Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 29/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2
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BOLETIN OFICIAL

on@boletinoflarioja.com.ar LEYES
LEY Nº 10.206
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Ratifícase el Convenio de Cierre de Financiamiento "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable Famatina", celebrado entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento ENOHSA, representado por su Administrador, Ing. Luis Germán Jahn, y la Provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador, Cr. Sergio Guillermo Casas.
Artículo 2.- El presente Convenio forma parte de la presente como Anexo.
Artículo 3.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 134 Período Legislativo, a tres días del mes de octubre del año dos mil diecinueve. Proyecto presentado por la Función Ejecutiva.
Néstor Gabriel Bosetti - Presidente Cámara de Diputados Juan Manuel Artico - Secretario Legislativo Anexo Convenio de cierre de Financiamiento "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable Famatina"
Famatina - La Rioja Entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento, en adelante "El ENOHSA", representado por su Administrador, Ing. Luis German Jahn, D.N.I. N 11.410.498 y la Provincia de La Rioja representada en este acto por su Gobernador, Cr. Sergio Guillermo Casas, D.N.I. N 17.249.337, en adelante el "Ente Ejecutor" o "La Provincia", conjuntamente denominadas "Las Partes", acuerdan celebrar el presente Convenio de Cierre de Financiamiento, en adelante el "Convenio", y Considerando:
Que conforme a lo dispuesto en el Decreto N 107/97 y sus modificatorias, el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento, tiene a su cargo ejecutar las políticas formuladas para el desarrollo de los servicios de provisión de agua potable y de saneamiento en general, a través de la contratación y ejecución de construcciones, trabajos o servicios y de la adquisición de materiales, maquinarias, mobiliario y elementos, brindando asimismo, asistencia técnica y financiera con destino a la construcción, mantenimiento, operación y reposición de infraestructura, provisión de equipamiento y la operatividad y regulación de los sistemas prestacionales.
Que el Artículo 7 del citado decreto, establece que son destinatarios de las actividades y acciones que ejecute el Ente Nacional, entre otros, las Provincias y Municipalidades, a nivel de sus organismos centralizados, descentralizados, autárquicos y/o empresas o sociedades, o aquellas que bajo otra conformación jurídica, participen de la explotación, expansión, regulación y control de los servicios mencionados en el Considerando precedente.

Martes 29 de Octubre de 2019

Que en el marco del Programa de Asistencia en Areas con Riesgo Sanitario -PROARSA-, con fecha 30 de junio de 2015
se suscribió entre este Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento y la Provincia de La Rioja un Convenio Unico de Colaboración y Transferencia para ejecución del proyecto "Mejoramiento del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable Famatina", por la suma de Pesos Treinta y Tres Millones Novecientos Setenta y Tres Mil Quinientos con Setenta y Cuatro Centavos $33.973.500,74.
Que el Convenio mencionado fue aprobado por la Resolución N 471 de fecha 03 de agosto de 2015, contando con una validez de financiamiento de Trescientos Sesenta y Cinco 365 días a partir de la fecha de su suscripción.
Que en tal sentido, la Provincia a través del Instituto Provincial del Agua La Rioja -IPALARrealizó el proceso de contratación, del cual resultó adjudicataria la empresa Infraestructura y Servicios S.R.L. por la suma antes indicada.
Que con fechas 31 de mayo de 2017 y 05 de octubre de 2017 se suscribieron dos Addendas mediante las cuales se elevó el plazo de financiamiento oportunamente convenido, llevándolo a un total de Ochocientos Ochenta y Un 881 días contados desde la suscripción del Convenio y finalizando el mismo el 27
de noviembre de 2017.
Que el ENOHSA aprobó la certificación de obra, oportunamente presentada por el Ente Ejecutor, correspondiente a los trabajos ejecutados en el periodo comprendido entre los meses de noviembre de 2015 Certificado N 1 y septiembre de 2017
Certificado N 18.
Que posteriormente a través de la Nota IF-201910679999-APN-ENOHSAMI la Provincia informó que procedió a rescindir el contrato de obra pública suscripto con la empresa Infraestructura y Servicios S.R.L. y por lo tanto, asumió la ejecución de las tareas faltantes con fondos provinciales.
Que en consecuencia, solicitó al ENOHSA que se dé por concluido el Convenio Unico de Colaboración y Transferencia de fecha 30 de junio 2015 y sus addendas correspondientes.
Que con fecha 12 de abril de 2019, personal de este ENOHSA procedió a visitar la obra en cuestión, surgiendo del Informe de Visita de Obra IF-37834322-APN-GTENOHSA que las cantidades certificadas se comparecen con lo realmente ejecutado en la obra.
Que asimismo, mediante IF-2019-21073169-APNGTENOHSA y ME-2019- 38358554-APN-GTENOHSA la Gerencia Técnica no presenta objeciones al cierre del Convenio, en lo efectivamente desembolsado por este ENOHSA.
Que en tal sentido, resulta necesaria la suscripción del presente Convenio con el objeto de dar continuidad a los trámites correspondientes al cierre administrativo de la Obra.
Que en virtud de ello, Las Partes acuerdan lo establecido en las siguientes Cláusulas:
Cláusula Primera: El Convenio tiene por objeto el cierre administrativo de la Obra "Mejoramiento del Sistema de Abastecimiento de Agua Potable - Famatina" de la Provincia de La Rioja.
Cláusula Segunda: En virtud de que la Obra antes mencionada se encuentra en ejecución y el porcentaje de avance acumulado al mes de septiembre de 2017 es del Ochenta y Cuatro con Cuarenta y Tres Por Ciento 84,43%, La Provincia se compromete a ejecutar con fondos propios las tareas pendientes para la finalización de la misma, como así también a su posterior mantenimiento.
Cláusula Tercera: El monto total desembolsado por este ENOHSA por la obra en cuestión asciende a la suma de Pesos Veintiocho Millones Seiscientos Ochenta y Tres Mil Trescientos Cuarenta y Ocho con Seis Centavos $28.683.348,06, correspondiente a los Certificados acumulados N 1 a N 18, asimismo la Provincia se hará cargo de las sumas

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 29/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha29/10/2019

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones2483

Primera edición02/01/1998

Ultima edición19/07/2024

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