Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 02/06/2017

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: Sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula décimo primera, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones emergentes del presente convenio, el Otorgado incurrirá en mora de pleno derecho, sin necesidad de interpelación previa. --------------------CLAUSULA DECIMO TERCERA: La escritura traslativa de dominio será otorgada por el Otorgante dentro de un plazo de sesenta 60 días de la habilitación municipal de la planta industrial a instalarse en el inmueble. El Otorgado acepta y declara estar en conocimiento que el otorgamiento de dicha escritura traslativa estará condicionado a la previa aprobación definitiva del plano de mensura y subdivisión de la ampliación del Parque Industrial ante Geodesia de la Provincia de Buenos Aires. ---CLAUSULA DECIMO CUARTA: El Otorgado se compromete a hacer frente a todos los gastos administrativos, judiciales y notariales, necesarios para realizar la escritura traslativa. La firma Alimentos Modernos S.A. tomará a su cargo la totalidad de los honorarios profesionales y de los gastos administrativos, tributarios, etc. correspondientes a la obtención y aprobación del plano de mensura y unificación de parcelas ante la Dirección de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires y cualesquiera otros Organismos Públicos provinciales y municipales que debieran intervenir a tal fin.--CLAUSULA DECIMO QUINTA: Verificado el incumplimiento del cargo, el Otorgante deberá interpelar por el término de quince 15 días al otorgado mediante notificación fehaciente conforme lo establecido por el artículo 65º de la Ordenanza General 267, a efectos de que observe lo dispuesto en la cláusula décimo tercera in fine.
Vencido el plazo establecido el Otorgado quedará constituido en mora lo que habilitará al Otorgante a iniciar la acción de revocación de donación a efectos de revertir el dominio del inmueble a su favor.---------------------------CLAUSULA DECIMO SEXTA: A los efectos de las notificaciones derivadas del presente, y demás efectos legales, el Otorgado constituye domicilio legal en la calle .. y el Otorgante en la calle H. Yrigoyen 1627; ambos de la ciudad de Mar del Plata. En caso de controversia, las partes convienen de común acuerdo someterse a los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial Mar del Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiese corresponder.-------------------En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la ciudad de Mar del Plata a los días del mes de de 2017.-------------------------ORDENANZA 23167 Sanción 27-4-2017 Expte 842-B-1945 alc 1
Decreto de Promulgación 1022 28-04-2017
Artículo 1º.- Autorízase con carácter precario a los señoras Susana Beatriz Siplis y Elisa Liliana Siplis a afectar con el uso Depósito de Artículos de Tapicería el inmueble ubicado en calle Rivadavia nº 4735, identificado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección C, Manzana 222 G, Parcela 17, de la ciudad de Mar del Plata.
Artículo 2º.- Lo autorizado en el artículo 1º se condiciona a:
2.1. Delimitar un módulo de 25 m2 destinado a carga y descarga, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.5.1.4 del C.O.T.
2.2. No realizar tareas de carga y descarga en la vía pública.
2.3. Cualquier denuncia de vecinos, verificada en su grado de molestia por la autoridad competente, será causal suficiente para dejar sin efecto la presente autorización.
Artículo 3º.- Deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza nº 9784 Código de Preservación Forestal - en cuanto a forestación y reforestación de veredas, conforme lo normado por la Ordenanza nº 14576;
con carácter previo a la habilitación.
Artículo 4º.- Rigen para la presente autorización los requisitos establecidos en el Anexo I del Decreto nº 818/96, modificado por Decreto nº 2269/99.
Artículo 5º.- La autorización otorgada se mantendrá vigente siempre que el permisionario dé cumplimiento, en caso de existir, a los convenios de regularización fiscal suscriptos con la Municipalidad, de forma continua e ininterrumpida, hasta la total cancelación de la obligación tributaria debida; desde el momento de iniciar el trámite pertinente y aún durante todo el tiempo que conlleve la prosecución de dicho actuado administrativo.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc.Tonto Sáenz Saralegui De Paz Arroyo ORDENANZA 23168 Sanción 27-04-2017 Expte 2467-9-2015
Decreto de Promulgación 1023 28-04-2017
Artículo 1º.- Otórgase permiso de uso y ocupación de la parcela del dominio fiscal municipal identificada catastralmente como: Circunscripción III - Sección C - Manzana 16 - Parcela 4 - Sector a del barrio Colinas Verdes, de acuerdo al croquis de ubicación que como Anexo I forma parte de la presente, al Sr. Oscar Alejandro Desimone, D.N.I. 34.955.698 y su grupo familiar.
Artículo 2º.- El permiso a que se hace referencia en el artículo anterior es a título gratuito, reviste carácter precario y se otorga por el término de cinco 5 años a partir de la fecha de suscripción del Acta que forma parte de la presente como Anexo II, y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 28º incisos a y b y Artículo 29º de la Ley Provincial nº 9533.
Artículo 3º.- Otórgase al beneficiario la exención establecida en la Ordenanza nº 10527, exceptuándoselo del pago de la Tasa por Servicios Técnicos de la Construcción que correspondiera.
Artículo 4º.- Cumplido el plazo establecido en el Artículo 2º y las condiciones del Acta de Tenencia Precaria, el Departamento Ejecutivo podrá proceder a la venta del inmueble al Sr. Oscar Alfredo Desimone, previa tasación del mismo efectuada por la Comisión ad hoc, firmándose un Boleto de Compraventa y con posterioridad a la cancelación de la deuda se promoverá la transmisión del dominio mediante escritura de interés social, según los términos de la Ley Provincial 10.830.
Artículo 5º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el beneficiario el acta referida en los Artículos 2º y 4º de la presente.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc.Tonto Sáenz Saralegui De Paz Arroyo
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 02/06/2017

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha02/06/2017

Nro. de páginas83

Nro. de ediciones855

Primera edición30/06/2010

Ultima edición01/07/2024

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