Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 16/4/2010

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 16 de abril de 2010

BOLETIN OFICIAL

Pág. 3

notificación fehaciente con una antelación no menor de sesenta 60 días, siempre que dicha rescisión no implique, a juicio del Estado Provincial, el incumplimiento del objeto de contratación formalizada por medio del presente acto administrativo.
Artículo 5º.- Queda establecido que la contratación del Locador no genera relación de dependencia con el Estado Provincial, ni implica compromiso alguno, de este, de renovar el contrato ni de incorporarlo en el futuro a la planta de la Administración Pública Provincial, en cualquiera de sus modalidades.
Artículo 6º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente decreto, será atendido con imputaciones a las partidas específicas del Presupuesto vigente.
Artículo 7º.- Con la participación de los organismos administrativos y técnicos competentes, efectúense los registros correspondientes de lo dispuesto en el presente acto administrativo.
Artículo 8º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 9º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

consideraciones tenidas en cuenta en el dictado de este acto administrativo.
Artículo 2º.- Teniendo en cuenta lo resuelto en el artículo anterior, el agente Alfredo Horacio Torres, D.N.I. Nº 08.304.392, deberá presentar ante la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes del Ministerio de Hacienda, la iniciación de los trámites para acogerse al beneficio jubilatorio por invalidez.
Artículo 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Macchi, M.A., S.H.

Visto: el Decreto N 1.238 de fecha 22 de setiembre del corriente año y la presentación realizada por la Dirección General de la Unidad Operativa del Servicio Público de Provisión de Agua Potable y Líquidos Cloacales; y,

DECRETO Nº 1.673
La Rioja, 04 de diciembre de 2009
Visto: el Expte. Código F14-Nº 00841-0-09, mediante el cual el agente Alfredo Horacio Torres, D.N.I. Nº 08.304.392, solicita acogerse a los beneficios que otorga la Ley Nº 7.631; y Considerando:
Que el mencionado agente reviste en el cargo Categoría 23, Agrupamiento Administrativo, Planta Permanente, dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes del Ministerio de Hacienda.
Que en el presente caso toma intervención la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes, a fj. 21 se adjunta el Acta de la Junta Médica de la Dirección de Reconocimientos Médicos, en la que determina una incapacidad de carácter parcial, permanente y definitiva, equivalente al 89 %, y la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Hacienda mediante Dictamen Nº 643/09, quien estima que lo solicitado encuadra en las previsiones del Artículo 3º de la Ley Nº 7.631.
Que analizadas las constancias obrantes en autos, es propósito de esta Función Ejecutiva proceder a la petición de autos, como así también solicitar el inicio del trámite jubilatorio del señor Torres.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial, EL VICEPRESIDENTE 1º DE LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA
E/E DE LA FUNCION EJECUTIVA PROVINCIAL
DECRETA:

Artículo 1º.- Otórgase los beneficios de los términos de la Ley Nº 7.631, a favor del agente Alfredo Horacio Torres, D.N.I. Nº 08.304.392, Categoría 23, Agrupamiento Administrativo, Planta Permanente, dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos, Liquidación y Control de Haberes del Ministerio de Hacienda, por las
Casas, S.G., Vicepresidente 1º e/e P.E. - Guerra, R.A., M.H.
- Macchi, M.A., S.H.

DECRETO Nº 1.675
La Rioja, 09 de diciembre de 2009

Considerando:
Que mediante el acto administrativo de mención se dispuso la intervención del servicio público de provisión de agua potable y desages cloacales, concesionado a la empresa Aguas de La Rioja S.A. por el término de 90 días.
Que su Artículo 3 creó la Unidad Operativa de precedente mención, con el objetivo de atender el servicio durante el transcurso de la intervención con facultades suficientes para garantizar la prestación en condiciones que aseguren su continuidad, regularidad, calidad, generalidad y obligatoriedad.
Que dicha Unidad Operativa ha puesto de manifiesto la necesidad de contar con recursos financieros que le permitan atender las obligaciones que fueran generadas en cumplimiento de los objetivos de precedente mención.
Que, para superar esta situación solicita al Gobierno Provincial un aporte por la suma de Pesos Un Millón Setecientos Mil $ 1.700.000,00, dado que no se cuenta con créditos presupuestarios para ello.
Que, en el marco descripto, esta Función Ejecutiva estima aconsejable autorizar al Ministerio de Hacienda a hacer entrega al Servicio de Administración Financiera de la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración, mediante la emisión de un Formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, de la suma y con el destino antes señalado, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley 6.425.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126 de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Autorízase al Ministerio de Hacienda a concretar la entrega al S.A.F. N 910- Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administraciónde la suma

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 16/4/2010

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha16/04/2010

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones2483

Primera edición02/01/1998

Ultima edición19/07/2024

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