Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 3/5/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
Las unidades citadas se consideran indivisibles siendo aproximada la distribución que se realice mediante Resolución de la Autoridad de Aplicación.
La Secretaría General de la Gobernación puede adaptar los criterios de unidades, en el caso que no coincidan con alguno de los medios.
Las agrupaciones políticas son responsables de la producción y provisión de las piezas o mensajes a difundir por los medios, en los espacios asignados, como así también del control de su difusión.
Los Partidos Municipales y la Secretaría de la Gobernación deben acordar los medios de comunicación departamentales en los que podrán difundir sus propuestas y candidatos, como así también los tiempos y centímetros correspondientes, de acuerdo a la cantidad de afiliados certificados por el Tribunal Electoral Provincial.
ARTÍCULO 3.- La distribución de los espacios publicitarios por tipo de medio de comunicación se instrumentará conforme lo establezca la Secretaría General.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese y dese al Boletín Oficial para su publicación.
Fdo.: Dr. Sergio Uñac Gobernador Dra. Silvia Venerando Ministra de Salud Pública A/C Ministerio de Gobierno Juan Flores Secretario General de la Gobernación DECRETO N 0506
SAN JUAN, 29 Marzo de 2019.
VISTO:
El Oficio N 501-002196-2017, del registro del Instituto Provincial de la Vivienda; y, CONSIDERANDO:

San Juan, Viernes 3 de Mayo de 2019

Que por conducto de las presentes actuaciones la Dirección de Infraestructura Escolar, del MIySP, solicita al Instituto Provincial de la Vivienda, la transferencia de un Inmueble de su propiedad destinado a equipamiento según Plano de Mensura 183329-87.
Que a fin de dar cumplimiento a lo solicitado se dictó Ad. Referéndum del Poder Ejecutivo la Resolución N 001782-IPV-18, de fecha 12 de Abril de 2018, por la cual se autoriza la donación a favor del Ministerio de Educación de la Provincia de San Juan, del terreno propiedad de este Instituto Provincial de la Vivienda, ubicado en el Departamento Jáchal, cuya Nomenclatura Catastral es 18-62-650265, inscripto bajo el N y F 65 T 1, de Dominio Privado del Estado, año 1987, con una superficie según título en mayor extensión, según Nota Oficial en Plano N
18/3329/87, se transfirió superficies de calles y espacios verdes, lo que quedó protocolizado al Dominio Público del Estado al N y F 4533, T 45 año 1998 de la D.G y C. y posteriormente continuar con el trámite correspondiente, según las pautas establecidas en el Articulo N 189 Inc. 1 y Artículo N 150
Inc. 14 de la Constitución Provincial.
Que corresponde se ratifique la Resolución N
001782-IPV-18, de fecha 12 de Abril de 2018, según lo dispuesto en el Artículo 4, Inc. b de la Ley N
196-A que dice: - Son objetivos del Instituto Provincial de la Vivienda: b Celebrar convenios o contratos a título oneroso y adquirir bienes de toda naturaleza los que podrá gravar, administrar y/o disponer de acuerdo a las normas establecidas en la Ley de Contabilidad de la Provincia y de toda otra disposición legal específica para el cumplimiento de sus fines. Para celebrar convenios o contratos de disposición de inmuebles a título gratuito se necesitará la ratificación del Poder Ejecutivo mediante la emisión de decreto acuerdo.

Pág. 193.553

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 3/5/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaísArgentina

Fecha03/05/2019

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1765

Primera edición17/05/2016

Ultima edición18/06/2024

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