Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/04/2011 - 4º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 20 de Abril de 2011

4

SECCIÓN:

AÑO XCIX - TOMO DLV - Nº 74
CORDOBA, R.A., MIERCOLES 20 DE ABRIL DE 2011

OFICIALES Y LICITACIONES

OFICIALES
ASOCIACIÓN MUTUAL DE EMPLEADOS DE LA POLICÍA DE LA
PROVINCIA DE CÓRDOBA
NOTIFICACION-COMUNICADO.
Se hace saber que la Secretaria de Vivienda de la Asociación Mutual de Empleados de la Policía de la Provincia de Córdoba, con domicilio en calle 27 de Abril nº 550 3er piso de la Ciudad de Córdoba, COMUNICA Y NOTIFICA que en virtud de lo establecido en las cláusulas de los Contratos celebrados con esta entidad, y pertenecientes al loteo de Barrio 16 de Noviembre Exte. Municipal Nº 104.419/77 y de las resoluciones firmes emitidas por esta entidad y notificaciones remitidas a cada titular, y en virtud de la falta de pago de las obligaciones emergentes en los instrumentos suscriptos por ambas partes, y silencio a las notificaciones cursadas, han quedado RESCINDIDOS los contratos Números 396 de LUIS OSACR ARGUELLO
DNI Nº 6.576.314, Nº 1086 de CARMEN ALACIO CHAVEZ DNI Nº 6.365.143, Nº 683 de CARLOS NICOLAS GARCIA DNI Nº 12.333.631, Nº 871 de JORGE OSCAR TORRES D.N.I
17.384.292, Nº 467 de RUBEN ANTONIO CABRERA DNI Nº 8.598.551, Nº 884 de DOMINGO
LOPEZ DNI Nº 7.980.597, Nº 348 de AMADEO AURELIO VALDEZ DNI Nº 6.529.077, Contrato Nº 195 de JORGE OMAR TORIONI DNI Nº 13.150.859, Contrato Nº 198 de JOSE ALFREDO
FARIOLI DNI Nº 6.225.535, Contrato Nº 792 de HUGO SIMEON VALDEZ Y/O DERECHO
HABIENTES DNI Nº 6.461.603 y Contrato Nº 201 de PEDRO HUMBERTO SOSA DNI Nº 6.477.570 y Contrato Nº 209 de LILIANA CATALINA PERALTA MIULIZ DNI Nº 11.563.162
recuperando la Secretaria de Vivienda, la titularidad y tenencia, en virtud de las cláusulas establecidas en dichos contratos. QUEDAN UDS DEBIDAMENTE NOTIFICADOS. FIRMADO:
SECRETARIA DE VIVIENDA. ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS DE LA POLICIA DE LA
PROVINCIA DE CORDOBA.5 dias - 8066 - 28/4/2011 - $ 96
DIRECCION DE POLICIA FISCAL
RESOLUCION N PFD 047/2010 - CÓRDOBA, 30 de Junio de 2010 - VISTO: el expediente Nº 0562-065936/2009, referido a la Determinación Impositiva practicada a la Firma Contribuyente WANG MINGYING en orden al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y; CONSIDERANDO: I.QUE en el expediente antes citado, se han dictado las Resoluciones Nº PFD 003/2010 del 29/
01/10 y Nº PFD 033/2010 de fecha 11/05/10 a tenor de lo dispuesto por el Art. 52º del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2004 y modif..- II.- QUE la notificación de dichos actos administrativos resultaron infructuosas por diferentes motivos, razón por la cual deviene procedente efectuar dicha notificación vía Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, todo ello en cumplimiento de lo establecido en el penúltimo y ultimo párrafo del Art. 54 del C.T.P. Ley 6006 t.o. 2004 y modif..Que por lo expuesto y en virtud de las facultades conferidas por el Art. 4 -inc. 8- de la Ley 9187
EL SR. DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE POLICÍA FISCAL En su carácter de JUEZ
ADMINISTRATIVO RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- NOTIFÍQUESE a la Firma Contribuyente WANG
MINGYING Expte. Nº 0562-065936/2009, que con fecha 29 de Enero de 2010 se ha dictado Resolución Nº PFD 003/2010 y la Resolución PFD 033/2010 el día 11 de mayo de 2010 Art. 52º del C.T.P. ley 6006 t.o. 2004 y modif., y EMPLÁCESE al Administrado para que en el término de QUINCE 15 DÍAS tome conocimiento del citado acto resolutivo.- ARTÍCULO 2º.-. A los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior, deberá presentarse en el domicilio de esta Dirección, sito en calle Rivera Indarte Nº 742º 1º Piso Área Determinaciones
Determinaciones de Oficio de la Ciudad de Córdoba.- ARTÍCULO 3º.- HÁGASE SABER que en el supuesto de actuar por intermedio de representante legal o apoderado, deberá acreditar personería en los términos del Art. 15º y/o 22º de la ley 6658.- ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE
y PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.5 días 8432 - 28/4/2011 - s/c.
DIRECCION DE POLICIA FISCAL
RESOLUCIÓN Nº PFD 031/2010 - CÓRDOBA, 06/05/2010.- VISTO: el expediente Nº 0562065776/2009, referido a la Determinación Impositiva practicada a la Firma Contribuyente NORWAY HIGH S.R.L. Nombre de Fantasía TRANSFER CÓRDOBA, en orden al Impuesto
