Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/09/2011 - 3º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

Córdoba, 12 de Setiembre de 2011

Por Asamblea Ordinaria del 10 de mayo de 2011 Acta de Asamblea Nº 33 -, se determinó el número de directores titulares y suplentes por los ejercicios 2011, 2012 y 2013, quedando conformado el directorio de la siguiente manera:
DIRECTORES
TITULARES: con el cargo de Presidente:
Héctor Horacio Mangupli, documento Nº 7.995.152, Vicepresidente: Pablo Fernando Mangupli documento Nº 23.821.098 y DIRECTORA SUPLENTE: Celia Susana Bolotín, documento Nº 5.995.679, Córdoba, septiembre 2011.N 23849 - $ 40.AGROCEREALES ARGENTINA S.R.L
CESION DE CUOTAS SOCIALES
Mediante contrato de cesión de cuotas de fecha 04/08/2001, con la aprobación de los socios que representan el cien por ciento del capital, se aprueba la cesión de cuotas que efectúa el socio JUAN JESUS GOMEZ, D.N.I. 13.561.396, casado, a favor del Sr.
ALEJANDRO IRUSTA GIIUSIANO, D.N.I.
23.350.344, casado, la cesión es de veinticuatro mil setecientas cuotas 24.700, que el primero tiene en la razón social "AGROCEREALES ARGENTINA S.R.L", por la suma de pesos doscientos veintidós mil trescientos $ 222.300. Todas las demás cláusulas contractuales continúan vigentes.
Fdo: Raúl Oscar Arrázola Juez. María de los Angeles Díaz de Francisetti. Juz. Civ. y Com. La Carlota.- LA CARLOTA, 18 de Agosto de 2011.N 23851 - $ 40.UK OK S.A
Acta rectificativa y ratificativa Fecha de Acta rectificativa y Ratificativa: 17/
8/2011. Socios: CRISTIAN ARIEL
SANCHEZ, D.N.I. 17.011.433, argentino, nacido el día 11/1/1965, casado en segundas nupcias, comerciante, domiciliado en Lote 16, Mza 23, Barrio Cuatro Hojas de la localidad de Mendiolaza, de ésta Provincia de Córdoba, ALEJANDRO ADRIAN SANCHEZ, D.N.I.
14.219.559, argentino, nacido el día 31/10/
1960, casado en primeras nupcias, comerciante, domiciliado en calle Felix Garzón N 2063, Barrio Cerro de las Rosas de la ciudad de Córdoba de esta Provincia de Córdoba;
GONZALO DANIEL SARRIGUREN, D.N.I.
22.309.619, argentino, nacido el día 7/7/1971, soltero, comerciante, domiciliado en calle Huarpes N 304, Piso 4, Departamento 4, de la ciudad de Mendoza, de la Provincia de Mendoza; JORGE FEDERICO GUIGNET, D.N.I. 26.792.679, argentino, nacido el día 7/
8/1978, casado en primeras nupcias, comerciante, domiciliado en Mza. D, Casa 9, Rodeo de la Cruz, de la localidad de Guaymayen de la Provincia de Mendoza; y SANTIAGO NICOLAS PEREZ ARAUJO, D.N.I. 21.809.337, argentino, nacido el día 13/
2/1971, casado en primeras nupcias, comerciante, domiciliado en calle Mza. 8, Casa 6, Barrio UJEMVI de la localidad de Las Heras de la Provincia de Mendoza. Resuelven en forma unánime modificar el Acta Constitutiva ya que por un error material involuntario se omitió indicar en la distribución de los cargos de Directorio la clase de acciones que representa cada uno de sus miembros.
Distribución de los Cargos: Designar para cubrir los cargos del Directorio: como Direc-

