Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/06/2024 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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AÑO CXI - TOMO DCCXIV - Nº 119
CORDOBA, R.A., LUNES 10 DE JUNIO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

de 3,67 mts. lineales y al Suroeste de 15,73 mts.
lineales lindando con PH 31 - L4 de titularidad de VICOR COOPERATIVA DE CONSTRUCCION LIMITADA, lo que encierra una superficie de 58,97 mts2. El terreno se encuentra edificado con una superficie total de 58,98 mts2 cubiertos. Dirección General de Rentas Cta. Nº 11012192.666-1 y en el Registro General de la Provincia con la Matrícula 243.466/32, a nombre de VICOR COOPERATIVA DE CONSTRUCCION
LIMITADA. Nomenclatura Catastral: Dpto.Capital, ciudad de Córdoba, Circunscripción 33, Sección 12, Manzana 22, Parcela 1, PH 32. La acción se dirige en contra del titular registral VICOR COOPERATIVA DE CONSTRUCCION LIMITADA y en contra de toda otra persona física o jurídica que se considere con derecho alguno sobre el inmueble y de los herederos del señor Enrique Nemirovsky, en caso de considerarse afectados por la tramitación de ésta acción.

de Catastro de la Provincia de Córdoba, tal como fueron transcriptos supra. Por ello, y lo dispuesto por el art. 338, correlativos y concordantes del C.P.C. RESUELVO: 1 Corregir la Sentencia N
207 de fecha 29/05/2009 , conforme las consideraciones vertidas precedentemente. 2 Por secretaría regístrese anotación marginal en el SACM. FDO.: Guillermo E. Falco - Juez.

El juez de 1 Inst. y 9 Nom. en lo C y Com. de la ciudad de CórdobaSecretaría Única-, en los autos caratulados DEMARCHI DE MARTINEZ
CATALINA MARIA - USUCAPIÓN - MEDIDAS
PREPARATORIAS PARA USUCAPIÓN - EXPTE N 4263302, ha dictado la siguiente resolu-

prescripción adquisitiva el bien de que se trata y que se describe en los vistos, con la salvedad hecha por la Dirección General de Catastro, en cuanto a la designación del mismo, de que se trata en realidad del lote 6 y no el 4 fs. 82/88;
ordenando inscribir el dominio en el Registro General de la Provincia a nombre del mismo a cuyo fin deberán requerirse los informes de ley y librar el pertinente oficio al efecto. Disponer la notificación de Sentencia por edictos los que deberán publicarse por diez veces a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, en el Boletín Oficial y en un diario autorizado de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble, que proponga el actor. Protocolícese, hágase saber y dese copia. Fdo.: Guillermo E. Falco - Juez. Asimismo, el aludido Tribunal dictó el siguiente Auto en dichas actuaciones.
AUTO N 40. Córdoba 20/02/2024. Y VISTOS
Y CONSIDERANDO: 1 Que la corrección de la resolución resulta procedente, de conformidad a lo dispuesto por el art. 338 del C. de P.
C., que faculta al Juzgador a interpretar sus resoluciones en cualquier tiempo. 2 Examinado la resolución de cuya interpretación se trata, se advierte a simple vista que se ha deslizado el error denunciado, ya que se consignó el nombre de la actora como María Catalina, cuando en realidad es Catalina María. Se advierte asimismo que el yerro denunciado se repite en numerosas oportunidades -tanto en los vistos como en los considerandosde la sentencia en cuestión. Por lo que debe en consecuencia enmendarse por esta vía, de suerte que en lo sucesivo se entienda que, en cada oportunidad que se mencione a la compareciente como María Catalina debe decir: Catalina María.De otro costado, entiendo oportuno señalar que consta debidamente acreditado el empadronamiento del inmueble objeto de los presentes ante la Dirección General de Catastro de la Provincia de Córdoba, y ello surge del certificado catastral de fecha 29/12/2023, adjunto en operación electrónica de igual fecha.
En dicha constancia, la referida dependencia describe la propiedad de la siguiente manera:
Lote de terreno ubicado en el pueblo de Lozada, Pedania Cosme, Dpto. Santa Maria de la Provincia de Córdoba, el que se describe como Lote 6 de la Mz.M y mide 28.50 mt en su frente al N-E, 53.47 en su otro frente al S-E, 45.30 en su costado N-O y 56.91 mts en su costado S-O,
ción que hace lugar al pedido de declaración de usucapión formulado por la parte actora, y dice:
SENTENCIA N 207. Córdoba, 29/05/2009-. Y
VISTOS: Y CONSIDERANDO RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda y en consecuencia declarar que la Sra. CATALINA MARIA
DEMARCHI DE MARTINEZ ha adquirido por
o sea 1934.66 mts cuadrados, lindando al N-E
con calle Tucuman, al S-E con calle Alberdi, al N-O con el Lote 2 y al S-O, con los Lotes 3 y 5.- En consecuencia corresponde ampliar la parte resolutiva de la Sentencia N 207 de fecha 29/05/2009, debiendo consignar los datos de inmueble proporcionados por la Dirección General
ley. Ofíciese para la exhibición de edictos a la Municipalidad y Juzgado que corresponda, en los términos del art. 785 del CPCC. Colóquese un cartel indicativo con las referencias del juicio en el inmueble de que se trata a costa del actor y con intervención de la Sra. Oficial de Justicia art. 786 del CPCC. Ordénese de oficio la ano-

