Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 27/2/2004

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XIII - Ushuaia, Viernes 27 de Febrero de 2004 - Nº 1801

"1904 - 2004 Centenario de la Presencia Argentina Ininterrumpida en el Sector Antártico"

Nº 1801

AÑO XIII

BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
Dn. Mario Jorge Colazo Gobernador
Dn. Hugo Omar Coccaro Vicegobernador
Ing. Eduardo Rubén COPPOLA

Sr. Horacio Oscar MIRANDA

Sra. Ana Delfina ESPARZA

Sr. Jorge Enrique PASSERINI

Ministro Coordinador de Gabinete
Ministro de la Producción
Ministro de Desarrollo Social
Secretario de la Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sr. Daniel Esteban MARTINEZ

Arq. Norberto Ciro COFRECES

Sr. Miguel Angel RAMIREZ

Sra. Ana Rosa LAZOS

Ministro de Gobierno, Trabajo, Seguridad, Justicia y Culto
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Turismo y Medio Ambiente
Secretaria General de Gobierno
Lic. Raúl Horacio BERRONE

Prof. Walter Sergio DANGELO

Sr. Pablo Javier GOMEZ

Sra. Ana María del Carmen CORDOBA

Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas
Ministro de Educación y Cultura
Ministro de la Juventud y Deportes
Secretaria de Relaciones Institucionales y con la Comunidad
Ing. Jorge Alberto Francisco ANDINO

Dr. Mario Héctor GIANOTTI

Dr. Fernando Horacio DOMINGUEZ POSE

Sra. Marisa Luz DUME

Ministro de Hidrocarburos, Energía y Minería
Ministro de Salud
Secretario Legal y Técnico
Secretaria de Relaciones Internacionales y Programas Especiales
Ushuaia, Viernes 27 de Febrero de 2004
DECRETO N 679

16-02-04

VISTO: Los Convenios suscriptos por la Provincia con organismos nacionales que administran préstamos o subsidios provenientes de fuentes de financiamiento nacional o internacional con competencia en el ámbito del Ministerio de la Producción; y CONSIDERANDO:
Que la Provincia ha suscripto con la Secretaría de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación el Contrato de Préstamo Subsidiario registrado bajo el N 2529, en el marco del Contrato de Préstamo 3860-AR suscripto entre la Nación y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento BIRF, correspondiente al Segundo Programa de Desarrollo Municipal PDM II.
Que la Provincia ha suscripto con la Secretaría de Desarrollo Social de la Presidencia de la Nación el Contrato de Préstamo Subsidiario registrado bajo el N 3576, en el marco del Contrato de Préstamo 940-OC/AR
suscripto entre la Nación y el Banco Interamericano de Desarrollo BID correspondiente al Programa de Mejoramiento de Barrios.
Que la Provincia ha suscripto con el Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos de la Nación el Convenio de Préstamo Subsidiario registrado bajo el N 165, en el mar-

co de los Convenios de Préstamo 3280-AR suscripto entre la Nación y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento BIRF y 619OC/AR suscripto entre la Nación y el Banco Interamericano de Desarrollo BID correspondientes al Programa Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico de las Provincias Argentinas.
Que la Provincia ha suscripto con el Ministerio del Interior de la Nación el Convenio de Préstamo Subsidiario registrado bajo el N 2526, en el marco del Convenio de Préstamo 3877-AR suscripto entre la Nación y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento BIRF correspondiente al Segundo Programa de Desarrollo Provincial PDPII.
Que la Provincia ha suscripto con la Secretaría de Programación Económica y Regional S.P.E. y R. del Servicios Públicos de la Nación y la Subsecretaría de Programación Regional del Ministerio de Economía Obras y Servicios Públicos de la Nación, el Convenio Marco para la Transferencia de Recursos registrado bajo en N 3941, en el marco del contrato de Préstamo 925-OC/AR
suscripto entre la Nación y el Banco Interamericano de Desarrollo BID, correspondiente al Programa Multisectorial de Preinversión II.
Que en la Subsecretaría de Relaciones con las Provincias de la Secreta-

ría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación, se encuentra en funcionamiento el Programa de Fortalecimiento Institucional del Entorno Productivo Regional de las Provincias de Menor Desarrollo Relativo AR-0232, en el marco del Préstamo de Cooperación Técnica BID 1.353/OCAR, en el cual se encuentra incluida nuestra Provincia.
Que la Provincia ha suscripto con el Consejo Federal de Inversiones CFI los Convenios de creación de las Unidades de Enlace de Producción, Red de Información y Conectividad y Promoción a las Exportaciones.
Que las distintas Unidades Ejecutoras Provinciales, Unidades de Coordinación Provincial y toda otra Unidad de Gobierno Provincial que administre préstamos o subsidios provenientes de fuentes de financiamiento nacional o internacional deben depender de la Coordinación de Programas Nacionales.
Que con el fin de optimizar el funcionamiento de los Programas que se están ejecutando en la Provincia con financiamiento internacional, se deben constituir estructuras orgánicas con misiones y funciones, de acuerdo a los requerimientos en recursos humanos y presupuestarios que establecen los diferentes Convenios de Subpréstamo a los que se ha adherido.

Que asimismo es necesario asignar las misiones y funciones de las estructuras mencionadas al personal que asumirá las mismas.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
DECRETA:
ARTICULO 1- Constituir para el Segundo Programa de Desarrollo Municipal PDM II; Programa Mejoramiento de Barrios; Programa de Saneamiento Financiero y Desarrollo Económico de las Provincias Argentinas, Provincias I y II; Programa Multisectorial de Preinversión II
PMP II; Programa de Fortalecimiento Institucional del Entorno Productivo Regional de las Provincias de Menor Desarrollo Relativo AR0232 y Unidad Operadora Provincial CFIProvincia, las unidades ejecutoras, de acuerdo a lo dispuesto en los Anexo I a III del presente, todo ello conforme los considerandos precedentemente expuestos.
ARTICULO 2- Facultar al Ministro de la Producción a realizar las designaciones de acuerdo a las áreas
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 27/2/2004

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha27/02/2004

Nro. de páginas33

Nro. de ediciones3738

Primera edición02/01/2002

Ultima edición23/01/2024

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