Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/12/2016 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2016 - 2017 Año Brocheriano
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 249
CORDOBA, R.A., VIERNES 16 DE DICIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Punta del Sauce Córdoba; a los fines del tratamiento de la propuesta de: a Variación de Zonales; b Modificación del porcentaje a aplicar en concepto de Cargo Tarifario Decretos 1284/2010 y 1268/2013 a usuarios del Zonal 02 y c Revisión tarifaria elaborada por la Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios de fecha 10 de noviembre de 2016, a saber: Incremento de Costos desde Enero de 2016 hasta Julio de 2016 en el marco de las disposiciones contenidas en el numeral 9.2.3 y 9.2.7.2 del Contrato de Concesión del Servicio Público de Suministro de Agua Potable para la Ciudad de Córdoba Aguas Cordobesas S.A.
Que la referida audiencia se realizó en el lugar y horario previsto, en un todo de acuerdo con las previsiones contenidas en el Reglamento General de Audiencias Públicas aprobado por Resolución ERSeP Nº 40/2016, según la documental incorporada a saber: a Constancia de publicación en el boletín oficial de la convocatoria a Audiencia Pública fs. 492/493; b Constancias de difusión mediante avisos en diarios de circulación provincial fs.
515/518; c Solicitudes de inscripción y registro de expositores fs. 593/639
y fs. 642/653; d Acta de cierre de Audiencia Pública fs. 682; e Acta de audiencia y trascripción literal de todo lo actuado y de las manifestaciones vertidas fs. 382/708; f Informe elevado al H. Directorio en los términos del artículo 17 del citado reglamento dando cuenta del resultado de la misma fs. 710/716.Que del citado informe y de la desgrabación y trascripción literal, surge que se inscribieron a los fines de participar en la audiencia veintiséis 26
participantes. De ese total hicieron uso de la palabra en calidad de expositores: 1 Carmen Broudeur, en representación de Aguas Cordobesas S.A.;
2 Jorge Vaz Torres, en representación del ERSeP, 3 Sr. Alberto Horacio Cosimi, como particular interesado y 4 Sr. Víctor Hugo Vallejos como particular interesado.
Los expositores centraron sus argumentos en la falta de consideración a la situación de los usuarios y la falta de evaluación de las consecuencias sociales en los incrementos tarifarios. Asimismo, establecen que se trata de un aumento automático, rápido y por el mero transcurso del tiempo.
En relación a ello, cabe mencionar que el mismo Contrato de Concesión establece en el numeral 9.2.3.1. los supuestos que habilitan el proceso de revisión tarifaria por incremento de costos en los siguientes términos: La habilitación de este mecanismo de revisión de los valores tarifarios, precios, cargos y penalidades estará vigente a partir del 1 de Enero de 2008 y podrá ser solicitada por el Ente de Control en cualquier momento mediante decisión fundada o por el Concesionario cuando hayan transcurrido seis 6 meses desde la última revisión Asimismo, el usuario fue tenido en cuenta en la propuesta de modificación de zonales conforme surge del expediente bajo examen.
Que sobre el particular cabe destacar que la exponente por Aguas Cordobesas S.A, expresó que la Concesionaria presentó un pedido de revisión tarifaria superior al que se propone mediante el voto de la mayoría de los integrantes de la Mesa; y por este motivo explica porque los representantes de la empresa votaron en disidencia. Luego detalló, mediante presentación en diapositivas, los principales rubros donde se presentaron incrementos.
Que asimismo, posteriormente, se realizó síntesis expositiva de los fundamentos del incremento de los valores propuestos por la mayoría de los
Propuesta del ERSeP de Variación de Zonales.

