Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/05/2022 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 104
CORDOBA, R.A. LUNES 23 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

determinando que no se acreditan los extremos necesarios para precisar la naturaleza jurídica pública de la vía de circulación subexámine solicitada por el Sr. RICARDO JUAN KHAYAT, al no estar incorporada la misma al patrimonio estatal de la Provincia mediante título jurídico hábil ya que el carácter de dominio público debe ser indubitable, a fin de no cercenar el derecho de propiedad; disponiendo, en tal sentido, la desafectación del Plan de Mantenimiento del camino sub-exámine, actualmente emplazado en las parcelas descriptas en el plano de mensura N 0033-055922/2010 de fs. 16
Art. 84 Ley N 1005; su baja de la Cartografía Oficial de la Red Provincial de Caminos de la Provincia y su baja del Plan de Conservación del Consorcio Caminero N 375 Yacanto de Calamuchita o 407 Calamuchita CentroDr.
Juan Esteban García Jefe Departamento Asesoría Jurídica.

POR ELLO, atento a los informes producidos, lo dictaminado por el Departamento II Asesoría Jurídica y las facultades conferidas por la Ley N 8555;

cada como Camino Terciario T375-12, por las razones expresadas en los fundamentos de este acto.

EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD
RESUELVE:

Art. 5.- Protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése copia al Ministerio de Obras Públicas y pase al Departamento II - Secretaría General.

Art. 1.- Determinar que no se acreditan los extremos necesarios para precisar la naturaleza jurídica pública de la vía de circulación identifi-

Art. 2.- Disponer la baja del Camino de que se trata de la Cartografía oficial de la Red Provincial de Caminos de la Provincia.
Art. 3.- Disponer la desafectación del Plan de Mantenimiento del Camino relacionado precedentemente, y consecuentemente del Plan de Conservación del Consorcio Caminero N 375 de Yacanto de Calamuchita o N 407 de Calamuchita Centro.
Art. 4.- Remitir las presentes actuaciones a los Departamentos Conservación Caminos de Tierra y Planificación, Evaluación y Control de Gestión, en virtud de lo resuelto precedentemente.

FDO.: MARTIN GUTIERREZ, DIRECTOR

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución General N 2192
Córdoba, 19 de mayo de 2022
VISTO: Lo establecido en los Artículos 19 y 23 del Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2021 y su modificatoria-;
Y CONSIDERANDO:

QUE resulta necesario optimizar la gestión de la Dirección General de Rentas, mediante el uso adecuado y racional de sus recursos humanos, a fin de profundizar la aplicación de sistemas de trabajo orientados a la mejora continua.
QUE es preciso asignar al personal que actualmente presta servicios en la Dirección General de Rentas, las funciones que se establecen para cada agente.
QUE mediante Resolución General N 2180 B.O. 21/12/2020 se asignó la función de Juez Administrativo para el ejercicio de la función establecida en el inciso c del Artículo 19 del Código Tributario - Ley N 6006 - T.O. 2021 y sus modificatorias a la Cra. Cintia Leticia RODRIGUEZ - D.N.I. N 27.955.288 y a la Cra. Marina del Carmen ASTUDILLA - D.N.I. N 14.706.813.
QUE resulta oportuno otorgarles a las agentes mencionadas en el párrafo anterior, la función del inciso e de la norma del Código Tributario vigente.

QUE como así también, resulta conveniente otorgar al Cr. Martín Antonio QUIROGA las funciones descriptas en el artículo 1 de la presente.

QUE es competencia del Sr. Secretario de Ingresos Públicos ejercer la
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Superintendencia General sobre la Dirección General de Rentas y por vía de avocamiento las funciones establecidas para la misma.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 19 y 23 del Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2021 y su modificatoria-;
EL SECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS
EN SU CARÁCTER DE SUPERINTENDENTE
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Y POR AVOCAMIENTO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- ASIGNAR al Cr. Martín Antonio QUIROGA - D.N.I. N
22.348.981, la función de Juez Administrativo para el ejercicio de las funciones establecidas en el inciso c y e del Artículo 19 del Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2021 y su modificatoria o norma que en el futuro la sustituya.
ARTÍCULO 2.- ASIGNAR a la CRA. CINTIA LETICIA RODRIGUEZ D.N.I. N 27.955.288 y a la Cra. Marina del Carmen ASTUDILLA - D.N.I. N
14.706.813, con funciones otorgadas por Resolución General N 2180, la función establecida en el inciso e del Artículo 19 del Código Tributario Provincial -Ley Nº 6006, T.O. 2021 y su modificatoria o norma que en el futuro la sustituya.
ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN
OFICIAL, NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y ARCHÍVESE.
FDO: LIC. HEBER FARFÁN - SECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS -

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 23/05/2022 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha23/05/2022

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones4191

Primera edición01/02/2006

Ultima edición01/08/2024

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