Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 26/10/2007

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL

Viernes 26 de octubre de 2007

LEYES

LEY N 8.187

LEY N 8.185

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1.- Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación, tres inmuebles ubicados en la localidad de Chepes, Departamento Rosario Vera Peñaloza, cuyas medidas y linderos corresponderán a totalizar 36 ha. y que en cada caso se individualizan a continuación: 1 Propietario: María Gladys Garay de Adaro. Nomenclatura Catastral: 4-15-12-034-296-068.
Dimensiones aproximadas: Norte: 300,00 m. Sur: 300,00 m. Este:
400,00 m. Oeste: 400,00 m. Colindantes: Norte: Propiedad de María G. Garay de Adaro. Sur: Propiedad de María G. Garay de Adaro. Este: Continuación de calle Rivadavia. Oeste: Calle Pública o Camino a la Pileta. Superficie a expropiar: Doce hectáreas 12 ha.. Inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble en mayor extensión: R-1965. 2 Condominio: Carlos Alfredo Quiroga - 1/3. Veliz Sánchez, Marcelo - 1/3. Fornes, Hugo Alberto - 1/3. Matrícula Catastral: 15-1234-280-270.
Dimensiones aproximadas: Norte: 300,00 m. Sur: 300,00 m. Este:
400,00 m. Oeste: 400,00 m. Colindantes: Norte: Eusebia Vda. de Galván. Sur: Propiedad de María G. Garay de Adaro. Este:
Continuación de calle Rivadavia. Oeste: Calle Pública o Camino a la Pileta. Superficie aproximada: doce hectáreas 12 ha.. Inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble en mayor extensión: R82. 3 Condominio: Carlos Alfredo Quiroga - 1/3. Veliz Sánchez, Marcelo - 1/3. Fornes, Hugo Alberto - 1/3. Matrícula Catastral:
15-1234-382-160. Dimensiones aproximadas: Norte: 400,00 m.
Sur: 400,00 m. Este: 300,00 m. Oeste: 300,00 m. Colindantes:
Norte: Propiedad de los Condominios. Sur: Propiedad de los Condominios. Este: Propiedad de los Condominios. Oeste:
Continuación de calle Rivadavia. Superficie aproximada: doce hectáreas 12 ha.. Inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble en mayor extensión: R - 83.
Artículo 2.- Los inmuebles referenciados serán destinados a la construcción de viviendas, urbanización y edificios públicos.
Artículo 3.- Las medidas, linderos y superficie con exactitud surgirán del plano de división que a tal efecto confeccionará la Dirección Provincial de Catastro.
Artículo 4.- Confiérase carácter de Urgencia a la presente expropiación, en los términos del Artículo 46 de la Ley Nº 4.611.
Artículo 5.- Ejecutado el plan de vivienda en una primera etapa, el remanente de los lotes será afectado a la construcción que el Estado Provincial realizará conforme al ingreso de recursos correspondientes para la obra pública.
Artículo 6.- Los gastos que demande la presente ley, serán tomados de Rentas Generales.
Artículo 7.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 122 Período Legislativo, a seis días del mes de setiembre del año dos mil siete. Proyecto presentado por el diputado Mario Gerardo Guzmán Soria.
Sergio Guillermo Casas - Vicepresidente 1 - Cámara de Diputados en ejercicio de la Presidencia - Jorge Enrique Villacorta - Prosecretario Legislativo a cargo de la Secretaría Legislativa LEY AUTOPROMULGADA

Artículo 1.- Modifícase el Artículo 1 de la Ley N
7.877 prorrogada por Ley N 8.033 que declara Zona de Desastre Agropecuario a los Departamentos de Los Llanos Riojanos y Capital, el mismo quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1.- Prorrógase hasta el 01 de setiembre del año 2008 la vigencia de la Ley N 7.877 -prorrogada por Ley N 8.033- que declara Zona de Desastre Agropecuario para la actividad ganadera bovina, caprina, en los Departamentos General San Martín, Rosario Vera Peñaloza, General Ortiz de Ocampo, General Manuel Belgrano, General Angel Vicente Peñaloza, Chamical, General Juan Facundo Quiroga y Capital.
Artículo 2.- Incorpórase a la actividad olivícola a las disposiciones establecidas en el artículo precedente.
Artículo 3 - Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 122, Período Legislativo, a seis días del mes de setiembre del año dos mil siete. Proyecto presentado por el diputado Luis César Murúa.
Sergio Guillermo Casas - Vicepresidente 1 - Cámara de Diputados en ejercicio de la Presidencia. Jorge Enrique Villacorta - Prosecretario Legislativo a cargo de la Secretaría Legislativa DECRETO N 2.342
La Rioja, 24 de setiembre de 2007

Visto: el Expediente Código A1 N 01959-8/07, mediante el cual la Función Legislativa de la Provincia eleva texto de la Ley N 8.187; y, Considerando:
Que con fecha 06 de setiembre de 2007 se sanciona la Ley N 8.187, mediante la cual se dispone modificar el Artículo 1 de la Ley N 7.877, por la que se declara Zona de Desastre Agropecuario la actividad ganadera bovina caprina en los departamentos de Los Llanos Riojanos y Capital.
Que consultados el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas y la Secretaría de Agricultura y Recursos Naturales, ambos manifestaron su conformidad a la promulgación de la Ley de referencia.
Que no obstante que el texto legal de cita se ajusta al ordenamiento Jurídico-Constitucional de la Provincia en sus aspectos formales, cabe advertir que no surgen razones suficientes que justifique la inclusión de la actividad olivícola a las disposiciones establecidas en el Artículo 1 respecto de las zonas y actividades allí declaradas.
Que la Asesoría General de Gobierno adhiere a los fundamentos manifestados por el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas y la Secretaría de Agricultura y Recursos Naturales, sucintamente descriptos en el párrafo anterior, sugiriéndose vetar el Artículo 2 de la Ley N 8.187.
Por ello, y en uso de las facultades acordadas por los Artículos 104 y 123, Inciso 1 de la Constitución Provincial,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 26/10/2007

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha26/10/2007

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones2483

Primera edición02/01/1998

Ultima edición19/07/2024

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