Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/07/2007 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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el tercer tramo, a partir de aquí con rumbo Oeste mide 15,17 mts. línea O-P, desde este punto con rumbo Noroeste, se miden dos tramos de 98,79 mts. línea P-Q el primero, y de 2,49 mts. línea Q-R el segundo tramo, a partir del último punto y con rumbo Noroeste, mide 38,27 mts. línea R-S y desde éste último punto con rumbo Noroeste, se miden 118,30 mts. línea SA, cerrando la figura, todo lo que hace una superficie total de siete hectáreas mil ciento cincuenta y siete metros, dos decímetros cuadrados 7 ha. 1157,02 mts2
y linda: al Norte, con sucesión de Andrés Villarreal en posesión de Octavio Ponce;
sucesión de Ramón Villarreal en posesión de Pedro Dardo Clavero, sucesión de Salvador Bazán Pereyra en posesión de Jorge Omar Muno y sucesión de Pedro Guzmán, calle Pública Vecinal de por medio; al Sud, calle Pública Vecinal de por medio, con sucesión de Andrés Villarreal, Rolando Villarreal y Sucesión de Ramón Villarreal en posesión de Pedro Dardo Clavero, al Este, con sucesión de Andrés Villareal en posesión de Octavio Ponce y al Sudoeste, con el Río Panaholma y sucesión de Andrés Villareal en posesión de Octavio Ponce". El inmueble afecta el Dominio N 6070, F 8178 del año 1980, puntos 4, 6, 7, 11 y 13 del inventario a nombre de María Estela Marina Bazán por lo que se dispone su cancelación Art. 789
C. de P.C.. El mismo afecta las cuentas rurales N 2803-1901596/8, 2803-1901597/
6, 2803-1901599/2, 2803-0215672/0 y 2803-0512761/8 a nombre de María Estela Marina Bazán de Spedale. II Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN
OFICIAL y diario "Democracia" en el modo dispuesto por el Art. 790 del C. de P.C.. III
Oportunamente, inscribir la sentencia en los Registros Públicos de la Provincia, a cuyo fin deberá oficiarse. IV Diferir la regulación de los honorarios de los Dres.
Eduardo Aníbal Peralta y Matías Sebastián Libra Art. 25 del C.A. y 140 bis del C.P.C..
Protocolícese, hágase saber y dése copia.
Fdo.: Dr. Juan Carlos Ligorria - Juez.
Oficina, 18 de Abril de 2007. Fanny Mabel Troncoso - Sec.
10 días - 8531 - s/c.RIO TERCERO - El Juzgado de Primera Instancia y Segunda Nominación Civil, Comercial, Conciliación y Familia de la ciudad de Río Tercero. Secretaría Nº Tres, a cargo del Dr. Edgardo Battagliero, en los autos caratulados "Astegiano Carlos Marcelo - Usucapión" ha dictado la siguiente resolución: Río Tercero, 30 de abril de 2007. Cítese y emplácese a los que se consideren con derecho sobre el inmueble que se trata de prescribir y a todos los colindantes actuales en su calidad de 3º quienes deben ser citados en los domicilios denunciados y en los informados por las reparticiones catastrales para que comparezcan a estar a derecho en el plazo de veinte días y para que en el plazo de veinte días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos comparezcan a estar a derecho, tomar participación y deducir oposición bajo apercibimiento, sobre el siguiente inmueble ubicado en la ciudad de Río Tercero, Departamento Tercero Arriba, pedanía El Salto, designado como lote 40 ó lote "A" de la manzana letra "G" que mide y linda al oeste cuarenta y tres metros veinte centímetros y linda con calle Belisario Roldán, al Norte seis metros
BOLETÍN OFICIAL
dieciocho centímetros linda con calle Artigas, al Este cuarenta y tres metros veinte centímetros linda con propiedad de Horacio Carlos Piccatto Hoy Carlos Marcelo Astegiano y al Sud cinco metros noventa y ocho centímetros linda con parcela 039 de Javier Seferino Gautero sin dominio registrado, designación catastral:
C. 02, sección 02, Manzana 133, parcela 040- Número de cuenta 330119583730- Río Tercero, 10 de Mayo de 2007.
10 días - 10318 - s/c.El Sr. Juez de 1º Instancia y 43º Nom.
Civ. y Com. de la Ciudad de Córdoba, Secretaría de la Dra. María A. Romero, en autos caratulados: " Yori, Gerardo Carlos - Declarativo - Usucapión" Expte. Nº 85672/36- ha dictado la siguiente resolución: Auto Número Doscientos Cuatro. Córdoba, 21 de Mayo de 2007. Y
Vistos Y Considerando: Resuelvo: I
Aclarar el Auto Número cuatrocientos setenta y tres, de fecha siete de Agosto de dos mil seis, que corre glosado a fojas 630/631 de autos y donde dice: "visado el 29 de noviembre de 2005" debe decir: "
visado el 27 de abril de 2006. Protocolícese, hágase saber y dése copia. Fdo. Héctor Gustavo OrtizJuez.
10 días - 10913 - s/c.En estos autos caratulados: "Díaz de Pucheta Ruperta María Lindaura UsucapiónMedidas preparatorias para usucapiónExpte. Nº 634313/36", que se tramitan por el Juzgado de 1º Instancia y 44º Nominación en lo Civil y Comercial, Secretaría a cargo de la autorizante, cita y emplaza a los herederos de Evaristo Serafín Aragonez, Euclides José Aragonez, María José Roca de Aragonez, Alba Juvencia Aragonez, Roger Wenceslao Aragonés, Juana Olimpia, Aragonez y Enrique Nelson del Corazón de Jesús Aragonez, para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Firmado: Dra.
María Eugenia Martínez, Secretaria.
Oficina: Cba. 31/05/2007. Otro: Cítese y emplácese por edictos a los coherederos del Sr. Evaristo Serafín Aragonez, Elida Isabel Aragonez y/o sus sucesores para que en el término de veinte días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía Firmado: Dra.
María Eugenia Martínez, Secretaria .
Oficina. Cba. 31/05/2007.
10 días - 10892 - s/c.El señor Juez Civil y Comercial del Juzgado de 18 Nominación de Córdoba, Dr. Juan Carlos Maciel, en autos "Nieto Mario Alberto - Usucapión - Medidas Preparatorias para Usucapión - Expte. N
97020/36", cita y emplaza al demandado B a n c o C e n t r a l d e A h o r r o pa r a Construcciones para que en el plazo de tres días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía, a todos los que se consideren con derecho al inmueble que se describe, a deducir oposición dentro de los seis días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos y a los colindantes del inmueble que se trata de usucapir Arts. 784 inc. 4 del C.P.C., Sres. Elvio Rafael Argañaraz, Manuel Jorge Roldán, Domingo Carlos Ferrero, Ramón Reyes González y Jonás Gregorio Taborda, para que en el término de veinte días comparezcan a tomar participación en au-

