Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 28/4/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número: 86741

LEY 9522 / 2022 LEY / 2022-04-25

Ley N 9.522
La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de LEY:
Artículo 1.- Declárese de utilidad pública y sujetos a expropiación dos inmuebles ubicados en el departamento de RIO CHICO, ciudad de AGUILARES, los cuales cuentan con las siguientes características:
Inmueble A: Inmueble ubicado dentro de la mayor extensión del Padrón N 63246;
Circunscripción I; Sección E; Lámina 46; Parcela 134; Matrícula/Orden N 28301/9999, Mat. Reg. R-1637, con una superficie aproximada a expropiar de 5 has 58,7753 m2. La propiedad a expropiar tiene las siguientes dimensiones: Sup. a expropiar= 5 has 58,7753 m2: y mide del punto A-B= 78,19m; del B-C= 128,17m; del C-D= 86,32m; del DE= 34,72m; del E-F= 64,66m; del F-G= 39,90m; del G-H= 123,13m; del H-I= 26,00m; del I-J= 109,82.m; del J-K= 211,50m; del K-L= 60,13m; del L-M= 180,06m; M-A= 111,84m.
Los linderos son: al Norte Arroyo Barrientos; al Sur Azucarera Juan M. Terán S.A., Fracción B del presente proyecto y Dirección Nacional de Vialidad; al Este con Dirección Nacional de Vialidad Cedido a la Municipalidad de Aguilares; y al Oeste con Azucarera Juan M. Terán S.A. y con Propietarios Varios.
Inmueble B: inmueble ubicado dentro de la mayor extensión del Padrón N 169556;
Circunscripción I; Sección E; Lámina 47; Parcela 146j; Matrícula/Orden N
28301/9999, Inscripta en el Reg. Inmob. en: 13/221/C año 1971; 13/140/C año 1970;
14/240/C año 1971, con una superficie aproximada a expropiar de 1 ha 8543,1959 m2.
La propiedad a Expropiar tiene las siguientes dimensiones: Sup. a expropiar= 1 ha 8543,1959 m2: y mide del punto N-O= 46,33m; del O-P= 13,69m; del P-Q= 62,54m; del QR= 48,80m; del R-L= 146,70m; del L-K= 60,13m; del K-S= 181,54m; del S-T= 147,25m;
del T-N= 9,31 m. Los linderos son: al Norte Azucarera Juan M. Terán S.A., Fracción A
del presente proyecto y Dirección Nacional de Vialidad Cedido a la Municipalidad de Aguilares, al Sur Camino Público, al Este con Azucarera Juan M. Terán S.A. y Dirección Nacional de Vialidad Cedido a la Municipalidad de Aguilares y al Oeste con Azucarera Juan M. Terán S.A., Lobo Fátima Cristina y Otros, y Candelaria Alderete.
Art. 2.- Los inmuebles mencionados precedentemente serán destinados a la construcción de un camino conector entre el Puente sobre el Arroyo Barrientos y el camino público.
Art. 3.- Prescíndase del Procedimiento Administrativo de Avenimiento por razones de urgencia, conforme lo dispone el Art. 14 de la Ley N 5006.
Art. 4.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los siete días del mes de abril del año dos mil veintidós. Sergio Francisco Mansilla, Presidente Subrogante a/c de la Presidencia H. Legislatura de Tucumán.
Claudio Antonio Pérez, Secretario H. Legislatura de Tucumán.
REGISTRADA BAJO EL N 9.522.San Miguel de Tucumán, Abril 25 de 2022.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 28/4/2022

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaísArgentina

Fecha28/04/2022

Nro. de páginas158

Nro. de ediciones4442

Primera edición14/12/2004

Ultima edición12/07/2024

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