10 días - Nº 533249 - s/c - 10/7/2024 - BOE

El Juzgado de 1o Inst. Civ., Com. de Concil. y FLIA. Sec. N 2 de Alta Gracia, en los autos LAS
CAÑITAS S.A. C/ CRUCET RAMON MIGUEL
Y OTRO ORDINARIO - Expte. 336363 cita y emplaza a los herederos de MARTIN VEGA
CRUCET M.I. 21.628.760, a comparecer a estar a derecho en el plazo de veinte días bajo apercibimiento de rebeldía y lo dispuesto por el art. 784
in fine del CPCC. El decreto que así lo ordena reza: Alta Gracia, 03/06/2024.. Téngase presente lo manifestado respecto del fallecimiento del Sr. Martín Vega Crucet, heredero del titular registral, conforme lo informado en autos por el Juzgado Electoral Federal. Atento lo manifestado y lo dispuesto por el art. 152 del C.P.C.C., cítese por edictos a los Sucesores de Martín Vega Crucet, en su carácter de co-heredero del titular registral Ramón Miguel Crucet. Fdo: GONZALEZ Maria Gabriela PROSECRETARIO/A LETRADOVIGILANTI Graciela Maria JUEZ/A DE
1RA. INSTANCIA.1 día - Nº 533468 - s/c - 10/6/2024 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

10 días - Nº 533802 - s/c - 4/7/2024 - BOE

La Juez de 1º Inst. Civ.Com. y Flia. de Hca. Rcó., Pcia. de Córdoba, Dra. Nora G. Lescano en los autos caratulados DARIOMERLO, MIGUEL
ANGEL USUCAPION MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPION Expte. 1730593
ha dictado la siguiente resolución: HUINCA
RENANCÓ, 27/11/2023. Agréguese oficio proveniente del Registro Gral. de la Provincia, con noticia. Téngase presente. En virtud de ello, provéase a la demanda impetrada, a cuyo fin: por iniciada la presente acción declarativa de USUCAPIÓN art. 782 y ss. del CPCC en contra de los sucesores de Delia Susana Dariomerlo, a saber Luis Enrique Dariomerlo DNI 5.259.794
y José Alberto Dariomerlo DNI 6.631.273 hoy fallecido siendo sus herederos sus hijos María Daniela Dariomerlo DNI 18.508.626 y Hugo José Dariomerlo DNI 21.537.552 y sucesores de Eduardo Juan Mackinson respecto del inmueble de que se trata, a la que se le imprimirá el trámite de Juicio Ordinario . Cítese y emplácese a los demandados para que dentro del plazo de TRES 03 días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía.
Asimismo, cítese y emplácese por VEINTE 20
días mediante edictos que deberán publicarse diez 10 veces a intervalos regulares, dentro de un período de TREINTA 30 días en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y de la Rep.
Argentina atento el domicilio del titular registral, bajo apercibimiento de ley arts. 152 y 165 del CPCC. A los mismos fines y en los términos de lo normado por el art. 784 del CPCC, cítese y emplácese al Sr. Procurador del Tesoro por la Provincia de Córdoba, a la Municipalidad que corresponda, y a los colindantes denunciados Elia Mario Fernando, Mabel Beatriz Martinelli, Alejandro Hernán Viñolo, Myrna Carina Viñolo, Alfio Walter Viñolo y Martin Miguel Farías, para que en el plazo de TRES 03 días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/06/2024 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha11/06/2024

Nro. de páginas53

Nro. de ediciones3642

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/07/2024

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