Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/07/2006 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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B OLETÍN O FICIAL
RESOLUCION Nº 246 - 8/05/06 - Rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. Carlos Juan Saqui DNI Nº 6.438.499, en contra de la Resolución N 688/05, por resultar sustancialmente improcedente.No Hacer Lugar al Recurso Jerárquico interpuesto en forma subsidiaria en contra de la Resolución Nº 688/05, por resultar formalmente improcedente, s/ Expte. Nº 0416-040531/05.RESOLUCION Nº 250 - 8/05/06 - Aprobar el Acta de Recepción Definitiva Parcial correspondiente a la obra Acueducto San Francisco - Morteros que comprende:
a Acueducto Principal entre progresivas 47.818 y 82.640,42, b Ramal de derivación a La Paquita-Altos de Chipión entre Progresivas 0,00 y 30,481, obrante a fs.5 de autos, suscripta con fecha 27 de enero de 2006
y cuya contratista es la Empresa Odisa Obras de Ingeniería S.A.C.C.e I., s/ Expte. Nº 0416-17676/96.-

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
AGUA Y SANEAMIENTO
RESOLUCION Nº 244 - 8/05/06 - Conceder a la firma Cencosud S.A. el Certificado De Factibilidad De Descarga Al Subsuelo a través de dos pozos absorbentes de uso alternado, de los líquidos cloacales tratados que se originen en el establecimiento Local Comercial Easy, ubicado en el sector nor-oeste de la Ciudad de Córdoba, en un predio comprendido entre Av. Colón y el Estadio Chateau Carreras sobre Av.
Cárcano, bajo las condiciones establecidas en los artículos siguientes. El presente Certificado De Factibilidad no significa Autorización de descarga de efluentes cloacales al cuerpo receptor previsto, razón por la cual la firma Cencosud S.A. deberá gestionar a esta Dirección la correspondiente autorización de vertido, para lo cual deberá dar cumplimiento a la presentación de la documentación que se exige sobre el particular de acuerdo a lo establecido en el Decreto 415/99 y Modificatorio 2711/01, en un plazo de 15quince días. La firma Cencosud S.A. deberá inscribir los pozos absorbentes en un plazo de 15quince días, de acuerdo normativa vigente. El presente Certificado de Factibilidad considera la generación de un caudal de 6.150 l/ día de líquidos residuales cloacales. La Di.P.A.S. no se hace responsable de los daños y perjuicios que la disposición de efluentes cloacales genere a terceros, bienes o cosas, los cuales serán de exclusiva cuenta de la firma propietaria y no tendrán derecho a reclamo alguno ante este Organismo. Queda bajo responsabilidad de la firma proponente la ejecución de las obras adecuadas para el correcto drenaje natural de las aguas pluviales, recomendándose la planificación detallada de éstas a los efectos de no alterar el escurrimiento natural de las aguas superficiales. Los criterios anteriores no invalidan otras exigencias de la Municipalidad de Córdoba y/o de los restantes Organismos Oficiales de la Provincia, que por otras consideraciones ambientales pudieran objetar el emplazamiento del citado establecimiento, s/ Expte. Nº 0416-039592/05.RESOLUCION Nº 245 - 8/05/06 - Rectificar el Artículo 1º de la Resolución Nº 431 de esta Dirección, de fecha 02 de agosto de 2005, el que queda redactado de la siguiente manera: Artículo lº.- ADJUDICAR en forma directa al Ing. Horacio German Pinasco, la ejecución de estudios básicos y del Proyecto del sistema de abastecimiento de agua potable para las Localidades de Italó y Mattaldi Dpto. Gral. Roca, en la suma de Pesos Trece Mil$ 13.000,00, según Presupuesto de fs.
7 de estas actuaciones., s/ Expte. Nº 0416-040742/05.-

RESOLUCION Nº 252 - 8/05/06 - Autorizar a la Empresa FEMMI S.R.L, contratista de la firma REPSOLYPF S.A., a efectuar un cruce del Río Suquía con una línea de Baja Tensión, a los fines de proveer de energía eléctrica a REPSOL-YPF S.A., en la zona del Paraje Villa Corazón de María, Pedanía Constitución, Dpto.
Colón, conforme a la documentación técnica obrante a fs. 23 y 26 de autos y bajo las siguientes condiciones: A
Los daños y perjuicios que se ocasionaren a terceros, como al Estado Provincial con motivo de los trabajos que se realicen, serán de exclusiva responsabilidad de la firma REPSOL-YPF S.A. sin derecho a reclamo bajo ningún concepto.- B La obra de cruce se realizará de acuerdo a las especificaciones técnicas y los planos que obran en autos, según Expediente Nº 0416-043461/
05.RESOLUCION Nº 254 - 8/05/06 - Denegar la solicitud formulada por la Sra. Amelia Mirta Lucarelli D.N.I Nº 5.890.552, con domicilio en calle Rosario de Santa Fe Nº 1285, de la ciudad de San Francisco, para extraer material árido del cauce del Río Primero, aguas arriba, a 11 Km. de la Ruta 19, en su margen derecha, atento las razones expresadas en los Considerandos de la presente, s/ Expte. Nº 0416-043550/05.RESOLUCION Nº 256 - 10/05/06 - Autorizar - con carácter Precario, Personal e Intransferible, al Sr. Duilio Flavio Naretto DNI Nº 22.416.953, a extraer material árido del cauce del Río Cruz del Eje en el tramo El Brete - El Tropiezo accediendo a dicho emplazamiento por camino público utilizando una pala de mano, bajo las siguientes condiciones: ALa autorización es de carácter Precario, Personal E Intransferible. B El área a explotar estará delimitada por la posibilidad de utilización del predio dentro de la línea de ribera, con un frente de extracción de cincuenta 50 m. paralelo al río dentro del cauce. La máxima profundidad permitida es sesenta centímetros. CNo debe presentar Estudio de Impacto Ambiental ni determinación de Línea de Ribera, por realizar las extracciones con elementos manuales. D
Deberá respetarse el horario comercial que rija en las localidades de la zona, siendo diez horas diarias el máximo permitido. E El volumen autorizado a extraer es de 200 m3 mensuales y la autorización caducará el 30 de enero de 2007. No se realizarán acopios, la carga se realizará directamente sobre camiones. F
Mensualmente, hasta el día 10 del mes siguiente, deberá remitir a esta Di.P.A.S la declaración jurada del volumen extraído a fin de efectuar la facturación correspondiente.
G Las tareas del retiro del material árido deberán ser realizadas de forma tal que no provoquen daños en las márgenes ni alteren las condiciones naturales del escurrimiento de las aguas. H De no cumplimentarse con lo arriba señalado o de extraer material fuera de los lugares indicados, es facultad de esta Dirección aplicar las sanciones previstas apercibimiento, multas y/o dejar sin efecto la presente autorización IEsta autorización debe ser renovada dentro de los treinta 30 días contados a partir de la fecha de su vencimiento, en caso contrario será declarada su caducidad, s/ Expte. Nº 0416043590/05.-