BOLETÍN OFICIAL
tor Titular y Presidente: a Cristian Ariel Sanchez, quien representa acciones de Clase A, Director Titular: a Alejandro Adrián Sanchez, quien representa acciones de Clase A; como Director Suplente 1: a Gonzalo Daniel Sarriguren quien representa acciones de Clase B, Director Suplente 2: a Jorge Federico Guignet, quien representa acciones de Clase B.
N 23786 - $ 104.TRANSPORTES LA VICTORIA S.A.
Mediante Acta de Asamblea General Ordinaria del 10 de Diciembre de 2010, se decidió elegir nuevos miembros del Directorio por tres ejercicios, el que queda conformado de la siguiente manera: Presidente: José Luis FERNÁNDEZ, D.N.I. 24.108.762; y Directores Suplentes: Mariano Ariel FERNÁNDEZ, D.N.I. 24.303.548, y Rodrigo Favio FERNÁNDEZ, D.N.I. 25.367.277.
N 23782 - $ 40.DISTRIBUIDORA JESI S.A.- Elección de autoridades Mediante Acta de Asamblea General Ordinaria del 29 de Marzo de 2011, se decidió elegir nuevos miembros del Directorio por tres ejercicios, el que queda conformado de la siguiente manera: Presidente: Beatriz Ana ROSSI, DNI N 16.903.842; y Director Suplente: Federico José BELARDINELLI, D.N.I. 36.140.589.
N 23784 - $ 40.CORDOBA TURISMO S.R.L.
Acta del 10/12/10 y 25/4/11: Los socios de CORDOBA TURISMO S.R.L., NAVARRO
SERGIO FABIAN, DNI 18.489.361 y FABIANA ANDREA FICOCELLI DNI 22.161.406.
1 Aceptación de la renuncia del Socio Gerente.
Navarro Sergio Fabián. 2 Cesión de cuotas sociales. Sergio Fabián Navarro vende, cede y transfiere al Sr. Javier Federico Maccio DNI
23.746.181, argentino, nacido el 2 de Agosto de 1974, casado, de profesión empresario y con domicilio en calle Tucumán Nº 25 Torre Este Piso 4 de la Ciudad de Córdoba, la totalidad de dos 2 cuotas. Fabiana Andrea Ficocelli vende, cede y transfiere a Camila Rodríguez Urmenyi DNI 31.901.891, Argentina, nacida con fecha 25 de Septiembre de 1986, Soltera, de Profesión Médica y con domicilio en Av. Ejército Argentino Nº 9520
Manzana 47 Lote 8 Bº Lomas de los Carolinos, cincuenta 50 cuotas, y al Sr. Javier Federico Maccio cuarenta y ocho 48 cuotas.
3 Designación de Gerente. Se designa gerente de la sociedad al Sr. Javier Federico Maccio quien acepta el cargo para el que fuera elegido.
4 Contrato Social: CLAUSULA SEGUNDA:
El domicilio legal de la sociedad y asiento principal de sus negocios será en calle Tucumán 25, Torre Este, Piso Cuarto de la Ciudad de Córdoba. Juzgado de primera instancia y 52º nominación C y C. Of. 07/09/2011.N 23828 - $ 76.LOTEO DE ALTOS DEL GOLF S.A.
Edicto Ampliatorio y Complementario Ampliando y complementando las publicaciones de edictos Nros. 10.658 y 18005
publicados en el Boletín Oficial de la Prov. de Córdoba con fecha 13/05/2011 y 28/07/2011
respectivamente, se hace saber que por acta social de fecha 24/08/2009, se dispuso aprobar
el Reglamento Interno de la sociedad Loteo de Altos del Golf S.A., que quedó redactado de la siguiente manera: Artículo uno: La actividad interna que se llevará a cabo en la urbanización Altos del Golf, en adelante el barrio, estará dirigida y reglamentada por el presente reglamento interno, sus modificaciones y los posteriores reglamentos y/o resoluciones que emanen del directorio de la sociedad, comisiones especiales designadas a tales efectos y/o del estatuto social. El cumplimiento del presente reglamento es obligatorio para todos los socios de Loteo de Altos del Golf S.A. y las personas que se encuentren dentro del predio de Altos del Golf, cualquiera fuere su carácter y/o situación dentro del mismo. Artículo dos: Para acceder como socio a Loteo de Altos del Golf S.A., es necesario ser propietario y titular registral de alguno de los 35 lotes de terreno que componen el barrio o predio de Altos del Golf. Si no es un socio originario al ingresar como socio, debe declarar conocer y aceptar someterse él y los integrantes de su grupo familiar y/o convivientes y/o visitantes a los estatutos sociales, reglamento interno y demás normativas emitidas por el directorio u órgano pertinente del barrio. Artículo tres. Cuotas ordinarias. Aportes obligatorios. Para el fiel cumplimiento del objeto social, de conformidad con el estatuto y el presente reglamento interno, para solventar la totalidad de los gastos y erogaciones necesarias que demanden el cumplimiento del interés común del barrio y que surjan como consecuencia de la actividad de la sociedad, el directorio tendrá las atribuciones que se estipulan en el estatuto social de Loteo de Altos del Golf S.A. y fijará periódicamente las contribuciones y/o aportes necesarios y obligatorios para todos los socios de la sociedad que viven dentro o fuera del predio. Los cuales no constituyen aportes societarios y serán destinados a las erogaciones necesarias antes mencionadas. Estas cuotas se determinaran como ordinarias mensuales y/o extraordinarias. El directorio determinará la modalidad y periodicidad del pago de las mismas. Asimismo el directorio fijará el monto de la cuota en función a la participación societaria de cada socio y en función también de los metros cuadrados de cada lote de terreno.
