Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/1/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XIV - Ushuaia, Miércoles 19 deEnero de 2005 - Nº 1936

go de Jefe de Unidad de Enlace de Deportes, dependiente de la Dirección Provincial de Deportes del Ministerio de la Juventud y Deportes, al señor Héctor Fernando CASCU
D.N.I. N 14.318.414 a partir del día 3 de enero de 2005, dicha designación se realiza en los términos y condiciones establecidos en el artículo 12 de la Ley 22.140, cesando en sus funciones en el mismo momento en que finalice la gestión el funcionario a cuyo cargo se encuentre.
ARTÍCULO 2- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a la partida presupuestaria: 111.03.23.101.
ARTÍCULO 3- Notifíquese al interesado, comuníquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia y archívese.
COLAZO
Pablo J. GOMEZ
DECRETO N 61

12-01-05

ARTICULO 1- Autorizar el traslado del señor Ministro de Turismo y Medio Ambiente a/c de la Presidencia del Instituto Fueguino de Turismo Dn. Claudio Gabriel PARDO, a la ciudad de Madrid, España, a fin de participar en la Feria Internacional de Turismo 2005, a partir del día veintitrés 23 de enero de 2.005.
ARTICULO 2- La presente comisión devengará gastos que serán solventados con fondos del Instituto Fueguino de Turismo, debiéndose imputar a las partidas presupuestarias del ejercicio económico en vigencia.
ARTICULO 3- De forma.
COLAZO
Claudio G. PARDO
DECRETO N 62

12-01-05

ARTICULO 1- Autorizar la extensión de UN 1 pasaje vía aérea con un descuento del 50%, a favor del señor Néstor Humberto BURGOS, D.N.I. N 20.260.849; por los tramos USHUAIA - BUENOS AIRES
- SALTA - BUENOS AIRES - USHUAIA, amparados en la Disposición D.N.T.A.C. N 147/83, por la empresa Aerolíneas Argentinas.
ARTICULO 2- De forma.
COLAZO
Alejandro D. VERNET
DECRETO N 63

12-01-05

ARTICULO 1- Autorizar la extensión de UN 1 pasaje vía aérea con un descuento del 50%, a favor de la señora Clara Elena AVALOS, D.N.I.
N 5.579.080; por los tramos USHUAIA - BUENOS AIRES - USHUAIA, amparados en la Disposición D.N.T.A.C. N 147/83, por la empresa Aerolíneas Argentinas.
ARTICULO 2- De forma.
COLAZO
Alejandro D. VERNET

DECRETO N 64

12-01-05

ARTÍCULO 1- Promocionar al agente Jorge ACUÑA, legajo N
11919185/00, en la Jurisdicción 22 Secretaría General de Gobierno - Unidad Ejecutora 110 - Dirección Canal 11 Ushuaia, como agente categoría S.A.T. 03, a partir del día siguiente de su notificación.
ARTÍCULO 2- El gasto que demande el presente será imputado a la partida presupuestaria 1.1.1.03.22-110.
ARTÍCULO 3- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COLAZO
Alejandro D. VERNET
DECRETO N 65

12-01-05

VISTO el expediente N 15190/04
del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la celebración del Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el señor Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas y el Señor Sergio Gabriel EISSA, D.N.I. N
20.425.835.
Que el mismo fue celebrado en fecha 6 de enero de 2005 y se encuentra registrado bajo el N 10447, resultando procedente su ratificación.
Que se cuenta con partida presupuestaria para afrontar el gasto.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Ratificar en todas sus cláusulas el Contrato de Locación de Servicios registrado bajo el N 10447, suscripto con fecha 6 de enero de 2005 entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur representada por el señor Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas y el señor Sergio Gabriel EISSA, D.N.I. N
20.425.835, cuya copia autenticada forma parte del presente.
ARTICULO 2- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente a la partida presupuestaria 1.1.1.03.15.102.349 del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTICULO 3- De forma.
COLAZO
Juan M. ROMANO
DECRETO N 66

