc. para el Cambio, P. Humanista, P. Frente Grande S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL y COMUNAL
para el día 26/6/2011" Expte. "L" 07/11.
LAS ACEQUIASDpto. Río Cuarto AUTO NÚMERO: CIENTO SESENTA Y CUATRO - Córdoba, seis de mayo de dos mil once.Y VISTOS: Estos autos caratulados "LAS ACEQUIASDpto. Río Cuartoy OTROS - Alianza
www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.ar UNIÓN POR CÓRDOBA - FRENTE PARA LA VICTORIA P.J., P. de la Victoria, P. Demócrata Cristiano, Mov. de Acc. Vecinal, P. Acc. Popular, U.Ce.De., P. Acc. para el Cambio, P. Humanista, P. Frente Grande S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL y COMUNAL para el día 26/6/2011" Expte. "L" 07/11. DE LOS QUE RESULTA: Que a fs.
01 comparece ante este Juzgado Electoral el Sr. Domingo A. Carbonetti h, apoderado del Partido Justicialista y solicita se inscriba y reconozca a la Alianza UNIÓN POR CORDOBA
FRENTE PARA LA VICTORIA", formalizada entre el partido Justicialista y las agrupaciones Partido de la Victoria, Partido Demócrata Cristiano, Movimiento de Acción Vecinal, Partido Acción Popular, Unión del Centro Democrático, Partido Acción para el Cambio, Partido Humanista y Partido Frente Grande, para las elecciones municipales y comunales a llevarse a cabo en distintas localidades de la Provincia de Córdoba el próximo 26 de junio del corriente año. Que a fs. 113/116 de autos obra el informe de Secretaría en el que consta la vigencia de la personería jurídico política de los partidos en cuestión, los nombres de las personas responsables tanto económico financiero como político de campaña, como así también la expresa autorización por parte de sus Cartas Orgánicas de la posibilidad de concretar alianzas electorales con otras fuerzas políticas. Y CONSIDERANDO: I. Que los firmantes del Acta Constitutiva de la Alianza "Unión por Córdoba Frente para la Victoria" son apoderados de partidos que cuentan con Personería Jurídico Política Provincial vigente, y que la conformación de la alianza electoral en cuestión se encuentra debidamente autorizada por los órganos partidarios competentes a tal fin. II. Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el art. 26 de la Ley N 9572 concordante con el art. 2 inc. 8 de la Ley N 8643, respecto de la conformación y reconocimiento de las alianzas electorales. Ello surge de la siguiente documentación que ha sido acompañada, a saber: Acta Constitutiva de la Alianza fs. 02/0421; Plataforma Electoral fs. 02 vta/03u1; Planilla Anexa con los designados como apoderados, responsables políticos de campaña y responsables económicos financieros fs. 4-40; Acta N 28 de la Mesa Ejecutiva Provincial que resuelve intervenir el Partido de la Victoria designando a tal fin a la Dra. Diana Beatríz Conti como interventora fs.28/31, Acta de fecha 17 de abril de 2011 de la interventora que autoriza al apoderado Juan Martín Fresneda a conformar alianzas fs. 32, Acta N 8 fs. 33/34 del Sr. apoderado y Acta N 12 de la Mesa Provincial del Partido de la Victoria fs. 86; Acta de fecha 16 de abril de la Mesa Provincial fs. 35 y actas de fecha de 19 de marzo del cte, de 2 de abril del dos mil once de la Asamblea Provincial del Partido Frente Grande fs. 36/38; Acta N 3; 4 y 7 de la Mesa Ejecutiva del Consejo Provincial del Partido Justicialista fs. 05/06- 43/44-89; Actas N 178; N 180 y N 182 de la Convención Provincial del Partido Acción Popular fs. 17/18- 45/49-91/93; Actas del Consejo Provincial fecha 6 de abril de dos mil once; de 29 de abril del dos mil once y 4 de mayo de dos mil once del Partido Humanista fs. 12/16-51/52-94/95; Actas de la Convención Provincial de fecha 25
y 26 de abril de dos mil once y de fecha 4 de mayo de dos mil once de Partido Acción para el Cambio fs. 08/11-54/55-97; Actas de fecha 25 y 30 de abril de dos mil once y 4 de mayo de dos mil once del Congreso Provincial del Partido Movimiento de Acción Vecinal fs. 19/20-70/7399/101; Acta N 160 y 161 de Convención Provincial fs. 103 y Acta N 25; N 26 y N 27 del Comité Central fs. 57/59-76/77-104 de Partido Unión del Centro Democrático; Acta de fecha 16 de abril de dos mil once de la Convención Provincial fs. 61/62, Acta de la Junta Provincial de fecha 26 de abril de dos mil once fs. 64/68 Acta de fecha 28 de abril de dos mil once de la Junta Provincial del Partido Demócrata Cristiano fs. 108/112. III. Que a fs. 85/112 se rectifican los nombres de la Alianza "Unión por Córdoba Frente para la Victoria" en diferentes localidades, atento a que los partidos integrantes de la alianza difieren en número a los de la alianza original. Así en la localidad de Villa María por "Unión por CórdobaFrente para la VictoriaVilla María", de Obispo Trejo por "Unión por CórdobaFrente para la VictoriaObispo Trejo", de la Para por "Unión por Córdoba - Frente para la VictoriaLa Para"; cumplimentando de esa forma los requisitos establecidos por la ley. IV.- Que según Registros obrantes en este Tribunal, la localidad de Villa Amancay Dpto. Calamuchita a convocado elecciones simultáneas con la Provincia para el 7 de agosto del cte. año. V.- Que según Registros obrantes en este Tribunal, la localidad de Villa Ascasubi Dpto. Tercero Arriba a convocado elecciones para el 03 de julio del cte. año. VI.- Que al asignar este Tribunal el correspondiente Número de Identificación a la alianza de autos, debe tenerse en cuenta lo dispuesto por la Resolución N
01 de fecha 09 de abril de 2003 cfr. Autos CORDOBA Dpto. Capital Secretaría Electoral del Juzgado Federal N 1 REMITE Acordada N 94 de la Cámara Nacional Electoral Expte. C
12/03. Por todo lo expuesto, disposiciones legales citadas, este Juzgado Electoral RESUELVE:
I. Reconocer como Alianza Electoral Municipal denominada "UNIÓN POR CÓRDOBAFRENTE
PARA LA VICTORIA" para las elecciones del día 26 de junio del corriente año en las localidades de Villa del Dique Dpto. Calamuchita, Villa Sarmiento Dpto. Gral. Roca, La Laguna, Arroyo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/05/2011 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha19/05/2011

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4020

Primera edición01/02/2006

Ultima edición29/07/2024

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