Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/02/2008 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 29 de febrero de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXVII - Nº 42
CORDOBA, R.A. VIERNES 29 DE FEBRERO DE 2008

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

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RESOLUCIONES
Protocolo Específico de Cooperación Suscripto entre la Universidad Nacional de Córdoba y la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 393
Córdoba, 12 de diciembre de 2007
Expediente Nº 0416-050793/07
VISTO: Este expediente mediante el cual la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento dependiente de este Ministerio, mediante Resolución Nº 720/07, propicia se apruebe el PROTOCOLO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN y su ANEXO F/07, suscripto en el mes de septiembre de 2007, entre la Universidad Nacional de Córdoba Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales representada por el señor Decano Ingeniero Héctor Gabriel TAVELLA y la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento representada por su Director Ingeniero Juan Dante BRESCIANO.
Y CONSIDERANDO:
Que en el mencionado Protocolo se acuerda la continuación del Programa de fortalecimiento técnico en el cual la Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales presta apoyo técnico científico a la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento en los temas relacionados a los recursos hídricos de las distintas regiones de la Provincia de Córdoba y de acuerdo a lo establecido en su Anexo F/07.
Que dicho Protocolo se ajusta a lo dispuesto en el Convenio Marco vigente entre la Universidad Nacional de Córdoba y la Provincia, aprobado tal cual lo exige nuestra Constitución Provincial 104 Inciso 2º por Ley Nº 8371, cuyo objetivo es establecer los lazos de Cooperación recíproca y vínculos de carácter permanente entre las partes y a los efectos de posibilitar mediante la interrelación, la mayor eficiencia en el logro de los fines propios de cada una de ellas.
Que fs. 5 consta el Anexo F/07 del citado Protocolo, en el que se detalla las actividades técnicas a realizar vinculadas a la calidad, estudios, proyectos y plan de obras referente a los recursos hídricos.
Que atento que el mutuo compromiso prevé un aporte económico por parte de la Provincia de $ 30.000,00, se han tomado
las previsiones presupuestarias del caso, obrando a fs. 10 de autos la correspondiente Afectación Preventiva Nº 9758/07.
Que lo propiciado en autos encuadra en las previsiones de los artículos 110- inciso 8 de la Ley Nº 7631.
Por ello, las previsiones de la Ley 5901 - T.O. Ley 6300 y sus modificatorias y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras y Servicios Públicos con el Nº 862/07, EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el PROTOCOLO ESPECÍFICO
DE COOPERACIÓN y su ANEXO F/07, suscripto en el mes de septiembre de 2007, entre la Universidad Nacional de Córdoba Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales representada por el señor Decano Ingeniero Héctor Gabriel TAVELLA y la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento representada por su Director Ingeniero Juan Dante BRESCIANO, que como Anexo I compuesto de tres 3 fojas, integra la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- AUTORIZAR la inversión de la suma de PESOS TREINTA MIL $ 30.000,00, en concepto de aporte económico por parte de la Provincia de Córdoba, para atender la erogación que se deriva del Protocolo aprobado por el artículo precedente.
ARTÍCULO 3º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS TREINTA MIL $ 30.000,00, según lo indica la Gerencia de Administración de este Ministerio en su Documento de Contabilidad Afectación Preventiva Nº 9758/
07, con cargo a Jurisdicción 1.25 - Programa 280/0 - Partidas:
Principal 03 - Parcial 06 - Subparcial 99 del P.V.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a la Gerencia de Administración del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento a sus efectos y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCION Nº 397
Córdoba, 12 de diciembre de 2007
Expediente Nº 0045-014183/07
VISTO: este expediente en el que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio, propone por Resolución Nº 00818/07 se autorice la ejecución de los trabajos de la obra: MEJORAMIENTO Y
MANTENIMIENTO DE LAS REDES VIALES SIN PAVIMENTAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA PERTENECIENTES A LA
JURISDICCIÓN DEL CONSORCIO CAMINERO REGIONAL Nº 13 DEPARTAMENTO: CALAMUCHITA y consecuentemente se adjudiquen los mismos en forma directa al Consorcio Caminero Regional Nº 13, por la suma de $ 1.282.889,27.
Y CONSIDERANDO:
Que según surge de los informes obrantes en autos, que el presente proyecto pretende recuperar las redes viales sin pavimentar de dicha jurisdicción para lograr una mejor transitabilidad y seguridad y así obtener mayor economía del transporte para el usuario y la Provincia, basado esto en un importante ahorro administrativo, gran agilidad y versatilidad en la adjudicación, ejecución y certificación de las obras.
Que consta en autos la conformidad del Consorcio Caminero Regional Nº 13, para realizar los trabajos de que se trata por la suma antes mencionada.
Que se ha efectuado la correspondiente Afectación Presupuestaria del gasto artículo N 13 de la Ley de Obras Públicas N 8614.
Que el caso encuadra en las previsiones de las Leyes 6233 y 6316 y en las facultades otorgadas por la Ley Nº 8555.
Que la adjudicación de que se trata encuentra sustento legal en lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley 9191, ya que la obra es atendida con Recursos Afectados, y por tal motivo la autoridad de aplicación, el titular del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, está facultado para adjudicar los trabajos considerando que las erogaciones corresponden con la naturaleza del recurso.
Que según los informes incorporados al expediente, por disposiciones de la Ley de Presupuesto General para el corriente ejercicio N 9348 se le ha asignado el carácter de Recurso Afectado a la Tasa Vial y F.I.V, estableciendo que serán administrados por la jurisdicción responsable, y que puede el señor Ministro disponer la adjudicación de marras cualquiera fuere su monto puesto que las erogaciones se corresponden con la naturaleza de recurso afectado y se aplican las disposiciones del capítulo VII de la Ley N 7631, CONTINÚA EN PÁGINA 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 29/02/2008 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha29/02/2008

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones4172

Primera edición01/02/2006

Ultima edición04/07/2024

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