Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 24/7/2013
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
2013 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813
AÑO XXII -
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Ushuaia, Miércoles 24 de Julio de 2013 - Nº 3192
Nº 3192
AÑO XXII
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dn. Roberto Luis CROCIANELLI
Vicegobernador
Dr. Guillermo Horacio ARAMBURU
Ministro Jefe de Gabinete
Dr. Gustavo Alejandro ZANONE
Lic. Osvaldo Julio MONTI
Prof. Sandra Isabel MOLINA
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad
Ministro de Economía
Ministro de Educación
Farm. Andrés Germán ARIAS
Sra. Gabriela Carolina MUÑIZ SICCARDI
Sr. Gerardo Raúl CHEKHERDEMIAN
Dra. Marisa Emilce MONTERO
Ministro de Salud
Ministro de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos
Ministro de Trabajo
Ministro de Desarrollo Social
Sra. Inés Carolina YUTROVIC
Ing. Ftal. Fabián Andrés BOYERAS
Sr. Omar Daniel NOGAR
Sra. Nélida BELOUS
Ministro de Industria e Innovación Productiva
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Secretario de Energía e Hidrocarburos
Secretario de Derechos Humanos
Sr. Gustavo Sergio LONGHI
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
C.P. Abraham Darío FARIAS
Dra. Leila Eleonora GIADAS
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Ushuaia, Miércoles 24 de Julio de 2013
15-07-13 N 1533/13, fojas dos 2, reconocido por Resolución M.ED. N
ARTICULO 1- Conceder el usu- 1676/13, fojas cinco 5.
fructo del período de Descanso Que la Dirección General de HaAnual correspondiente al año 2012, beres procede a determinar el gasa la señora Subsecretaria de Gesto en concepto de inciso 1, según tión Administrativa dependiente del Nota N 2051/13 - D.G.H., a fojas Ministerio de Salud, Dra. Romina seis 6.
Paula ORTEGA, D.N.I. N Que la suscripta se encuentra fa24.021.697, a partir del día quince cultada para dictar el presente acto 15 y hasta el día dieciocho 18 administrativo en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Consde julio de 2013.
titución Provincial.
ARTICULO 2- De forma.
DECRETO N 1614
RIOS Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
Andrés G. ARIAS
PROVINCIA DE TIERRA DEL
DECRETO N 1615 16-07-13 FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
D E C R ETA:
VISTO el expediente N 11352EC-2013 del registro de esta GoARTICULO 1- Autorizar y aprobernación; y bar la Liquidación Complementaria, efectuada por la Dirección GeneCONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita ral de Haberes por un total de PEel pago de la Ayuda Material DiSOS TRES MILLONES QUIdáctico para el Personal Docente, NIENTOS SETENTA MIL DOSestablecido por Decreto Provincial CIENTOS NOVENTA Y DOS
CON 89/00 $ 3.570.292,89, correspondiente a la Liquidación Ayuda Material Didáctico Docente 2013.
ARTÍCULO 2- Imputar las erogaciones del artículo 1 a las partidas presupuestarias del Ejercicio 2013, detalladas en el Anexo I que forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 3- De forma.
RIOS
Osvaldo J. MONTI
DECRETO N 1616
16-07-13
VISTO el expediente N 11355EC/2013 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el citado expediente se tramita el pago del Sueldo Anual Complementario y Contribuciones Patronales de los funcionarios y agentes de la administración central, correspondiente al 1 Semes-
tre 2013.
Que la Dirección General de Haberes procede a determinar el gasto en concepto de inciso l, según Nota N 2054/13 - D.G.H., a fojas dos 2.
Que es pública y notoria la situación que atraviesa la Provincia, por lo cual la Legislatura Provincial autorizó mediante la Ley Provincial N
805, artículo N 26, al Poder Ejecutivo a contraer préstamo de corto plazo con el Banco Provincia Tierra del Fuego, para atender desequilibrios de caja.
Que el pago de los salarios dentro del plazo legal implica la utilización de fondos del Fondo Unificado de Cuentas Oficiales, importe que no ocasionará problemas de funcionamiento a las distintas áreas y/o jurisdicciones, los cuales se repondrán con las recaudaciones de libre disponibilidad ingresadas inmediatamente luego del pago de la erogación de marras, en función del horizonte financiero de ingresos normales.
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"