Boletín Oficial de Navarra del 10/8/2022

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Página 10192 - Número 159

Miércoles, 10 de agosto de 2022

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS
RESOLUCIÓN 230E/2022, de 6 de julio, de la directora gerente del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención Subvención a Grupos de Acción Local de Navarra para contratación y consolidación de agente de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres 2022. Identificación BDNS: 637624.
Al Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, cuyos estatutos se regulan en el Decreto Foral 260/2019, de 30
de octubre, le corresponde como una de sus competencias, la coordinación y gestión de las políticas de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, siendo una de sus funciones gestionar las convocatorias para el fomento de la igualdad de género.
Los Grupos de Acción Local son asociaciones de ámbito comarcal, donde se integran interlocutores públicos ayuntamientos y mancomunidades y privados colectivos de jóvenes, asociaciones de mujeres, asociaciones empresariales, sindicatos, etc. representativos del tejido socioeconómico de la comarca. Su función es la aplicación de las estrategias europeas de desarrollo rural a través del diseño, puesta en marcha y gestión de sus programas comarcales, fruto del consenso entre los colectivos sociales, económicos e institucionales.
El ámbito local es el más cercano a la vida de ciudadanas y ciudadanos y al tejido económico y social por lo que se presenta como uno de los ámbitos más adecuados para la integración de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Por ello es importante impulsar el compromiso de las organizaciones locales de Navarra con la igualdad entre mujeres y hombres y considerar el desarrollo local como una prioridad para alcanzarla.
El Gobierno de Navarra, a través del Instituto Navarro para la Igualdad/
Nafarroako Berdintasunerako Institutua, considera que es una prioridad para la consecución del principio de igualdad entre mujeres y hombres, impulsar políticas de igualdad de género en el ámbito local mediante un trabajo estructurado, sistemático y en coordinación con las entidades y Grupos de Acción Local, dando respuesta a las necesidades y especificidades de las distintas realidades territoriales.
Para atender a esas necesidades y especificidades de las distintas realidades del ámbito local, el Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua plantea esta convocatoria de subvenciones a los Grupos de Acción Local, con el objeto de subvencionar la incorporación y consolidación de agentes de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres por parte de los Grupos de Acción Local de la Comunidad Foral de Navarra.
El apoyo a la contratación de agentes de Igualdad se considera una herramienta fundamental para la presencia e impulso de los objetivos de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito local. Fomentar esta contratación debe tener como resultado la consolidación de este perfil profesional en el ámbito local, y es por ello que se pretende incentivar también la contratación de esta figura profesional en estas asociaciones de ámbito comarcal. Por ello, esta convocatoria de subvenciones se concibe como parte de un proceso de financiación para la consecución de dicho resultado.
Los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente ponen de manifiesto, respectivamente, la oportunidad e interés público de la convocatoria para la concesión de subvenciones que se aprueba, así como la legalidad de la misma y sus bases reguladoras.
En consecuencia, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 51 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral y el artículo 12.h del Decreto Foral 260/2019, de 30 de octubre, por el que se aprueban los estatutos del organismo autónomo Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, RESUELVO:
1. Aprobar la convocatoria de Subvenciones a Grupos de Acción Local de Navarra con la finalidad de la incorporación y consolidación de agentes de Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el año 2022.
2. Aprobar las bases reguladoras de la concesión de la subvención, que se recogen en el anexo I de esta resolución.
3. Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autoriza un gasto de 28.000 euros con cargo a la siguiente partida:
PARTIDA PRESUPUESTARIA

EJERCICIO

IMPORTE

080001-08100-4819-232207: E Transferencias para Grupos de Acción Local
2022

28.000

Excepcionalmente podrá ampliarse, hasta en un total de 10.000 euros más, el importe destinado a la presente convocatoria en atención al número
de solicitudes presentadas, mediante resolución de la directora gerente del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, sin que sea preciso realizar una nueva convocatoria, siempre que se cumpla lo establecido en el artículo 31 de la Ley Foral de Subvenciones. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la autorización el crédito adicional como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 31.3.a de la misma Ley Foral.
4. Contra esta resolución, Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.
5. Publicar esta resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 6 de julio de 2022.La directora gerente del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, Eva Istúriz García.
ANEXO I
Bases reguladoras Base 1. Objeto y finalidad.
La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones durante el año 2022 por parte del Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua a Grupos de Acción Local de Navarra, con la finalidad de fomentar y promover la igualdad entre mujeres y hombres en los mismos, a través de la contratación y consolidación de la figura profesional de agente de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Base 2. Entidades beneficiarias.
Podrán acogerse a la presente convocatoria los Grupos de Acción Local legalmente constituidos de la Comunidad Foral de Navarra que reúnan los requisitos establecidos en las presentes bases.
Base 3. Requisitos.
Todos los requisitos requeridos en esta base 3. se acreditarán mediante declaración responsable del Grupo de Acción Local, que deberá cumplimentarse ajustándose al modelo disponible como anexo III.
3.1. Los Requisitos que deberán cumplir los Grupos de Acción Local serán los siguientes:
1.Iniciar una contratación, durante el periodo subvencionable, de una persona como agente de igualdad, de nivel B y a jornada completa.
En todo caso se entenderá que la contratación es a jornada completa, aun cuando se disfrute de la reducción de jornada en un cuarto, un sexto o un octavo de acuerdo con lo previsto en el Decreto Foral 27/2011, de 4 de abril, por el que se regula la reducción de jornada del personal funcionario de las Administraciones públicas o de cualquier otra normativa en la que se recoja el derecho a reducción de jornada para las personas trabajadoras, en términos similares.
Se entenderá acreditado este requisito mediante la cumplimentación del apartado correspondiente de la declaración responsable del Grupo de Acción Local anexo III que acredite el compromiso del grupo de acción local para proceder a la contratación de una o un agente de igualdad, debiendo posteriormente acreditar la realización de la contratación subvencionada.
2.Contar durante el periodo subvencionado, en la estructura orgánica de la asociación, con un Área de Igualdad entre mujeres y hombres, o con funciones en materia de Igualdad, o Área de las Mujeres.
3.Disponer de partidas o asignaciones presupuestarias destinadas a sufragar los gastos derivados de la contratación.
4.Tener Plan de Igualdad de Oportunidades o Plan Estratégico de Igualdad entre Mujeres y Hombres o Plan de Trabajo de Igualdad de Género basado en el documento Itinerario para la Planificación, Gestión y Evaluación del trabajo de las Áreas de Igualdad municipales https
www.navarra.es/NR/rdonlyres/8346E44F-1C60-4850-AAC8-7934034AB5C6/310539/ItinerariotrabajoEntidadesLocales22022015.pdf.
Se entenderá acreditado este requisito con la cumplimentación del apartado correspondiente de la Declaración Responsable del Grupo de Acción Local anexo III en el que se acredite la intención de elaborar por parte del grupo de acción local el Plan de Igualdad o un Plan anual de trabajo durante el periodo cubierto por esta convocatoria, que se basará en el documento Itinerario para la Planificación, Gestión y Evaluación del trabajo de las Áreas de Igualdad municipales.
5.Autorización del órgano competente de la asociación solicitante para que la persona contratada como agente de igualdad participe, en caso de realizarse, en el programa de formación continua en materia de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 10/8/2022

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha10/08/2022

Nro. de páginas96

Nro. de ediciones4859

Primera edición02/03/2001

Ultima edición15/07/2024

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