Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/04/2016 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

VIERNES 22 DE ABRIL DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXVI - Nº 80
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
1

a SECCION

PODER EJECUTIVO

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO

Decreto N 1156 PAG. 1
Decreto N 1199 PAG. 2

Decreto N 1156
Córdoba, 27 de octubre de 2015
VISTO:
El expediente Nº 0045-017311/2015 Cuerpos 1 al 6, del Registro de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones dan cuenta del procedimiento de Licitación Pública autorizado por Decreto N 179/2015, para contratar la ejecución de la Obra: OBRAS DE PROTECCIÓN HIDRÁULICA Y ESTABILIZACIÓN DE
TALUDES Y CONTRATALUDES EN RUTAS PAVIMENTADAS DE MONTAÑAS DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA REGIÓN I, con un Presupuesto Oficial Actualizado de $ 45.346.957,65.
Que autorizado el llamado a Licitación Pública por el Decreto aludido para la ejecución de la obra referenciada, y efectuadas las publicaciones pertinentes, se procedió en la fecha y hora fijadas a la apertura de los Sobres de Presentación y de los Sobres Propuesta, todo lo cual quedó documentado mediante Acta N 07/15 labrada al efecto que corre incorporada en autos.
Que asimismo, obra la documentación correspondiente a las ofertas formuladas por las firmas intervinientes, a saber: BOETTO Y BUTTIGLIENGO S.A.; ALQUIMAQ S.A.C.I.F.; ROMERO CAMMISA CONSTRUCCIONES S.A. y VIAL RG S.A.
Que la Comisión de Evaluación de Ofertas se expide en autos, en cumplimiento de las disposiciones de los artículos 29 y 30 del Decreto Nº 4758/77
aprobatorio del Pliego General de Condiciones de la Ley de Obras Públicas y artículo 29 de la Ley Nº 8614, aconsejando la adjudicación a la Firma VIAL RG S.A. por la suma de $ 52.449.921,94 15,66% por encima del Presupuesto Oficial Actualizado, por resultar la oferta más ventajosa, además de cumplimentar con las condiciones de admisibilidad y requisitos formales previstos en la normativa licitatoria.
Que se glosa el Documento de Contabilidad - Nota de Pedido N
2015/001559, según lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614.
Que luce agregado el correspondiente Certificado de Habilitación para Adjudicación, expedido por el Registro de Constructores de Obras artículo 7
del Decreto Nº 8/98 y Resolución Nº 0002/99 del entonces Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda.
Por ello, las previsiones del artículo 29 de la Ley N 8614, artículo 31 del Pliego General de Condiciones Decreto Nº 4758/77, lo dispuesto por la Ley Nº 5901 T.O. Ley N 6300 y modificatorias, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura bajo el Nº 447/2015 y por Fiscalía de Estado bajo el Nº 0809/2015 y en uso de sus atribuciones constitucionales;
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Acuerdo Reglamentario N 1346 A
Acuerdo Reglamentario N 1347 A
Acuerdo Reglamentario N 1348 A
Acuerdo Reglamentario N 1349 A

PAG. 3
PAG. 3
PAG. 4
PAG. 4

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- ADJUDÍCASE la ejecución de los trabajos de la Obra:
OBRAS DE PROTECCIÓN HIDRÁULICA Y ESTABILIZACIÓN DE TALUDES Y CONTRATALUDES EN RUTAS PAVIMENTADAS DE MONTAÑAS
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA REGIÓN I a la Firma VIAL RG S.A., por la suma de Pesos Cincuenta y Dos Millones Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Mil Novecientos Veintiuno con Noventa y Cuatro Centavos $52.449.921,94.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de Pesos Cincuenta y Dos Millones Cuatrocientos Cuarenta y Nueve Mil Novecientos Veintiuno con Noventa y Cuatro Centavos $52.449.921,94, conforme lo indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento Contable Nota de Pedido N 2015/001559, a Presupuesto Futuro Año 2016.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provincial de Vialidad a suscribir el contrato pertinente, previa constitución por parte de la contratista de la correspondiente garantía de cumplimiento y demás recaudos de ley.
Artículo 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 5º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notif íquese, pase a la Dirección Provincial de Vialidad a sus efectos y archívese.
FDO. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA, GOBERNADOR - CR. MANUEL FERNANDO
CALVO, MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/04/2016 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha22/04/2016

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones4187

Primera edición01/02/2006

Ultima edición26/07/2024

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