Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 17/4/2009

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XVIII tículo 62 de la citada norma legal, y en un todo de acuerdo con los Dictámenes Nros. 296/2008 y 326/
2008 de la Coordinación de Asuntos Jurídicos y la Comisión de Previsión Social, respectivamente.
ARTICULO 2- El alta del beneficio quedará condicionado a la presentación de los instrumentos que acrediten la aceptación de la renuncia a todos los cargos en relación de dependencia que se halle desempeñando, salvo docencia e investigación a nivel universitario Artículo 64 de la Ley 561.
ARTICULO 3- El haber previsional, será determinado por el área competente.
ARTICULO 4- El presente beneficio es incompatible con otros de carácter graciable o no contributivos Artículo 51 de la Ley 561.
ARTICULO 5- Regístrese, notifíquese a la interesada, remítase al área competente de acuerdo a lo ordenado en el artículo 3 del presente. Resérvese en Archivo hasta tanto se agreguen la certificación de ampliación y cese de servicios. De corresponder se requerirán las constancias necesarias para la liquidación de las asignaciones familiares. Cumplido. ARCHIVESE.
SINCHICAY - VARGAS - MARTINEZ - SANDEZ
RESOL. Nº 580

27-08-08

ARTICULO lTRANSFORMAR en DEFINITIVO el beneficio de JUBILACIÓN POR INVALIDEZ, otorgado oportunamente a la Sra. Yolanda del Valle ANTOLIN DNI N 13.338.534
mediante Resolución DGP N
235/2003, de conformidad con lo establecido en el Artículo 44, segundo párrafo, de la Ley t 244 y su Decreto Reglamentario N
3007/85, en un todo de acuerdo con los Dictámenes Números 290/
2008 y 360/2008 de la Coordinación de Asuntos Jurídicos y de la Comisión de Previsión Social, respectivamente.
ARTICULO 2- REGÍSTRESE, notifíquese a la interesada en la forma establecida en el artículo 51 y siguientes de la Ley 141, y a quienes corresponda. Cumplido, ARCHIVESE.
SINCHICAY - VARGAS - MARTINEZ - SANDEZ