12-01-05

ARTÍCULO 1- Designar en Planta Transitoria - Jurisdicción 20 - Ministerio de Salud - Unidad Ejecutora 105 - Hospital Regional Río Grande, a la señora Sonia Beatriz ANDRADA, D.N.I. N 17.877.684, como agente categoría 10 P.O.M. y S., a partir del día siguiente de su notificación, otorgándosele un plazo de noventa 90 días para la presentación del Certificado Psicofísico Definitivo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Provincial N 1871/
94, Anexo I, punto A.2.
ARTÍCULO 2- Reconocer los servicios prestados por la señora Sonia Beatriz ANDRADA, D.N.I. N
17.877.684, quien se desempeña en el ámbito del Hospital Regional Río Grande, dependiente del Ministerio de Salud, desde el día primero 1
de diciembre de 2004 y hasta el día de su notificación, equiparándolo a una categoría 10 P.O.M. y S.
ARTÍCULO 3- El gasto que demande el presente será imputado a las partida presupuestaria N 1.1.1.03-20.105.
ARTÍCULO 4- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COLAZO
Jorge O. BALBI
DECRETO N 67

12-01-05

ARTÍCULO 1- Reubicar a la agente Claudia Alejandra GUZMAN, legajo N 18331784/00, categoría 10
P.A. y T., en la Jurisdicción 14 Ministerio de Gobierno, Trabajo, Seguridad, Justicia y Culto - Unidad Ejecutora 108 - Subsecretaría de Trabajo, a partir del día siguiente de su notificación.
ARTÍCULO 2- El gasto que demande el presente será imputado a la partida presupuestaria N 1.1.1.0314.108.
ARTÍCULO 3- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COLAZO
Marcelo R. MORANDI
DECRETO N 68

12-01-05

ARTÍCULO 1- Reubicar al agente Rodolfo Mario SILVA, legajo N
6560578/00, categoría 17 P.O.M. y S., en la Jurisdicción 20 - Ministerio de Salud - Unidad Ejecutora 104 Hospital Regional Ushuaia, a partir del día siguiente de su notificación.
ARTICULO 2- El gasto que demande el presente será imputado a la Partida Presupuestaria N 1.1.1.0320.104.
ARTÍCULO 3- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
COLAZO
Jorge E. LOPEZ

DECRETO N 69

12-01-05

VISTO el expediente N 17465/04
del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita el otorgamiento de un subsidio a favor de la Asociación Bomberos Voluntarios Unidos por Siempre, destinado a ayudar con los gastos que demande el sostenimiento del cuerpo activo en cumplimiento de su labor.
Que el criterio de asignación de los subsidios debe priorizar a aquellas asociaciones que requieran equipamiento contra incendio y demás elementos de los que carecieran para su funcionamiento, conforme a un criterio de racionalidad, no discriminatorio y de solidaridad.
Que resulta conveniente acceder a lo solicitado.
Que los artículos 1 y 4 del Anexo I
del Decreto Provincial N 63/02 establecen que los subsidios a otorgarse a las Asociaciones de Bomberos Voluntarios deben ser solicitados a través de la Dirección Provincial de Defensa Civil, debiendo rendirse los mismos por ante dicha repartición dentro de los sesenta 60 días de percibida cada suma mensual.
Que el artículo 15 del Anexo I del Decreto mencionado precedentemente pone en cabeza de la Dirección Provincial de Defensa Civil la elevación de las rendiciones al Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Que es menester velar por el apropiado empleo de los aportes realizados por el erario público en beneficio de la comunidad así como la correcta inversión y rendición de los subsidios provinciales.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Otorgar un subsidio a partir del día uno 1 de enero y hasta el treinta y uno 31 de diciembre de 2005, a favor de la Asociación Bomberos Voluntarios Unidos por Siempre, por la suma mensual de PESOS VEINTISÉIS MIL $
26.000.
ARTICULO 2- Los fondos establecidos en el presente solo podrán ser aplicados a la cancelación de gastos dentro de las previsiones del artículo 8 del Decreto Provincial N 63/02.
ARTICULO 3- El presente subsidio se otorga condicionado a la oportuna rendición de cuentas documentada, ante la Dirección Provincial de Defensa Civil, conforme lo establecido en el artículo 13 Anexo I del Decreto Provincial N 3101/97, modificado por

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/1/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha19/01/2005

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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