Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/04/2011 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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BOLETÍN OFICIAL

VIENE DE TAPA
RESOLUCIÓN Nº 158

pago parcial.
Que el señor Presidente de la Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Córdoba, Juan Carlos Saharrea, D.N.I. N 6.655.360, domiciliado en calle Av. Tierney N 362
de la localidad de Vicuña Mackena, será el responsable de rendir cuentas de los fondos entregados a la entidad que él representa, en el término de treinta 30
días a contar desde la fecha de percepción de cada cuota.
Que los señores Presidentes de Bomberos Voluntarios de Laborde, Sampacho, Deán Funes y El Fortín, deberán acompañar previo a la entrega de los fondos, acta de designación de las autoridades vigentes. Asimismo, la Asociación de Bomberos Voluntarios de Toledo, deberá acompañar previo a la entrega de los fondos, acta de designación de autoridades actuales con indicación de la fecha en forma completa.
Que se encuentra incorporado en autos los Documentos Contables, Notas de Pedido Nros. 2011/000001 y 2011/
000082 a efectos de atender la erogación de autos.
Por ello, las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por el artículo 32 inciso 22
del Decreto N 2174/07, ratificado por Ley N 9454, el artículo 21 de la Ley N
8751 modificado por Ley N 9576, el artículo 6 de la Ley N 9191 y lo dictaminado por la Subsecretaría de Asuntos Legales, de la Secretaría General de la Gobernación, bajo el Nº 100/11;
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- OTÓRGASE un subsidio no reintegrable a favor de las Asociaciones y/o Sociedades de Bomberos Voluntarios detalladas en el Anexo I, que compuesto de tres 03 fojas útiles forma parte integrante de la presente, dentro del marco del Plan Provincial de Manejo del Fuego, por la suma de Pesos Cuatro Millones Trescientos Treinta y Cinco Mil Cuatrocientos $ 4.335.400, pagadera en cuatro cuotas iguales y consecutivas, en los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2011, destinado a solventar los gastos para el desarrollo del Plan Verano Seguro 2011.
ARTÍCULO 2º.- DESÍGNASE al señor Presidente de cada una de las Asociaciones y/o Sociedades de Bomberos Voluntarios cuyos datos personales y domicilios se encuentran detallados en el Anexo II, que compuesto de cuatro 04 fojas útiles forma parte integrante de la presente Resolución, responsable de rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos, ante la Dirección General de Administración, de la Subsecretaría de Coordinación de Administración y Personal, de la Secretaría General de la Gobernación, sita en calle Bv. Chacabuco N 737, 1
piso de la Ciudad de Córdoba, en el plazo de treinta 30 días, a contar desde la fecha de percepción de cada pago parcial.

ARTÍCULO 3º.- ESTABLÉCESE que los señores Presidentes de Bomberos Voluntarios de Laborde, Sampacho, Deán Funes y El Fortín, deberán acompañar previo a la entrega de los fondos, acta de designación de las autoridades vigentes. Asimismo, la Asociación de Bomberos Voluntarios de Toledo, deberá acompañar previo a la entrega de los fondos, acta de designación de autoridades actuales con indicación de la fecha en forma completa.
ARTÍCULO 4 º.- OTÓRGASE un subsidio no reintegrable a favor de la Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Córdoba en el marco del Plan Provincial de Manejo del Fuego, por la suma de Pesos Ciento Noventa y Dos Mil $ 192.000, destinado a solventar los gastos de los coordinadores y subcoordinadores que llevarán adelante el Plan Verano Seguro 2011.
ARTÍCULO 5.- DESÍGNASE al señor Presidente de la Federación de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Córdoba, Juan Carlos Saharrea, L.E. N 6.655.360, con domicilio en calle Av. Tierney N 362 de la localidad de Vicuña Mackena, responsable de rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos ante la Dirección General de Administración, de la Subsecretaría de Coordinación de Administración y Personal, de la Secretaría General de la Gobernación, sita en calle Bv. Chacabuco N 737, 1 piso de la ciudad de Córdoba, en el plazo de treinta 30 días, a contar desde la fecha de percepción de cada pago parcial.
ARTÍCULO 6.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Cuatro Millones Trescientos Treinta y Cinco Mil Cuatrocientos $
4.335.400 a la Jurisdicción 101, Programa 17, Partida Principal 06, Parcial 06, Subparcial 08 del Presupuesto Vigente, correspondiente al Documento Contable, Nota de Pedido N 2011/000001, Ejercicio 2011, que certifica la reserva presupuestaria pertinente para atender a la erogación.