www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.ar Sobre los Ingresos Brutos, y; CONSIDERANDO: I.- QUE en el expediente antes citado, se ha dictado la Resolución Nº PFD 023/2010 con fecha 30/04/2010 en los términos del Art. 48 del C.T.P. vigente Ley 6006 t.o. 2004 y modifs,.- II.- QUE la notificación de dicho decisorio no ha llegado a conocimiento de la Firma Contribuyente NORWAY HIGH S.R.L; atento a la imposibilidad de llevar a cabo la notificación al domicilio fiscal declarado por la Firma en virtud de que en dicho domicilio el Contribuyente ya no desarrolla su actividad, a los fines de agotar los medios tendientes a hacer saber a la parte de lo resuelto en autos, deviene procedente efectuar dicha notificación vía Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, todo ello en cumplimiento de lo establecido en el penúltimo y ultimo párrafo del Art. 54º del C.T. Ley 6006
to. 2004 y modifs.-III.- QUE por lo expuesto y en virtud de las facultades conferidas por el Art.
4 -inc. 8- de la Ley 9187:EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE POLICÍA FISCAL En el carácter de JUEZ ADMINISTRATIVO RESUELVE: ARTICULO 1º.- NOTIFIQUESE a la Firma Contribuyente NORWAY HIGH S.R.L. Nombre de Fantasía TRANSFER CÓRDOBA, que se ha dictado con fecha 30/04/2010 el Acto Resolutivo Nº PFD 023/2010, en virtud de ello EMPLÁCESE a la citada Firma, para que en el término de QUINCE 15 DIAS tome conocimiento del Resolutorio mencionado.- ARTICULO 2º.- A los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo anterior, deberá presentarse en el domicilio de esta Dirección de Policía Fiscal, sita en calle Rivera Indarte Nº 742º 1º Piso Área Determinaciones Determinaciones de Oficio de la Ciudad de Córdoba, en el horario de 08:00 a 17:00 hs. ó Delegación más cercana a su domicilio y/o comunicarse al Tel. 0351-4249495 int. 165-.- ARTICULO 3º.- HAGASE
SABER que en el supuesto de actuar por intermedio de representante legal o apoderado, deberá acreditar personería en los términos del Art. 15º y/o 22º de la ley 6658.- ARTICULO 4º.PROTOCOLICESE y PUBLIQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.5 días 8431 - 28/4/2011 - s/c.MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Dirección de Coordinación de Asuntos Legales Se hace saber a Ud. que en los autos caratulados: LD-Claut, Graciela Claudia s/Licencia sin Goce de Haberes Expte. 0110-82913/96, que se tramitan por ante este departamento de Investigaciones y Sumarios se ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, ocho de abril de dos mil once. Atento a las constancias de autos fíjese audiencia para el día once de mayo de 2011 a las 9 hs. a los fines de recibir declaración indagatoria de la agente Graciela Claudia Claut MI. 13.340.580, acordándose un plazo no mayor de cinco días, para que efectúe por escrito su descargo y ofrezca prueba, en su caso; debiendo comparecer con letrado defensor si lo tuviera a sus costas, muñido de su documento nacional de identidad. A os efectos del art.
2 inc. a del Decreto 4670/A/61 se transcribe el art. 1 de la resolución Ministerial N 420/10, que dispone: Art. 1: Disponer que por el Área que determine la Dirección de Coordinación de Asuntos Legales, se instruya formal sumario administrativo en contra de la docente Graciela Claudia Claut MI: 13.340.580 del Instituto Provincial de Educación Media N 270 General Manuel Belgrano de Capital, dependiente de este Ministerio, en el marco normativo del Decreto N 4670/A/61 por incurrir en presunto abandono de cargo. Notifíquese. Fdo.: Dr. Cristian Cáceres, Abogado Instructor. Sumario por Abandono de Cargo, Decreto 4670/A/61. Art. 2 Los sumarios por tal causal, tendrán un procedimiento especial, que consistirá: a Citación del sumariado, con transcripción de la resolución que dispone el sumario, acordándose un plazo no mayor de cinco días, según el lugar de su domicilio, para que efectúe por escruto su descargo y ofrezca prueba; en su caso. b El sumariado deberá acompañar, al ofrecer su prueba, la de tipo documental y no podrá proponer como testigo a quien no pertenezca al personal docente o directivo de la escuela, salvo que se trate de personal único. El presente inciso será trascripto también en la cédula citatoria. c El sumariante recepcionará la prueba ofrecida en un término no mayor de ocho días y podrá, a su vez, adoptar cualquier otra medida probatoria que considere necesario dentro de dicho término. d En caso de no haber ofrecido prueba el sumariado o decepcionado esta, el sumariante formulara sus conclusiones y elevara el expediente al Tribunal de Disciplina en el plazo de cuarenta y ocho horas.
N 8429 s/c.MOVIMIENTO NUEVO PAÍS
Audiencia Establecida por el Art. 90 Inc. 2 del Régimen

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/04/2011 - 4º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaísArgentina

Fecha20/04/2011

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones4007

Primera edición01/02/2006

Ultima edición10/07/2024

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