tos, en calidad de terceros, con relación al inmueble que según título obrante al folio 1512, Tomo 7 del año 1935 del Registro General de Propiedades de la Provincia se encuentra inscripto a nombre de Banco Central de Ahorro para Construcciones y se describe como un lote de terreno ubicado en ensanche del Barrio Las Flores, Suburbios Sud del Municipio de esta Capital, señalado en el plano de división de la manzana seis inscripto el Registro General de la Provincia al N 1970 y Planilla N
6546 como Lote 13 de la misma con una superficie de 140 metros cuadrados. Mide:
de frente y contrafrente 7 metros y en sus costados 20 mts. linda al Norte con el lote 12,m al Sur con lote 14 al Este con calle Pública N 2 y al Oeste con lote 22, todos de la misma manzana. Designación Catastral: 30-06-014-013. Inscripto en DGR
Cuenta 1101-0776273/6. Fdo.: Dr. Juan Carlos Maciel - Juez. Dra. María José Páez Molina - Sec. Cba., 30 de Abril de 2007.
10 días - 11179 - s/c.BELL VILLE - El señor Juez de 1ra.Instancia en lo Civil, Comercial y Conciliación de 2da. Nominación de la ciudad de Bell Ville, Dr. Galo E. Copello, Secretaría N 4 a cargo de la Dra. Elisa Molina Torres, en los autos caratulados "Pita Fernando Dario - Medidas Preparatorias - Usucapión" Expte. N P27-05, cita y emplaza al titular de dominio para que en el plazo de cinco 5 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimientos de rebeldía. Cítese y emplácese a quienes se consideren con derecho al inmueble en cuestión, para que en el plazo de veinte 20 días comparezcan a estar a derecho, y publíquense los edictos del Art. 783 del C.P.C.C. en el BOLETÍN OFICIAL y diario de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble. Cítese a los colindantes, Fisco de la Provincia y Municipalidad de Bell Ville, en los términos del Art. 784 del C.P.C.C.
Ofíciese a los fines de la exhibición de edictos del Art. 785 del C.P.C. y colocación de un cartel indicativo con referencias acerca de la existencia del presente juicio, en el inmueble en cuestión, el que deberá ser mantenido a cargo del actor durante la tramitación del juicio Art. 786 del C.P.C..
El inmueble que se pretende usucapir se describe: Según plano de mensura de posesión: Confeccionado por el ingeniero Civil Gastón H. Briner, MP. 4473 y visado por la Dirección General de Catastro de la Provincia con fecha 11/8/05. Expediente 0563.00092.05 se designa como lote 36 y mide: quince metros al NO línea A-B
lindando con calle Int. Rubén Márquez, catorce metros noventa en su contrafrente al SE línea C-D, lindando con P.1 de Eduardo Guillermo Renny, diecisiete metros en su costado NE línea B-C lindando con Parcela 2 de Felipa Pereyra de López y dieciséis metros con noventa en su costado S.O. línea D-A lindando con calle Intendente Roldán; haciendo una superficie total de doscientos cincuenta y tres metros cuarenta y dos decímetros cuadrados. El inmueble citado figura inscripto en el Registro General de la Provincia en Protocolo de Dominio N 35282, Folio 41262, Tomo 166, año 1950 a nombre del señor Guillermo Eduardo Renny. Ana Laura Nieva - Pro-Sec. Letrada.
10 días - 11200 - s/c.-

