Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 30/10/2007

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
DECRETOS

DECRETO Nº 1.700
La Rioja, 03 de julio de 2007
Visto: el Expediente J12 -Nº 00004-3/07, caratulado:
Subsecretaría de Minería - s/Puesta en Valor Recursos Hidrocarburos; y Considerando:
Que por el mismo se gestiona la aprobación de la Adjudicación del Concurso Nacional e Internacional para otorgar permisos de exploración y concesiones de explotación, almacenaje y transporte de hidrocarburos a la firma Y.P.F.
S.A. en el área Bolsón del Oeste y se declare desierto, respecto del área Bolsón Salinas de Mascasín.
Que como antecedentes figuran a fs. 1 Nota estilo de la Subsecretaría de Minería exponiendo razones de la necesidad del concurso; a fs. 7/16 Decreto Nº 1.228/06 que llama a concurso, establece algunas pautas del proceso y fija marco legal; a fs. 34/97 proyecto de pliego de bases y condiciones de selección de empresas; a fs. 102 Dictamen Organo Asesor Nº 346/06; a fs. 103/106 Decreto Nº 1.282/06
que aprueba pliego de bases y condiciones y anexos, fija fecha de apertura, dispone publicación del llamado y designa Comisión de Preadjudicación; a fs. 110/114 Resolución Nº 05/06 mediante la cual la Autoridad de Aplicación, en virtud de las facultades otorgadas por Ley Nº 17.319 y Pliego de Bases y Condiciones - Anexo I, II, III, teniendo en cuenta la información obrante en la Dirección de Minería oportunamente obtenida de la Secretaría de Energía de la Nación, establece las áreas de exploración hidrocarburífera en el territorio de la provincia de La Rioja y ordena al Departamento de Catastro Minero se proceda a su gratificación; a fs. 115/118 Resolución Nº 06/06 crea Registro de Empresas Hidrocarburíferas de la provincia de La Rioja; a fs. 121/125 Decreto F.E.P. Nº 2.351/06 que prorroga fecha de apertura de sobres correspondientes a las áreas Bolsón de Los Llanos y Salinas de Mascasín; a fs. 132/133 acta apertura concurso de fecha 11
de diciembre de 2006; a fs. 138/139 Acta Nº 2 de la Comisión de Apertura, Evaluación y Preadjudicación para la precalificación de la empresa y admisibilidad de la oferta del sobre A presentado por la firma Y.P.F. S.A. que refiere al área Bolsón del Oeste; a fs. 144/146 Resolución Nº 01/07 de la Autoridad de Aplicación que califica la empresa Y.P.F.
S.A.; a fs. 148/149 publicación de la calificación de la firma Y.P.F. S.A. en el Boletín Oficial; a fs. 154/155 acta de apertura de la única oferta presentada en el llamado a concurso para el área Bolsón de Los Llanos, correspondiente a la firma Argenta Energía S.A., conteniendo sobre A y B; s fs.
163 acta apertura sobre B de la única oferta presentada para el área Bolsón del Oeste, correspondiente a la empresa Y.P.F. S.A.; a fs. 167/169 planilla cotización área Bolsón del Oeste, conteniendo discriminación de tareas y unidades de trabajos comprometidos para el programa tentativo en el primer, segundo y tercer período de exploración; a fs. 188 acta Nº 4 de la Comisión de Apertura, Evaluación y Preadjudicación, en la que sus miembros por unanimidad resuelven respecto de la precalificación de la empresa Argenta Energía S.A. y su presentación correspondiente al área Bolsón de Los Llanos, efectuar requerimiento de aclaración de algunos puntos y acreditación de otra documentación; a fs.
195/196 Dictamen de Comisión de Apertura, Evaluación y Preadjudicación que preadjudica el permiso para explorar y
Martes 30 de octubre de 2007

eventualmente explotar el área Bolsón del Oeste a la firma Y.P.F. S.A.; a fs. 203/204 Resolución Nº 02/07, por la cual la Autoridad de Aplicación adjudica a Y.P.F. S.A. el Concurso para la Exploración y Eventual Explotación del área Bolsón del Oeste, conforme los fundamentos expuestos en los considerandos de dicho acto; a fs. 205/206 Resolución Nº 03/07, por la cual la Autoridad de Aplicación declara desierto el Concurso respecto del área Bolsón de Salinas de Mascasín, por no haberse presentado ninguna oferta; a fs. 209
requerimiento efectuado por la Subsecretaría de Minería Autoridad de Aplicacióna la Función Ejecutiva Provincial, a fin de que apruebe la adjudicación del concurso sobre el Bolsón del Oeste a favor de Y.P.F. S.A. y declare desierto el mismo, respecto del área Salinas de Mascasín; a fs.
215/216 presentación de la firma Argenta Energía S.A.
contestando intimación; a fs. 220 Acta Nº 06 de la Comisión de Apertura, Evaluación y Preadjudicación que pone en conocimiento el escrito de fs. 215/216 y se convoca a nueva reunión; a fs. 221/228 dictamen legal del área; a fs. 231/236
constancia de publicación de llamado a concurso en diarios de circulación provincial y nacional.
Que habiendo tomado intervención la Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen Nº 168/07, esta estima que respecto de las facultades que le competen a la Función Ejecutiva como autoridad concedente debe, conforme el procedimiento desarrollado, aprobar la adjudicación del permiso de exploración y eventual explotación de hidrocarburos efectuada por la Autoridad de Aplicación a la firma Y.P.F. S.A. respecto del área Bolsón del Oeste y declarar desierto dicho concurso para el área Bolsón de Salinas de Mascasín.
Que es necesario determinar el marco legal, del cual surge la calidad de autoridad concedente de la Función Ejecutiva, como así también las disposiciones que resultan aplicables al procedimiento celebrado en el presente concurso.
En segundo lugar, si de las actuaciones labradas en autos, surge que el trámite deviene ajustado a derecho y por tanto procedente la aprobación requerida a Ley de Hidrocarburos Nº 17.319, regula las actividades relativas a la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos Artículo 2º, estableciendo el dominio inalienable e imprescriptible del Estado Nacional sobre los mismos Artículo 1º. Reconoce, además las facultades del Poder Ejecutivo Nacional de otorgar los permisos de exploración y concesión de explotación Artículo 4º bajo el procedimiento instituido en el Artículo 15º y siguientes.
Que en el año 1992 se dicta la Ley Nº 21.145 de Federalización de Hidrocarburos, por la cual se transmite el dominio público de los yacimientos de hidrocarburo del Estado Nacional al Estado Provincial en cuyo territorio se encuentren situados. Establece asimismo, que dicha transferencia se efectivizará cuando se sancione y promulgue el proyecto encargado a la Comisión de Provincialización de Hidrocarburos a constituirse Artículo 22º.
Que en el año 1994, la reforma introducida al Artículo 124º de la Constitución Nacional, reconoció el dominio originario de las provincias sobre los yacimientos de hidrocarburos situados en sus territorios. Ello importaba para aquellas, el reconocimiento constitucional del ejercicio de facultades atinentes a procurar la adecuada protección, exploración y explotación de esos recursos. No obstante la norma, no existía ley que permita a las provincias ejercer de manera apropiada y efectiva los derechos derivados de ese dominio, tales como licitar u otorgar permisos o concesiones.
Por el contrario, seguía vigente la Ley Nº 17.319 con la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 30/10/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha30/10/2007

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones2483

Primera edición02/01/1998

Ultima edición19/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Octubre 2007>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031