integrantes de la Mesa.Que asimismo, para el caso que el Concedente disponga aprobar la propuesta elevada por la Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios, se incorpora a fs. 718/725 Informe Técnico elaborado por el Área de Costos y Tarifas relativo a la determinación de los valores del denominado Coeficiente Regulatorio CR a los fines de su oportuna implementación numeral 9.2.7.3, párrafo 3º.-

los zonales 1 y 2 tomando en consideración los datos de la Encuesta Permanente de Hogares EPH.
Como se desprende de la estimación realizada, el costo promedio del servicio de agua potable resultaría menor al 3 % en los sectores de ingresos bajos y medios de la ciudad.
Que luego del análisis realizado, el informe concluye que: Se recomienda proponer al poder concedente por conducto del Directorio de este ERSeP,
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Que el artículo 19 del Anexo III del Contrato de Concesión del Servicio Público de Agua Potable de la Ciudad de Córdoba Régimen Tarifario, establece que: El Ente de Control, por si o a propuesta del Concesionario que considere procedente, podrá presentar a consideración del CONCEDENTE una propuesta fundada para efectuar variaciones del zonal asignado a cada manzana, de la cantidad de zonales y del valor atribuido a da coeficiente zonal.
Que atento a la normativa señalada, este Ente de Control en Acta Nº 2 de fecha 07 de noviembre de 2016, dejó asentada la propuesta preliminar de Secciones y Manzanas correspondientes a Barrios susceptibles de modificación a Zonal 01 conforme al Anexo I del acta mencionada. Asimismo, en la misma se solicita a la Prestadora que acompañe a este Ente la información de cantidad de cuentas involucradas, impacto de facturación en usuarios beneficiarios, alcanzando los impactos en Tarifa y Cargo Tarifario de obra e informe el monto promedio facturado desestacionalizado y actualizado debiendo aportar memoria de cálculo del método y respaldo digital.
Que mediante Informe N 351/2016, obrante a fs. 39/319, el Área Técnica analiza la información y documentación aportada por la Concesionaria, la cual concluye que: 4.1.- Que sobre la documentación presentada por Aguas Cordobesas S.A. en el trámite de referencia, y considerando las observaciones efectuadas por esta Área Técnica de la Gerencia de Agua y Saneamiento del ERSeP, se considera viable validar el listado de usuarios para ser migrados a Zonal Z 01, que como Anexo se agrega a la presente.
4.2.- Que los criterios de selección se han basado en condiciones edilicias que contemplan Barrios tipo Ciudad, sectores de escasos recursos económicos y tipologías de vivienda de categoría baja, entre otros, además de antecedentes de estudios de zonales al momento de la renegociación contractual de 2005/2006.
Que del Informe N 87 del Área de Costos y Tarifas obrante a fs. 718/725, efectúa su análisis, afirmando que: Propuesta de variación de zonales a 13.432 usuarios. En el marco de una coyuntura económica que requiere de fuertes consideraciones sociales en cada revisión tarifaria, y considerando los preceptos del Contrato de Concesión en sus numerales 9.2.1, 9.2.2 y 19, el Ente Regulador propició el análisis de variación de zonales para usuarios pertenecientes a 81 barrios de la ciudad de Córdoba, que sensiblemente se ubican en zonas de alta vulnerabilidad social. Para la determinación del manzanado objeto de la propuesta, se tomó como base el Anexo II del C.C. anterior al vigente, el cual se fundamentó en un estudio que proponía la asignación del zonal 1 a los referidos barrios. En este sentido, se utilizó dicha base de datos para realizar los cálculos correspondientes de impactos que fueron expuestos en informe técnico previo y en Audiencia Pública.
De prosperar la propuesta, los usuarios del zonal 1 pasarán de ser el 6,5 %
32.348 a ser 9,2 % 45.780 del total, incrementando la cobertura social en términos tarifarios.
En este sentido, el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD, estableció que El costo del Agua no debería superar el 3% de los ingresos de la unidad familiar.
Este criterio de asequibilidad del servicio, se verifica para los usuarios de
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/12/2016 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha16/12/2016

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4187

Primera edición01/02/2006

Ultima edición26/07/2024

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