Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 30/12/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 30 de diciembre de 2011

BOLETIN OFICIAL

Pág. 3

Artículo 5º.- La Función Ejecutiva instrumentará los mecanismos técnicos y financieros para lograr estos objetivos.
Artículo 6.- Invítase a los Municipios de la provincia de La Rioja a adherir a la presente ley.
Artículo 7.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 126 Período Legislativo, a tres días del mes de noviembre del año dos mil once. Proyecto presentado por el diputado Néstor Gabriel Bosetti.

Artículo 5.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 126 Período Legislativo, a diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil once. Proyecto presentado por el diputado Julio César Pedroza.

Sergio Guillermo Casas - Vicepresidente 1º Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Jorge Raúl Machicote Secretario Legislativo
LEY AUTOPROMULGADA

Dra. Judit Marisa Díaz Bazán - Vicepresidente 2º Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Jorge Raúl Machicote - Secretario Legislativo

LEY Nº 9.132

LEY AUTOPROMULGADA
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

LEY Nº 9.131
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, con afectación a la Municipalidad del departamento Chilecito, varios inmuebles que son parte de otros de mayor extensión, ubicados en el distrito Los Sarmientos, departamento Chilecito, con una superficie de 33.835,6 m2 que serán destinados a la Ampliación de Obra Avenida Circunvalación - Avenida Costanera Río Los Sarmientos.
Artículo 2.- La Nomenclatura Catastral de Dominio de los inmuebles a expropiar son los siguientes:
Dep.

Circ.

Secc.

7
7 7
7 7
7 7
7 7
7

III
III
III
III
III
III
III
III
III
III

B
B B
B B
B B
B B
B

Ma nz.
1 1
1 1
1 1
1 1
1 2

Par c.
16
17
18
19
20
21
22
23
25
3

7
7 7
7 7

III
III
III
III
III

B
B B
B B

3
3 3
3 3

5
6 7
8 11

7
7 7
7 7
7 7

III
III
III
III
III
III
III

B
B B
B B
B B

3
3 4
4 5
5 5

13
19
1 2
1 2
3

Propietario
Dom.

Sup: M2

Díaz Antonio Suc.
Díaz Antonio Suc Díaz Antonio Suc Díaz Antonio Suc Díaz Antonio Suc Díaz Antonio Suc Díaz Antonio Suc Díaz Antonio Suc González José Olmedo, Cruz A. -Olmedo de Martínez Andreina Figura en Plano pero no en Planilla Figura en Plano pero no en Planilla Marín, Inés y Villalba, Encarnación Marín, Enrique Suc.
Bellia Salvador y Goni, Hilda Mabel Páez Marcelino Délfor
270
270
270
270
270
270
270
270

285,88
272,07
258,46
234,31
209,49
206,84
255,38
312,51
15.051,89
4.174,51

198

1.449,68
1.232,36
967,11

Marín Rulogio Enrique Suc.
Melián Palacio de Fratalocchi, T.
Sánchez Rogelio Félix Romero Ramona Rosa Melián Palacio de Fratalocchi, T.

276
x-2657
1347
96
x-211

1.144,03
213,11
1603,13
1.299,72
790,66
625,55
1.248,94

Artículo 3.- Los planos y la determinación técnica exacta de la traza y emplazamiento de las obras viales, con la indicación de los datos dominiales de los inmuebles afectados, sus nomenclaturas catastrales actualizadas y superficie que en definitiva resulte afectada dentro del máximo indicado, será establecida conjuntamente con la Municipalidad del departamento Chilecito y la Dirección Nacional de Vialidad, conforme lo autoriza el Artículo 3 de la Ley de Expropiación N 4.611 y sus modificatorias.
Artículo 4.- Las partidas necesarias para el cumplimiento de la presente ley, serán tomadas de Rentas Generales, facultándose a la Función Ejecutiva para efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes.

Artículo 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación de urgencia, con afectación a la Municipalidad de Chilecito, el inmueble ubicado en el distrito de Malligasta, departamento Chilecito, con una superficie de novecientos cuarenta y tres hectáreas, tres mil cincuenta y cuatro metros con sesenta y siete centímetros cuadrados, 943 ha - 3054,67
m2, los que responden a una traza geográfica que abarcan las siguientes coordenadas:
1X=3367119.7145
2X=3368195.5369
3X=3369070.1844
4X=3365160.1139
5X=3365527.3401
6X=3366432.3129

Y=6770651.1301
Y=6770389.1961
Y=6765494.5919
Y=6767421.3656
Y=6768196.2465
Y=6767765.6763

Artículo 2.- El inmueble a expropiar será destinado para la localización, después de su traslado, de la planta de tratamientos de líquidos cloacales y para la localización de la planta de tratamiento de residuos sólidos.
Artículo 3.- El inmueble a expropiar es un polígono cuyos linderos son al Norte: calle René Salles, al Sur Futura Ruta Chilecito - La Rioja, al Este: con campos presuntamente fiscales y al Oeste: con Plano N D-7-32, los demás datos surgirán de los planos y la determinación técnica exacta, conforme lo prevé el Artículo 3 de la Ley de Expropiación N 4.611 y sus modificatorias.
Artículo 4.- Las partidas necesarias para el cumplimiento de la presente ley, serán tomadas de Rentas Generales, facultándose a la Función Ejecutiva para efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes.
Artículo 5.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 126 Período Legislativo, a diecisiete días del mes de noviembre del año dos mil once.
Proyecto presentado por el diputado Julio César Pedroza.
Dra. Judit Marisa Díaz Bazán - Vicepresidente 2º Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Jorge Raúl Machicote - Secretario Legislativo LEY AUTOPROMULGADA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 30/12/2011

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha30/12/2011

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones2483

Primera edición02/01/1998

Ultima edición19/07/2024

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