Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/10/2023 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
AÑO CX - TOMO DCCVI - Nº 193
CORDOBA, R.A. LUNES 9 DE OCTUBRE DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

10543, Decreto Reglamentario N 1705/18 y Acordadas del Superior Tribunal de Justicia, Ley N 8858 y Decreto Reglamentario N 1773/00. Resolución N 02/2020 y ccdtes., Acordadas del Superior Tribunal de Justicia N 555 y 556 Serie A del 22/08/00 y 08/09/00, y Nº 1625 y 1643 Serie A del 10/05/20
y 29/07/20. 2 Mediación: Fundamentos filosóficos y científicos. Concepto.
Principios. Comparación con otros métodos de resolución y gestión de conflictos. 3 Diferentes enfoques metodológicos: Paradigmas de referencia.
Corrientes. Escuelas. Modelos. 4 El procedimiento de mediación desde su iniciación hasta el cierre. Encuadre legal y técnico. 5 Las intervenciones del Mediador: técnicas y estrategias utilizadas en Mediación. Distinción conceptual y aplicación. Diferentes criterios para evaluar la eficacia de las intervenciones. 6 Rol del Mediador: Competencias específicas para su desempeño.
Principios éticos. Diferencias con el rol de la profesión de base y otras figuras vinculadas con los distintos métodos de resolución de conflictos. 7 Paradigmas de Justicia: Justicia Sancionatoria y Justicia Restaurativa. 8 Diferentes ámbitos de aplicación de la mediación. 9 Mediación Prejudicial Obligatoria en el ámbito de la Provincia de Córdoba, desarrollo en los diferentes ámbitos, análisis de eficacia y eficiencia, herramientas para la gestión de los aspectos procedimentales.10 Mediación bajo la modalidad virtual, presupuestos metodológicos, aspectos técnicos, legales.11 La mediación y la perspectiva de derechos; cuestiones de género, diversidad e inclusión social. 12 Mediación extrajudicial voluntaria, ámbitos de aplicación, programas de mediación comunitaria, análisis y perspectivas de su desarrollo.

Artículo 5: Los Tribunales evaluadores estarán integrados por los siguientes miembros: Titulares: Prof. Edith Palandri, Ab. Alejandra Peñaloza, Cr. Pablo Garrido, Ab. Ana María Becerra, Lic. Zulma Dinca, Ab. Daniel Gay Barbosa, Ab. María E. Soria de Ancarani, Prof. María del Pilar Ghirardi, Ing.
Gustavo Brane. Suplentes: Ab. Liliana Ortiz, Lic. Patricia Casas, Ab. Mariana Gonzalez, Lic. Sandra Zobele, Lic. Silvina Muñoz, Dr. Diego Robledo, Ab. Mónica Cornaglia, Cra. Silvia Capetinich, Arq. Mónica Merlino. Dichos Tribunales se habilitarán en número suficiente conforme el número de aspirantes inscriptos para la evaluación.
Artículo 6: Las recusaciones por parte de los aspirantes en ejercicio del derecho a que hace referencia el art. 7 de la Resolución Nº 131/2018 deberán ser consignadas en el apartado correspondiente del formulario de inscripción.
Artículo 7: Los resultados serán publicados en la sede de la Dirección de Mediación.
Artículo 8: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: MARÍA DÉBORA FORTUNA, DIRECTORA DE MEDIACIÓN, MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN SEGURIDAD NÁUTICA
Resolución N 760 - Letra:R
Córdoba, 04 de Octubre de 2023.
VISTO El expediente N0569-065180/2023 en el que la Dirección de Seguridad Náutica, dependiente del Ministerio de Gobierno y Seguridad, plantea la necesidad de actualizar la nómina del Cuerpo de Inspectores de Seguridad Náutica, cuya función fue asignada mediante Resolución N 01
de la entonces Dirección de Jurisdicción Seguridad Náutica del Ministerio de Seguridad publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba con fecha 03/09/2023.
Y CONSIDERANDO
Que el artículo 114 de la Constitución Provincial dispone que el Poder Ejecutivo Provincial tiene a su cargo, entre otras atribuciones, la administración Provincial, la formulación de políticas, la ejecución de leyes y el nombramiento y remoción de los agentes de la Administración y a delegar en forma expresa y delimitada, con arreglo a la ley, determinadas funciones administrativas.
Que en virtud de lo previsto por el decreto 1179/2022 de fecha 21
de septiembre de 2022, se encomendó esta función a la Dirección de Seguridad Náutica.
Que la Dirección de Seguridad Náutica, tiene a su cargo la regularización y fiscalización de las normas y disposiciones que disciplinan la actividad náutica establecidas en los dispositivos 5040/68, 8264 y Dtos.
Reglamentarios 7106/86, 2644/97 y 1977/99 de Náutica de la Provincia de Córdoba, dentro del marco legal de los dispositivos mencionados y conforme las funciones y/o competencias previstas para la Dirección de Jurisdicción de Seguridad Náutica, para control de la actividad náutica y la BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

aplicación de multas a los particulares y/o emprendimientos comerciales que infligen la misma.
Que las tareas de Seguridad Náutica, se desempeñan por personal capacitado para realizar las distintas actividades que se encomiendan en el área de su competencia y atribuciones.
Por todo ello, las leyes Náutica N 5040/68, 8264, Decretos reglamentarios N 7106/86, 2644/97, 1977/99 y lo dictaminado por el área dictámenes de la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Seguridad.
EL SR. DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE SEGURIDAD NÁUTICA
RESUELVE
Artículo 1 AMPLIESE Y ACTUALICESE, la nómina de agentes que efectúan las tareas de contralor, en el marco de las funciones y competencia dispuestas en las leyes N 5040/68, 8264, Decretos reglamentarios N 7106/86, 2644/97, 1977/99, todo ello conforme la nómina del Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución compuesto de 1 foja, quiénes constituyen el cuerpo de inspectores de la Dirección de Seguridad Náutica.

Artículo 2 PROTOCOLICESE, Comuníquese, y archívese.

RESOLUCION N 760/2023
FDO.: ADRIAN M BERELEJIS, DIRECTOR DE JURISDICCIÓN DE SEG NAUTICA, MINISTERIO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
ANEXO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/10/2023 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha09/10/2023

Nro. de páginas17

Nro. de ediciones4178

Primera edición01/02/2006

Ultima edición15/07/2024

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