Ushuaia, Viernes 17 de Abril de 2009 - Nº 2561

27-08-08 ma legal, y en un todo de acuerdo con los Dictámenes Nros. 325/
ARTICULO 1- CONCEDER a 2008 y 384/2008 de la Coordinala Sra. Rosa Viviana CARRERA ción de Asuntos Jurídicos y la DNI N 14.093.836, el benefiComisión de Previsión Social, rescio de JUBILACION para persopectivamente.
nal docente, de conformidad con ARTICULO 2- El alta del benelo estatuido por los Artículos 35º ficio quedará condicionado a la inciso "a" último párrafo, 21 inpresentación de los instrumentos ciso "c" 43 y concordantes de la que acrediten la aceptación de la Ley 561, sustituido por el inciso a renuncia a todos los cargos en rede la Ley 721 y por el Artículo 4º lación de dependencia que se halle de la Ley 742, de conformidad con desempeñando, salvo docencia e lo establecido en el Artículo 62 de investigación a nivel universitario la citada norma legal, en un todo de Artículo 64 de la Ley 561.
acuerdo con los Dictámenes NúARTICULO 3- El haber previmeros 279/2008 y 344/2008 de la sional, será determinado por el área Coordinación de Asuntos Jurídicos competente.
y de la Comisión de Previsión SoARTICULO 4- El presente benecial, respectivamente.
ficio es incompatible con otros de ARTICULO 2- El alta del haber carácter graciable o no contributijubilatorio quedará condicionado vos Artículo 51 de la Ley 561.
a la presentación de los instrumenARTICULO 5- Regístrese, notitos que acrediten la aceptación de fíquese al interesado, remítase al la renuncia a todos los cargos en área competente de acuerdo a lo relación de dependencia que se haordenado en el artículo 3 del prelle desempeñando, salvo docencia sente. Resérvese en Archivo hasta e investigación a nivel universitatanto se agreguen la certificación de rio Artículo 64 de la Ley 561. ampliación y cese de servicios. De ARTICULO 3º- El haber previsiocorresponder se requerirán las consnal, será determinado por el área tancias necesarias para la liquidacompetente.
ción de las asignaciones familiares.
ARTICULO 4º- El presente beneCumplido, ARCHIVESE.
ficio es incompatible con cualquier prestación graciable o no contriSINCHICAY - VARGAS - MARbutiva del que fuera beneficiario TINEZ - SANDEZ
Artículo 51 de la Ley 561.
ARTICULO 5º- Regístrese, notiRESOL. Nº 583
27-08-08
fíquese a la interesada, remítase al área competente, de acuerdo a lo ARTICULO 1- PROCEDER a ordenado en el artículo 3 del pretravés de las áreas competentes a sente. Resérvese en Archivo hasta la liquidación de las sumas deventanto se agreguen los instrumengadas y no percibidas en vida por tos que acrediten la aceptación de la causante en razón de la aplicala renuncia. Certificación de amción de la Resolución IPAUSS N
pliación y Cese de servicios, y de 101/03, y posteriormente abonar corresponder, las constancias nelas mismas a la Sra. Irma Loy cesarias para la liquidación de las JONES SUSANICH DNI N
asignaciones familiares. Cumplido, 17.185.280, conforme lo normaARCHIVESE.
do mediante Resolución IPAUSS
N 084/02, modificada y reglamenSINCHICAY - VARGAS - MARtada por sus pares los Nros. 044/
TINEZ - SANDEZ
04 y 31/2005.
ARTICULO 2- REGISTRESE, RESOL. Nº 582
27-08-08 notifíquese a la presentante, cumplido y previo pase las áreas comARTICULO 1- CONCEDER al petentes. ARCHIVESE.
Sr. Carlos Alberto CRUZ DNI N
11.135.387, el beneficio de JUSINCHICAY - VARGAS - MARBILACIÓN ORDINARIA, de TINEZ - SANDEZ
conformidad con lo estatuido en el Artículo 21, siguientes y conRESOL. Nº 584
27-08-08
cordantes de la Ley 561 sustituido por el inciso b de la Ley 721, ARTICULO 1- CONCEDER a de conformidad con lo establecido la Sra. Cecilia Inés OJEDA DNI
en el Artículo 62 de la citada norN 14.739.495, el beneficio de RESOL. Nº 581

5

JUBILACION ORDINARIA, de conformidad con lo estatuido en el Artículo 21 siguientes y concordantes de la Ley 561 sustituido por el inciso b de la Ley 721, de conformidad con lo establecido en el Artículo 62 de la citada norma legal, y en un todo de acuerdo con los Dictámenes Nros. 297/
2008 y 327/2008 de la Coordinación de Asuntos Jurídicos y la Comisión de Previsión Social, respectivamente.
ARTICULO 2- El alta del beneficio quedará condicionado a la presentación de los instrumentos que acrediten la aceptación de la renuncia a todos los cargos en relación de dependencia que se halle desempeñando, salvo docencia e investigación a nivel universitario Artículo 64 de la Ley 561.
ARTICULO 3- El haber previsional, será determinado por el área competente.
ARTICULO 4- El presente beneficio es incompatible con otros de carácter graciable o no contributivos Artículo 51 de la Ley 561.
ARTICULO 5- Regístrese, notifíquese a la interesada, remítase al área competente de acuerdo a lo ordenado en el artículo 3 del presente. Resérvese en Archivo hasta tanto se agreguen la certificación de ampliación y cese de servicios. De corresponder se requerirán las constancias necesarias para la liquidación de las asignaciones familiares.
Cumplido, ARCHIVESE.
SINCHICAY - VARGAS - MARTINEZ - SANDEZ
RESOL. Nº 585

27-08-08

ARTICULO 1º- RECHAZAR el reclamo formulado por la Sra. Carmen Eugenia Valencia Salgado L.C. N 5.685.523 por el cual solicita la modificación de la percepción de las asignaciones familiares, de acuerdo con los fundamentos, informes y dictámenes citados en los considerandos.
ARTICULO 2º- REGISTRESE.
Notifíquese a la interesada en la forma establecida en el artículo 51 y siguientes de la Ley 141, haciéndosele saber que podrá interponer contra la presente, dentro de los treinta 30 días o sesenta 60 días de notificado, según se domicilie el titular dentro o fuera de esta provincia respectivamente; recurso de reconsideración conforme art. 57 de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 17/4/2009

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha17/04/2009

Nro. de páginas19

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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