Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 5/2/2010
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
"2010 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO"
AÑO XIX
- Ushuaia, Viernes 05 de Febrero de 2010 - Nº 2678
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Nº 2678
AÑO XIX
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr.GuillermoHoracioARAMBURU
Sr.RubénAlbertoBAHNTJE
M.M.O.ManuelFernandoBENEGAS
Lic.AmandaRuthDELCORRO
MinistrodeGobierno,CoordinaciónGeneralyJusticia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia yTecnología
Dra.MaríaHaydeeGRIECO
Sr.SergioDanielALVAREZ
Dr.MarceloOscarECHAZU
Prof.AndreaMaríaCERVANTES
Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic.SandraGracianaGARNICA
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sra.LilianaGracielaPRELI
Dra.EleonoraLucíaDEMAIO
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr.EduardoHumbertoDANDREA
Dr.NicolásJuanLUCAS
Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Viernes 05 de Febrero de 2010
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE
EDUCACION, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGIA
RESOL. Nº 1381
23-07-09
ARTICULO 1º- Reconocer el pago de las Facturas a favor de las firmas que se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente, por la suma total de PESOS UN MIL CIENTO NOVENTAY NUEVE CON SETENTAY
OCHO CENTAVOS $ 1.199,78;
por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2º- El gasto que demande la presente se encuentra contemplado en los fondos transferidos por el Ministerio de Educación de la Nación, a la Cuenta Corriente Especial Nº 1710606/3, del Banco de Tierra del Fuego, Sucursal Ushuaia,denominada:LEYDEFINANCIAMIENTO EDUCATIVO.
ARTICULO 3º- Efectuar las rendiciones que correspondan de los
fondos no reintegrables, ante el Ministerio de Educación de la Nación.
nisterio de Educación de la Nación. ARTICULO 4º- De forma.
ARTICULO 4º- De forma.
FOURASTIE
FOURASTIE
RESOL. Nº 1383
23-07-09
RESOL. Nº 1382
23-07-09
ARTICULO 1º- Reconocer el pago ARTICULO 1º- Reconocer el pago de la Factura Tipo B Nº 0011de la Factura Tipo B Nº 0018- 00386203, por la suma total de 00006291, a favor de la firma MOPESOS UN MIL OCHOCIENNACO, de Héctor Daniel GUETOS OCHENTAY CINCO CON
TE, por la suma total de PESOS UN CENTAVO $ 1.885,01, a faCUATRO MIL TRESCIENTOS vor de la firma IMPORTADORA
$ 4.300,00, por los motivos exCOMERCIAL FUEGUINA
S.R.L., de acuerdo a la Factura Tipo puestos en el exordio.
ARTICULO 2º- El gasto que deB Nº 0011-00386203; por los mande la presente se encuentra conmotivos expuestos en el exordio.
templado en los fondos transferiARTICULO 2º- El gasto que dedos por el Ministerio de Educación mande la presente se encuentra conde la Nación, a la Cuenta Corriente templado en los fondos transferiEspecial Nº 1710606/3, del Banco dos por el Ministerio de Educación de Tierra del Fuego; Sucursal Ushude la Nación, a la Cuenta Corriente aia,denominada:LEYDEFINANEspecial Nº 1710606/3, del Banco CIAMIENTO EDUCATIVO.
de Tierra del Fuego, Sucursal UshuARTICULO 3º- Efectuar las renaia,denominada:LEYDEFINANdiciones que correspondan de los CIAMIENTO EDUCATIVO.
fondos no reintegrables, ante el MiARTICULO 3º- Efectuar las ren-
diciones que correspondan de los fondos no reintegrables, ante el Ministerio de Educación de la Nación.
ARTICULO 4º- De forma.
FOURASTIE
RESOL. Nº 1384
23-07-09
ARTICULO 1º- Reconocer el pago de la Factura Tipo B Nº 000200010960, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS $ 399,50; a favor de la firma LIBRERIARAYUELA de Leandro ALONSO, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2º- El gasto que demande la presente se encuentra contemplado en los fondos transferidos por el Ministerio de Educación de la Nación, a la Cuenta Corriente Especial Nº 1710606/3, del Banco de Tierra del Fuego, Sucursal Ushuaia,denominada:LEYDEFINANCIAMIENTO EDUCATIVO.
ARTICULO 3º- Efectuar las ren-
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"