Boletín Oficial de la Región de Murcia del 15/9/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 214

Lunes, 16 de septiembre de 2019

Página 26406

2. Junto a esta finalidad orientadora del futuro voluntario, dicha formación inicial contribuirá a la selección de los aspirantes que procedan, al tiempo que procurará la capacitación de los mismos para incorporarse en condiciones de eficacia a la correspondiente unidad de intervención.
Artículo 54.- Formación permanente La formación permanente y continuada del voluntario tiene como objetivo atender a las necesidades reales de la prestación del servicio obteniendo los mayores niveles de eficacia, seguridad y evitación de riesgo.
Artículo 55.- Actividad formativa 1. La actividad formativa se articulará del siguiente modo:
a Jornadas de Orientación para aspirantes a ingreso en la Agrupación de Voluntarios.
b Cursos de Ingreso Nivel I. Serán de carácter obligatorio para todos aquellos aspirantes que deseen ingresar en la Agrupación. Tendrán una duración mínima de 50 horas lectivas teórico-prácticas, y sus contenidos versarán sobre las áreas fundamentales relacionadas con la Protección Civil legislación básica, planificación de emergencias, autoprotección, primeros auxilios, incendios, rescate y salvamento, transmisiones y acción social.
c Cursos de Perfeccionamiento Nivel II. Para aquellos Voluntarios que deseen profundizar en alguna de las áreas mencionadas.
d Cursos de Especialización Nivel III. Dirigidos, fundamentalmente, a los directivos y responsables de las Unidades Locales de Protección Civil.
e Ejercicios Prácticos, con carácter periódico, para mejora permanente de la preparación de los componentes de la Agrupación.
2. El Ayuntamiento podrá programar y ejecutar las actividades formativas que considere oportunas para la plena capacitación de los miembros de la Agrupación de Voluntarios, siendo responsable de emitir sus propias certificaciones de asistencia y/o aprovechamiento de las mismas.
Artículo 56.- Actividades complementarias La actividad formativa se complementará con las siguientes actividades:
a La organización de un fondo documental en materia de Protección Civil, que recoja aspectos de la organización y funcionamiento de la Agrupación y de actuación ante los principales riesgos en que pueda verse involucrado el municipio.
b El mantenimiento de relaciones de colaboración mutua con otras Administraciones Públicas o entidades privadas relacionadas con la Protección Civil.
c La elaboración y edición de publicaciones sobre temas de Protección Civil, y especialmente las destinadas a la divulgación de recomendaciones a la población sobre factores de riesgo potencial de emergencia y comportamiento ante las mismas.
Yecla, 28 de agosto de 2019.El Alcalde, Marcos Ortuño Soto.

NPE: A-160919-5611

www.borm.es
D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 15/9/2022

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha15/09/2022

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones12598

Primera edición10/07/1982

Ultima edición06/07/2024

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