Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 13/10/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 13 de octubre de 2006

BOLETIN OFICIAL Nº 10.418

Artículo 9º.- Sustitúyese el Anexo II del Decreto Nº 212/03 -Organigrama Funcional de la Administración Provincial de Obras Públicassus modificatorios y sustitutivos, por el Anexo I del presente decreto.
Artículo 10º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas a efectuar las adecuaciones presupuestarias pertinentes.
Artículo 11º.- Por la Secretaría General y Legal de la Gobernación comuníquese el presente decreto a la Cámara de Diputados, de conformidad a lo establecido por el Artículo 25º de la Ley Nº 7.927 de Presupuesto.
Artículo 12º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y el señor Secretario General y Legal de la Gobernación y suscripto por los señores Secretario de Hacienda y Subsecretario de Gestión Pública.
Artículo 13º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. - Caridad, A.G., S.H. - Catalán, R.C., S.G. y L.G. - Zalazar Gell, Ss.G.P.
Función Ejecutiva Provincial
Ministerio de Hacienda y Obras Públicas
Pág. 3

Considerando:
Que el Servicio Administrativo solicita la incorporación de recursos por la suma de $ 57.600,00
provenientes del Ministerio de Trabajo de la Nación en virtud del Acta Acuerdo suscripta entre la Superintendencia de Riesgos de Trabajo de la Nación y la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia.
Que el Acta Acuerdo prevé la transferencia de una cuota mensual de $ 4.800,00 $ 57.000,00 F.F. 560 que serán aplicados a gastos específicos de insumos y/o servicios que demande la realización de tareas de inspección, prevención y control del cumplimiento vigentes de higiene y seguridad laboral en el ámbito de la Provincia.
Que el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto a la Función Ejecutiva a introducir ampliaciones en los créditos presupuestarios y establecer su distribución, en la medida que las mismas sean financiadas con incrementos en los montos estimados para Recursos y para el Endeudamiento Público determinados en los Artículos 2 y 4 de la presente ley.
Que corresponde dictar el presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Distribución N 01/06, Reglamentario de la Ley de Presupuesto N 7.927.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto N 7.927 y 123 de la Constitución Provincial.

Administración Provincial de Obras Públicas
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Subadministrador General de Obras Públicas
Gerencia de Estudios y Proyectos de Arquitectura - Nivel I

Gerencia de Obras de Arquitectura Nivel I

Gerencia de Infraestructura Escolar Nivel I

Gerencia de Obras de Energía Nivel I

Coordinación de Area Obra Hospital Materno Infanto - Juvenil
Gerencia de Infraestructura Nivel I

Gerencia de Administración Nivel I

Gerencia de Cómputos y Presupuesto Nivel II

Gerencia de Asuntos Jurídicos Nivel II

Gerencia de Despacho Nivel II

Artículo 1.- Modifícanse los importes establecidos en el Artículo 2 de la Ley de Presupuesto N 7.927, estimándose un incremento en los recursos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 2.- Modifícanse los totales establecidos en el Artículo 1 de la Ley N 7.927 del Presupuesto General de la Administración Pública Provincial, como consecuencia de lo establecido en el artículo anterior, estimándose un incremento en los Gastos, conforme al Anexo que se adjunta y que forma parte integrante del presente acto administrativo.
Artículo 3.- Dése a conocer por donde corresponda de la presente modificación presupuestaria ala Función Legislativa Provincial conforme lo establece el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto N 7.927.
Artículo 4.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5.- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. Caridad, A.G., S.H.
ANEXO

S.A.F. N 255 Secretaría de Trabajo Expte. C55-0167-2/06

DECRETO N 967

2
2 2
2 2
2

3
3 5
9 9
9

1
3 6
3 2
6

2.000,00
2.000,00
10.000,00
2.000,00
3.000,00
3.000,00

Disminuc.

560
560
560
560
560
560

SP.

1401
1401
1401
1401
1401
1401

PA.

0
0 0
0 0
0

I.

0
0 0
0 0
0

P.

0
0 0
0 0
0

F.F.

0
0 0
0 0
0

OB.

3
3 3
3 3
3

U.G.

255
255
255
255
255
255

AC.

PG.

0
0 0
0 0
0

SP.

S.A.F.

25
25
25
25
25
25

PY.

Jur.

01
02
03
04
05
06

Sbjur.

Orden
Visto: el Expediente Código C55 N 0167-7b Año 2006, mediante el cual la Subsecretaría de Trabajo -S.A.F. N
255- solicita incorporación de recursos al Presupuesto de la Administración Pública Provincial, Ley N 7.927 y su correspondiente contrapartida gastos; y,
Increm.

Gastos
La Rioja, 14 de junio de 2006

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 13/10/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha13/10/2006

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones2476

Primera edición02/01/1998

Ultima edición18/06/2024

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