CÓRDOBA, 5 de abril de 2011

DIRECCIÓN de INSPECCIÓN de PERSONAS JURÍDICAS

Resolución Nº 17
Córdoba, 14 de marzo de 2011
VISTO: La necesidad de adecuar los formularios de solicitud de informes al Registro Público de Comercio y normatizar el procedimiento para la solicitud de copias certificadas.
Y CONSIDERANDO:
Que en base a la experiencia recogida, resulta conveniente actualizar los formularios vigentes, en miras a afianzar una mayor celeridad y simplificación de los trámites receptados por el Registro Público de Comercio.
Que atento haber dejado de utilizarse en la práctica el Formulario D para el informe previo para determinados trámites en el Área de Sociedades por Acciones, resulta innecesario mantener vigente un formulario especial a tal fin.
Que en virtud de que la anotación de medidas cautelares, como asimismo de concursos y quiebras, se canalizan a través de oficios judiciales, el actual Formulario C carece de sentido práctico.
Que con el formato actual de los formularios, la experiencia indica la inconveniencia de contemplar en un mismo formulario solicitudes diferentes, toda vez que ello genera la posibilidad de que el usuario tilde todos los casilleros referidos a distintos informes siendo que lo que pudiera serle de utilidad es solo una o alguna de las informaciones requeridas, retrazando de este modo el objeto indispensable de la solicitud Que a los fines de agilizar los informes particulares referidos únicamente a gravámenes o anotaciones de concursos o quiebras, se advierte la necesidad de generar un formulario diferente para tales pedidos. En igual sentido, se vislumbra necesario crear un nuevo formulario para la solicitud de copias certificadas, toda vez que actualmente dicho pedido se hace dentro del Formulario A, generando un mayor tiempo de espera para el usuario que solicita otros informes. Sin perjuicio de la subsistencia de los formularios A y B con la misma modalidad.
Que el uso por parte de los ciudadanos de esta nueva adecuación de formas de solicitud de los requerimientos hacia esta Repartición, hará que los mismos gocen de prioridad en el tratamiento y el tiempo de expedición
REGISTRO PÚBLICO
DE COMERCIO

FECHA DE INGRESO

FORMULARIO E

ARTÍCULO 7.- IMPÚTESE el egreso que asciende a la suma de Pesos Ciento Noventa y Dos Mil $
192.000 a la Jurisdicción 101, Programa 17, Partida Principal 06, Parcial 06, Subparcial 08 del Presupuesto Vigente, correspondiente al Documento Contable, Nota de Pedido N 2011/
000082, Ejercicio 2011, que certifica la reserva presupuestaria pertinente para atender a la erogación.
ARTÍCULO 8º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración, de la Subsecretaría de Coordinación de Administración y Personal de la Secretaría General de la Gobernación, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

MINISTERIO DE JUSTICIA
Inspección de Personas Jurídicas Registro Público de Comercio
SOLICITUD DE INFORME DE
ANOTACIÓN DE MEDIDAS
CAUTELARES, CONCURSOS Y
QUIEBRAS

COMPLETAR EL FORMULARIO A MAQUINA
SIMPLE
URGENTE

Datos del Solicitante Apellido y Nombres Tipo y N Doc.
Profesión
Teléfono
Anotación Solicitada INHABILITACIÓN
CONCURSO PREVENTIVO
QUIEBRA

LEVANTAMIENTO DE CONCURSO
PREVENTIVO
REHABILITACIÓN
OTROS

Persona Física Nombres y Apellidos Nº de documento Domicilio Persona Física Nombres y Apellidos Nº de documento Domicilio Persona Física Nombres y Apellidos Nº de documento Domicilio Persona Física Nombres y Apellidos Nº de documento Domicilio Persona Jurídica Denominación Datos Registrales Domicilio Administradores Nombre y DNI
Deberá completarse obligatoriamente la Denominación y dos campos más
CR. RICARDO ROBERTO SOSA
SECRETARIO GENERAL
DE LA GOBERNACIÓN


Firma y Sello
Uso interno Fecha de Entrega:

Firma Agente:
Firma y Aclaración de Recepción:

logrando una mayor agilización de su trámite, sin costo adicional alguno.
Que en razón de que existen aún en poder de los administrados los formularios que estaban en vigencia se estipula un plazo de treinta días a partir de la publicación de la presente Resolución, durante el que podrán ser utilizados los formularios anteriores y los que por este acto se aprueban Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los arts 2, 3 y 12 inc. g y concordantes de la ley 8652.
EL DIRECTOR DE INSPECCION
DE PERSONAS JURIDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- DEJAR sin efecto los Formularios C
y D correspondientes para la anotación de medidas cautelares y solicitud de informe previo al trámite referido a Sociedades Anónimas respectivamente.
ARTÍCULO 2º.- APROBAR los nuevos Formularios E, referido a pedido de informes sobre gravámenes o anotaciones de concursos o quiebras; y F referido a solicitud de copias certificadas; los que como Anexos se incorporan a la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- DISPONER que los Formularios C
y D dejados sin efecto por el Artículo 1º de la presente Resolución, podrán ser utilizados para solicitud de informes durante treinta 30 días a partir de la vigencia la misma.
ARTÍCULO 4º.- Esta Resolución tendrá vigencia a los cinco 5 días de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5º.- PROTOCOLÍCESE, notifíquese, comuníquese a la Secretaría de Justicia, al Poder Judicial, al Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, al Consejo Profesional de Ciencias Económicas, al Colegio de Abogados de la Ciudad de Córdoba, a la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba, al Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba, a la Bolsa de Comercio de Córdoba,publíquese, y archívese.
DR. RUBÉN OMAR DI FIORE
DIRECTOR

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/04/2011 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha05/04/2011

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones4175

Primera edición01/02/2006

Ultima edición10/07/2024

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