Córdoba, 20 de Julio de 2007
RIO CUARTO - El señor Juez en lo Civil y Comercial de Primera Instancia y Primera Nominación, Secretaría Dra. Mariana Andrea Pavón, de Río Cuarto, en autos caratulados "DAndrea Flavio César Demanda de Usucapión", se ha dictado la siguiente resolución: Río Cuarto, 16 de Abril de 2007. Proveyendo a la diligencia que antecede: téngase presente lo manifestado. Provéase al escrito de fs. 76
de conformidad a derecho. Téngase por iniciada la presente acción declarativa de Usucapión, del inmueble compuesto por una fracción de terreno baldío que ocupa el costado sud-este de la quinta designada con el número dos, formando parte de ella y ubicada en el sector quintas, antes Pastos Comunes de la Colonia Sampacho, dentro del ámbito del ejido urbano del Municipio de la localidad de Sampacho, Pedanía Achiras, Departamento Río Cuarto, emplazada entre las calles Paraguay, Ranqueles, Los inmigrantes y el camino a la localidad de Los Chañaritos, fracción de terreno empadronada en la Dirección General de Rentas bajo el N de Cuenta 2401220128/9 e inscripta en el Registro General de la Provincia de Córdoba al número setenta y ocho, folio cuarenta y cinco vuelta, Tomo uno del año 1907, en contra de Arturo Miranda y Rubén Juan Puddu, y contra quienes se consideren con derecho sobre el inmueble. Admítase.
Imprímasele el trámite de juicio ordinario.
Cítese y emplácese a los demandados Arturo Miranda y Rubén Juan Huddu para que en el término de cuatro días comparezcan estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Cítese al Fisco de la Provincia de Córdoba y a la Municipalidad de la localidad de Sampacho para que en el término de cuatro días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley Art. 784 inc. 1 del CPCC. Cítese en calidad de terceros al colindante denunciado Sr. Eduardo T.
Albornoz y a los terceros que se consideren con derecho al inmueble en cuestión. Todos los nombrados serán citados para que comparezcan estar a derecho y a deducir oposición en su caso, dentro del término de cuatro días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos que será de diez veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta días, bajo apercibimiento legal. Todo ello sin perjuicio de la citación a domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado.
Remítase un ejemplar de Edictos para su exhibición a la Municipalidad de Sampacho Art. 785 del CPCC. Ofíciese al Sr. Juez de Paz de la localidad de Sampacho a efectos de que intervenga en la instalación de un cartel indicativo en el inmueble que se trata de usucapir, con las referencias necesaria a cerca de la existencia del pleito, el que deberá ser mantenido a cargo del actor durante toda la tramitación del juicio Art. 786 del CPCC. Notifíquese.
Fdo.: Dr. José A. Peralta - Juez. Dra.
Mariana Andrea Pavón - Sec.
10 días - 10852 - s/c.RIO SEGUNDO - La Sra. Juez de 1ra.
Instancia, Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Río Segundo, en los autos caratulados: " Ratti Victoria María Usucapión" ha dictado la siguiente resolución: Sentencia Número: Ciento Dieciséis. Río Segundo, 5 de Abril de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/07/2007 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha20/07/2007

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones3644

Primera edición01/02/2006

Ultima edición10/07/2024

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