Córdoba, 26 de julio de 2006
RESOLUCION Nº 257 - 12/05/06 - Rectificar el Artículo 2º de la Resolución Nº 008 de esta Dirección, de fecha 01 de febrero de 2006, el que queda redactado de la siguiente manera: Artículo 2º.- AUTORIZAR la devolución de la garantía de contrato constituida por la Contratista, conforme lo dispuesto por el Art. 108º inc. 1
del Dcto. 4758/77 y Art. 46º del Dcto. 4757/77.. Establecer que el Artículo 2º de la Resolución nº 008/06 pasa a ser Artículo 3º,s/ Expte. Nº 0416-038736/04.RESOLUCION Nº 258 - 12/05/06 - Rectificar el Artículo 2º de la Resolución Nº 161 de esta Dirección, de fecha 03 de abril de 2006, el que queda redactado de la siguiente manera: Artículo 2º.- AUTORIZAR la devolución de la garantía de contrato constituida por la Contratista, conforme lo dispuesto por el Art. 108º inc. 1
del Dcto. 4758/77 y Art. 46º del Dcto. 4757/77. Establecer que el Artículo 2º de la Resolución nº 161/06 pasa a ser Artículo 3º, S/ Expte. Nº 0416-038199/04.MINISTERIO DE JUSTICIA
DIRECCIÓN DE INSPECCION
DE PERSONAS JURÍDICAS
RESOLUCION Nº 106 A - 31/03/06 - Aprobar la Reforma parcial del Estatuto Social, sancionada en Asamblea General Extraordinaria, de fecha 24 de Junio de 2005, modificando el artículo Nº 40 de la Entidad Civil denominada Casa del Niño Cuit Nº 30-64297701-2 con asiento en la Ciudad de Bell Ville, Provincia de Córdoba.
Declarar subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 037 A de fecha 13 de Junio de 1973, s/
Expte. Nº 0007-051850/05.RESOLUCION Nº 108 A - 31/03/06 - Aprobar el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada Fundación Trinidad, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba. Autorizar expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica, s/ Expte.
Nº 0007-055029/05.RESOLUCION Nº 109 A - 3/04/06 - Aprobar la Reforma parcial del Estatuto Social, sancionada en Asamblea General Ordinaria, de fecha 10 de Diciembre de 2005, modificando los artículos Nº 16, 25 bis, 26, 32, 42 y Aprobación Reglamento Administrativo para Filiales de la Entidad Civil denominada Instituto de la Caridad Universal I.C.U. Cuit Nº 30-70741168-2 con asiento en la Ciudad de La Falda, Provincia de Córdoba. Declarar subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 184 A de fecha 26 de Octubre de 1984, s/ Expte. Nº 0007-054654/05.RESOLUCION Nº 110 A - 3/04/06 - Aprobar la Reforma parcial del Estatuto Social, sancionada en Asamblea General Extraordinaria, de fecha 25 de Noviembre de 2005, modificando los artículos Nº 1º y 49
de la Entidad Civil denominada Centro de Jubilados y Pensionados de Cavanagh Cuit Nº 30-70706374-9 con asiento en la Localidad de Cavanagh, Provincia de Córdoba. Declarar subsistente la Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 099 A de fecha 05 de Julio de 1985, s/ Expte. Nº 0007-054283/05.RESOLUCION Nº 111 A - 03/04/06 - Designar como Comisión Normalizadora de la Entidad Civil denominada Federación Gaucha de la Provincia de Córdoba, con sede legal en la Localidad de Villa General Belgrano, Provincia de Córdoba, a los Señores: José Benito Restivo D.N.I. Nº 13.962.016, Carlos César Carrizo D.N.I. Nº 7.371.266 y Emilio Jorge Campos D.N.I. Nº 20.225.360, como integrantes de la misma, quienes deberán tomar posesión del cargo formalmente, suscribiendo un acta ante el Departamento Asociaciones Civiles y Fundaciones de esta Dirección. Autorizar su funcionamiento por el término improrrogable de sesenta 60 días, plazo en el cual deberá convocar a Asamblea General Ordinaria que trate los ejercicios vencidos y elija las autoridades de la entidad, garantizando la amplia participación de la masa societaria y respetando las normas estatutarias en vigencia, s/ Expte. Nº 0007-048451/04.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/07/2006 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha26/07/2006

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4178

Primera edición01/02/2006

Ultima edición15/07/2024

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