Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 8/11/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
MUNICIPIO
Zonda Ullum Valle Fértil Angaco Calingasta Iglesia 9 de Julio San Martín 25 de Mayo Jáchal Sarmiento Albardón Caucete Santa Lucía Rivadavia Chimbas Total
ANEXO I
POBLACIÓN
4.863 4.000.000,00
4.886 4.000.000,00
7.222 4.000.000,00
8.125 4.000.000,00
8.588 4.000.000,00
9.099 4.000.000,00
9.307 4.000.000,00
11.115 4.000.000,00
17.119 4.000.000,00
21.730 8.000.000,00
22.131 8.000.000,00
23.888 8.000.000,00
38.343 8.000.000,00
48.087 8.000.000,00
82.641 12.000.000,00
87.258 12.000.000,00
681.055 100.000.000,00

LEY N1663-P
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.-Aprobar en todas sus partes el Convenio de Remodelación de la Peatonal de la Ciudad de San Juan, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Juan, los Ministerios de Hacienda y Finanzas, y de Infraestructura y Servicios Públicos por una parte, y la Municipalidad de la Ciudad de San Juan por la otra; suscripto con fecha 4 de Septiembre de 2017, ratificado por Decreto Provincial N. 1582MHF de fecha 9 de Octubre de 2017, el que en copia certificada forma parte de la presente ley.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los doce días del mes de Octubre del año dos mil diecisiete.
Fdo.: Dr. Marcelo Jorge Lima Vicegobernador de San Juan y Presidente Nato de la Cámara de Diputados Mario Alberto Herrero Secretario Legislativo - Cámara de Diputados
San Juan, Miércoles 8 de Noviembre de 2017

POR TANTO:
Téngase por Ley N 1663-P, de la Provincia de San Juan, cúmplase, comuníquese y dese al Boletín Oficial para su publicación.SAN JUAN, 25 de Octubre del 2017.
Fdo.: Dr Sergio Uñac Gobernador C.P.N. Roberto Gattoni Ministro de Hacienda y Finanzas LEY N1664-P
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE SAN JUAN
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.-Aprobar en todas sus partes el Convenio de Semipeatonalización, Mejoramiento del Área y Puesta en Valor del Centro Institucional, Social, Comunitario y Comercial de la Ciudad de Villa Krause, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Juan, los Ministerios de Hacienda y Finanzas, y de Infraestructura y Servicios Públicos por una parte, y la Municipalidad de Rawson por la otra; suscripto con fecha 4 de Septiembre de 2017, ratificado por Decreto Provincial N. 1581-MHF, de fecha 9 de Octubre de 2017, el que en copia certificada forma parte de la presente ley.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los doce días del mes de Octubre del año dos mil diecisiete.
Fdo.: Dr. Marcelo Jorge Lima Vicegobernador de San Juan y Presidente Nato de la Cámara de Diputados Mario Alberto Herrero Secretario Legislativo - Cámara de Diputados POR TANTO:
Téngase por Ley N 1664-P, de la Provincia de San Juan, cúmplase, comuníquese y dese al Boletín Oficial para su publicación.SAN JUAN, 25 de Octubre del 2017.
Fdo.: Dr Sergio Uñac Gobernador

C.P.N. Roberto Gattoni Ministro de Hacienda y Finanzas
Pág. 186.385

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 8/11/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaísArgentina

Fecha08/11/2017

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1765

Primera edición17/05/2016

Ultima edición18/06/2024

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