Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/03/2018 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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a
2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 56
CORDOBA, R.A. MIERCOLES 21 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- MODIFÍCASE el Anexo II al Decreto N 1103/2010, Plan de Inversiones para el mejoramiento y ampliación de la R.A.C. - Financiamiento con Fondos Provinciales, y consecuentemente, INCORPÓRANSE los Puntos 13, 14 y 15 al ámbito de la Red de Accesos a Córdoba R.A.C. con la descripción de las obras que se nominan a continuación y conforme al siguiente detalle:
Nro.
13

Descripción de la Obra Monto $ más. IVA Plazo meses Alternativa a Ruta 872.819.914, 13
24 meses Nacional N 38 - Variante Costa Azul - La Cumbre.
Fin Sección Variante Costa Azul - San Roque 4,15 km
14

Alternativa a Ruta Nacional N 38 - Variante Costa Azul - La Cumbre.
Sección San Roque Cosquín 10,15 km

2.143.477.101,06

24 meses
15
Alternativa a Ruta 923.332.409,22
24 meses
Nacional N 38 - Variante
Costa Azul - La Cumbre.

Sección Cosquín - Casa
Grande 7,30km Artículo 2.- FACÚLTASE a la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento Sociedad de Economía Mixta, a suscribir con la empresa Caminos de las Sierras S.A., los acuerdos necesarios para el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto.
Artículo 3.- INSTRÚYESE al Ministerio de Obras. Públicas y Financiamiento para que a través de la Dirección Provincial de Vialidad brinde a la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento S.E.M., el apoyo técnico que requiera la implementación de lo dispuesto en el presente instrumento legal.
Artículo 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Obras Públicas y Financiamiento y Fiscal de Estado.
Artículo 5.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - RICARDO SOSA, MINISTRO DE
OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL
DE ESTADO

DIRECCION GENERAL INSPECCION DE
PERSONAS JURIDICAS
Resolución N 11 - Letra:A
Córdoba, 27 de Febrero de 2018
VISTO: El Expediente Nº 0007-134707/2017, mediante el cual la entidad civil denominada FUNDACION CRECIENDO JUNTOS BELL VILLE, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b y, d,168, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:

JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada FUNDACION
CRECIENDO JUNTOS BELL VILLE, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada FUNDACION CRECIENDO JUNTOS BELL VILLE.
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de quince 15 días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los fines de la rubricación, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.
FDO.: VERONICA GABRIELA SANZ, DIRECTORA GENERAL DE INSPECCION DE

EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS

Resolución N 12 - Letra:A

PERSONAS JURIDICAS

nes Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.

Córdoba, 27 de Febrero de 2018
VISTO: El Expediente Nº 0007-133722/2017, mediante el cual la entidad civil denominada DULCE CARICIA ASOCIACION CIVIL, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que, conforme lo informado por el Área de AsociacioBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc.b y, d,168, 174 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
EL DIRECTOR GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS
JURÍDICAS
R E S U E L V E:

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/03/2018 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha21/03/2018

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones4173

Primera edición01/02/2006

Ultima edición05/07/2024

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