Artículo cuatro. Para afrontar gastos extraordinarios y/o imposiciones especiales a socios usuarios o no de los predios comunes o espacios verdes, quedará en cabeza del directorio establecer los montos y modalidad de pago. Siempre bajo la premisa que toda contribución ordinaria y/o extraordinaria resuelta por la asamblea y/o por el directorio, será obligatoria para los socios, y/o inquilinos y/o tenedores y/o poseedores y/o simples tenedores del inmueble y/o lote de terreno ubicado dentro del predio Altos del Golf.
Asimismo el directorio queda autorizado y expresamente facultado por medio del presente, para generar cuotas extraordinarias destinadas para constituir un fondo de caja permanente, que podrá paliar o cubrir cualquier tipo de contingencias y en especial las derivadas de los eventuales desajustes o faltantes de caja que se produzcan entre el vencimiento de las obligaciones y su efectivo pago por parte de los socios. Artículo quinto.
De los socios. Cada acción de la sociedad Loteo de Altos del Golf S.A., debe estar necesariamente relacionada a un lote de terreno o inmueble dentro del predio del barrio. Todas estas acciones otorgan el derecho a usar los espacios comunes y/o verdes y todos los bienes de la sociedad, al titular y a sus familiares y/o amigos en presencia del titular, siempre que dicho uso sea racional, prudente,
9 equilibrado y acorde con las buenas costumbres. El directorio podrá determinar la modalidad y horarios para el uso de los mismos. Asimismo el directorio podrá fundadamente, impedir el uso a quien y/o quienes hayan producido algún daño o mal uso en los mismos. El cónyuge y los hijos del socio gozaran de los mismos derechos que aquél para el uso de las instalaciones y/o lugares comunes.
Todos los socios son los responsables de velar por el cuidado y mantención de los bienes sociales en perfecto estado. Por ello deberán denunciar a la guardia y al directorio, de cualquier acto que pudiera poner en peligro o deteriorar por mal uso, a los bienes sociales.
Articulo sexto. En el ejercicio del derecho de uso y goce de los bienes de la sociedad o bienes comunes por parte de los socios o de sus autorizados o familiares o contratados, será el socio el responsable por todos y cada uno de los daños y perjuicios que pudieren ocasionar por hechos propios o ajenos sobre los bienes sociales, cualquiera fuere el motivo. El directorio establecerá el monto de la reparación y la modalidad de reintegro o pago. Artículo séptimo. Derechos y deberes de los socios.
Los socios y sus familiares directos y/o autorizados tienen el derecho a usar las instalaciones, bienes y servicios sociales, subordinados siempre al cumplimiento de todas las normas y directivas que establezcan los estatutos, reglamentos internos, ordenanzas municipales y/o leyes provinciales y/o nacionales. Deberán colaborar con el mantenimiento de los mismos e informar inmediatamente de cualquier desperfecto.
Observar dentro del barrio o predio, una conducta honorable y respetable, evitando cualquier tipo de conducta provocadora o desacorde con las propias de un buen hombre de familia. Deberán abonar puntualmente todas las cuotas sociales y/o gastos comunes ordinarios y/o extraordinarios que fije el directorio. Pagar puntualmente las multas y/o sanciones que se dispongan en su contra. La mora en la falta de pago de cualquiera de las obligaciones sociales se producirá de pleno derecho, sin necesidad de interpelación y/o comunicación fehaciente alguna. Queda expresamente autorizado el directorio para fijar las pautas de los intereses compensatorios y/o moratorios y/o punitorios por la falta de pago en tiempo y forma. El directorio podrá publicar la nomina de morosos y la cantidad de cuotas atrasadas con sus importes actualizados y de ser necesario, circularizarla en las comunicaciones habituales a los accionistas. La falta de pago de dos o mas cuotas consecutivas y/o alternadasproducirá la suspensión inmediata de todos los servicios que presta la sociedad o brinda el predio, pudiéndosele impedir el uso y goce de los predios comunes y/o espacios verdes a el socio o a sus familiares y/o autorizados. Asimismo el directorio podrá emitir el pertinente certificado de deuda que será la base para cualquier reclamo judicial. Dicho certificado deberá adecuarse a las exigencias legales y judiciales del caso y será suscripto por el presidente del directorio o su reemplazante y por un contador público matriculado En todos los casos las acciones judiciales se realizaran o presentarán en los juzgados ordinarios de la ciudad de Córdoba, renunciando todos a cualquier otro de excepción que pudiere corresponder. Los socios morosos deberán afrontar todos los costos y las costas del proceso judicial que se le iniciara en su contra, obligándose a mantener indemne a la sociedad.
Artículo octavo. Deberes y prohibiciones para los socios y sus familiares y/o autorizados.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/09/2011 - 3º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 3º Sección (Sociedades - Personas Jurídicas)

PaísArgentina

Fecha12/09/2011

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones3968

Primera edición01/02/2006

Ultima edición02/07/2024

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