Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 5/11/2004

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

1

AÑO XIII - Ushuaia, Viernes 05 de Noviembre de 2004 - Nº 1906

"1904 - 2004 Centenario de la Presencia Argentina Ininterrumpida en el Sector Antártico"

Nº 1906

AÑO XIII

BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
Dn. Mario Jorge Colazo Gobernador
Dn. Hugo Omar Coccaro Vicegobernador
Sr. Alejandro Daniel VERNET

Dr. Marcelo Román MORANDI

Sra. Myriam Beatriz FRANCISQUINI

Sr. Jorge Enrique PASSERINI

Ministro Coordinador de Gabinete
Ministro de la Producción
Ministro de Desarrollo Social
Secretario de la Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sr. Vicente FILOSA

Ing. Hugo Luis ASNARD

Sra. Karina Alejandra PACE

Sra. Ana Rosa LAZOS

Ministro de Gobierno, Trabajo, Seguridad, Justicia y Culto
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Turismo y Medio Ambiente
Secretaria General de Gobierno
Lic. Juan Manuel ROMANO

Prof. Walter Sergio DANGELO

Sr. Pablo Javier GOMEZ

Sra. Ana María del Carmen CORDOBA

Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas
Ministro de Educación y Cultura
Ministro de la Juventud y Deportes
Secretaria de Relaciones Institucionales y con la Comunidad
Ing. Jorge Alberto Francisco ANDINO

Dr. Jorge Omar BALBI

Dr. Fernando Horacio DOMINGUEZ POSE

Sra. Marisa Luz DUME

Ministro de Hidrocarburos, Energía y Minería
Ministro de Salud
Secretario Legal y Técnico
Secretaria de Relaciones Internacionales y Programas Especiales
Ushuaia, Viernes 05 de Noviembre de 2004
LEY PROVINCIAL N 642
Sancionada el día 05 de Octubre de 2004.Promulgada el día 28 de Octubre de 2004.LA LEGISLATURA DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY :
Artículo 1.- Créase el Portal de Distribución del I.P.R.A., cuyo objeto fundamental será dar a conocer mediante la red de internet, lo dispuesto en la Ley provincial 88, modificada por la Ley provincial 444.
Artículo 2.- El Portal de Distribución del I.P.R.A. tendrá como espíritu normativo facilitar a los ciudadanos acceder a la información de:
a La recaudación mensual neta de cada juego que esté en explotación por ese Instituto; b los valores trimestrales y anuales que se derivan en función de los porcentajes estipulados en la normativa detallada a los entes y organismos que se encuadran en la Ley provincial 444; y c la fecha en que se derivan las utilidades una vez aprobados los
estados contables de dicho Instituto.
Artículo 3.- En un plazo no mayor de treinta 30 días a partir de la publicación de la presente, el Instituto Provincial de Regulación de Apuestas I.P.R.A. dispondrá en el web site del Instituto de un link visible y claro donde se accederá a la información del Portal de Distribución del I.P.R.A.
Artículo 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN SESIÓN ORDINARIA
DEL DÍA 5 DE OCTUBRE DE 2004.
COCCARO
---0--DECRETO N 3873

28-10-04

POR TANTO:
Téngase por Ley N 642, Comuníquese, dése al Boletín Oficial de la Provincia y archívese.
COLAZO
Alejandro D. VERNET
DECRETO N 3788

CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita los Protocolos Adicionales I y II, celebrados entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el señor Ministro de Educación y Cultura, Prof. Walter S. DAngelo y la Universidad Nacional de la Patagonia Austral.
Que los citados Protocolos Adicionales se suscriben en el marco del Convenio registrado bajo el número 9201 y ratificado por Decreto Provincial N 706/04.
Que dichos Protocolos han sido registrados bajo los números 9973 y 9974, respectivamente, resultando procedente su ratificación.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135
de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS
DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:

21-10-04

VISTO el Expediente N 01261/
2004 del Registro de esta Gobernación; y
ARTÍCULO 1- Ratifíquese en todos sus términos los Protocolos Adicionales I y II al Convenio Marco N 9201, celebrados entre la Provincia de Tierra del Fuego, An-

tártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el señor Ministro de Educación y Cultura, Prof.
Walter S. DAngelo y la Universidad Nacional de la Patagonia Austral, registrados bajo los números 9973 y 9974, respectivamente, por las razones expuestas en los considerandos.
ARTÍCULO 2- Remítase copia del presente a la Legislatura Provincial, a los fines previstos por el artículo 105, inciso 7 y artículo 135, inciso 1, de la Constitución Provincial.
ARTICULO 3- De forma.
COLAZO
Walter S. DANGELO
DECRETO N 3789

21-10-04

VISTO el Expediente N 10156/
2004 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita el Acta Complementaria de fecha 23 de febrero de 2004, suscripta entre el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación y la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, representada por el señor Ministro de Educación y Cultura, Prof.
Walter DAngelo, en conformidad
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 5/11/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha05/11/2004

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2004>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930