Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/09/2017 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2016 - 2017 Año Brocheriano AÑO CIV - TOMO DCXXXIII - Nº 172
CORDOBA, R.A., LUNES 4 DE SETIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

fue readecuado por Resolución Ministerial Nº 129/2017, rectificatoria de su similar Nº 066/2017, mediante la cual se aprobaron las readecuaciones de los montos de los contratos de obras públicas abarcados por la exención del impuesto a los Ingresos Brutos incorporada por la Ley Nº 10411, en el artículo 215 inciso 32 del Código Tributario Provincial Nº 6006 T.O. por Decreto Nº 2015 y sus modificatorios, normativa de alcance general.
Que la Subsecretaría de Administración incorpora en estas actuaciones Planilla Resumen de Cálculo, en la que se expresa que en relación a la aplicación de la exención del impuesto sobre los Ingresos Brutos previstos en la Ley Nº 10411, obran en autos los cálculos pertinentes que fueron revisados en un todo de acuerdo a la fórmula aritmética prevista en el Decreto Nº 259/2017, habiéndose aplicado la alícuota correspondiente.
Que en consecuencia, verificada la existencia de los supuestos que tornan procedente la aplicación del citado régimen legal, la Secretaría de Arquitectura ha considerado conveniente la redeterminación del precio del contrato, por lo que suscribió con la contratista el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por reconocimiento de la quinta Variación de Costos correspondiente al mes de noviembre de 2016, y su Acta Rectificatoria que incluye la exención del pago del impuesto a los Ingresos Brutos inciso 32
del artículo 215 del Código Tributario Provincial.
Que obra Dictamen N 227 de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformidad a las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados los extremos legales necesarios previstos por Decreto N 1133/2010 y su similar N 1231/2010 atento a que, de los informes técnicos y constancias de autos, se ha verificado la existencia de incrementos promedios en los costos de la contratación que resultan mayor al siete por ciento 7% en relación a los correspondientes al precio básico del contrato original.
Que dicha Asesoría manifiesta también, que la obra se encuentra alcanzada por las previsiones de la Ley 10.411 y enmarcada en las disposiciones del artículo 4º - incisos a y b y artículo 6º del Decreto Nº 259/2017
y en el artículo 215 inciso 32 del Código Tributario Provincial Nº 6006
T.O. por Decreto Nº 2015.
Que por lo expresado, la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio considera que puede emitirse el acto administrativo por el cual se apruebe el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precio por Reconocimiento de Variación de Costos y su Acta Rectificatoria conforme se propicia, que incluye la exención tributaria regulada por la legislación citada, como también se apruebe la adecuación del nuevo monto del contrato para la ejecución de obra que contempla la exención del Impuesto a los Ingresos Brutos, incorporada por Ley Nº 10411y sus modificatorias, en la suma de $ 9.780.655,32, conforme planilla obrante en autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el N 227/2017, EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:

Precio por Reconocimiento de la Quinta Variación de Costos correspondiente al mes de noviembre de 2016, por trabajos faltantes de ejecutar en la obra: REPARACIÓN DE CUBIERTA DE TECHOS COLONIALES INCLINADOS Y CIELORRASOS INDEPENDIENTES EN EL EDIFICIO DEL INSTITUTO EX PABLO PIZZURNO MINISTERIO DE SALUD, UBICADO EN
AVENIDA VÉLEZ SARFIELD N 2311 CÓRDOBA DEPARTAMENTO
CAPITAL, suscripta con fecha 13 de marzo de 2017 entre el señor Secretario de Arquitectura, Arquitecto Daniel Eduardo REY, por una parte y el Vicepresidente de la Empresa CIAR S.A., señor Luciano Fernando MERINO, contratista de la obra, por la otra, y su Acta Rectificatoria, por la suma de Pesos Seiscientos Treinta y Seis Mil Trescientos Setenta y Seis con Treinta Centavos $ 636.376,30, suscripta con fecha 11 de abril de 2017 entre el señor Director de Jurisdicción de Obras, Licitaciones y Contrataciones de la Secretaría de Arquitectura, Ingeniero José Antonio MAIOCCO, por una parte y el Apoderado de la citada Empresa, señor Claudio D. TOBARES, por la otra, que como Anexos I y II compuestos de dos 2 y tres 3 fojas respectivamente, se acompañan y forma parte integrante el presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos Seiscientos Treinta y Seis Mil Trescientos Setenta y Seis con Treinta Centavos $ 636.376,30, conforme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido N 2017/000310, con cargo a Jurisdicción 1.50, Programa 506011, Partida 12.06.00.00 Obras - Ejecución por Terceros, Centro de Costo 003657 del P.V.
Artículo 3.- APRUÉBASE la readecuación del nuevo monto del contrato para la ejecución de la obra mencionada en el artículo primero, que contempla la exención del impuesto a los Ingresos Brutos, incorporada por Ley N 10411 en el artículo 215 inciso 32 del Código Tributario de la Provincia de Córdoba Ley N 6006 T.O. por Decreto Nº 2015 y sus modificatorias, en la suma de Pesos Nueve Millones Setecientos Ochenta Mil Seiscientos Cincuenta y cinco con Treinta y Dos Centavos $ 9.780.655,32, conforme lo detallado en la Planilla que como Anexo III compuesto de una 1 foja, se acompaña y forma parte integrante el presente instrumento legal.
Artículo 4.- FACÚLTASE al señor Secretario de Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por redeterminación de precio, debiendo previamente la Empresa CIAR S.A., de corresponder, integrar el importe adicional de la garantía de cumplimiento de contrato.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Dirección General de Administración de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Arquitectura a sus efectos y archívese.
FDO: CR. JOSÉ GARCÍA, MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS
VIALES

Artículo 1º.- APRUÉBANSE el Acta Acuerdo de Redeterminación de
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ANEXO https goo.gl/oHnNto BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. 0351 4342126 / 27
BOE - TEL. 0351 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
RESPONSABLE: LILIANA LOPEZ

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/09/2017 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha04/09/2017

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones4171

Primera edición01/02/2006

Ultima edición03/07/2024

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