Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 11/7/2006

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 4

BOLETIN OFICIAL

Que en la Cláusula Primera se establece el Cuadro Tarifario Anexo 1; Régimen Tarifario Normas de Aplicación del Régimen Tarifario Anexo 2 y el procedimiento para la determinación del Cuadro Tarifario Anexo 3 a aplicarse durante el período 2000-2005, conforme a ello de común acuerdo se establece la Tarifa Nº 2 Uso Riego Agrícola.
Que corresponde a esta Función Ejecutiva autorizar por acto administrativo expreso la inclusión de los usuarios del servicio eléctrico a la Tarifa Nº 2 Regantes.
Que esta Función Ejecutiva, estima conveniente autorizar la inclusión en la Tarifa T2 -4A2, al suministro de energía eléctrica NIS Nº 1090468, con una Máxima Capacidad de Suministro Contratada 58 KW, cuya titularidad está a cargo del señor Angel Larguia, C.I. Nº 4.194.852, para ser usado en la extracción de agua del subsuelo destinada al riego agrícola.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 123º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º- Autorízase la incorporación como Regante Agrícola, a partir del 01 de febrero de 2006 y hasta nueva disposición, al suministro de energía eléctrica NIS:
1090468, cuya titularidad corresponde al señor Angel Larguia, C.I. Nº 4.194.852, en la Tarifa Nº 2 Riego Agrícola definida en el Acta Acuerdo 28-03-01 y Addenda 12-06-01, celebrada entre el Estado Provincial y EDELAR S.A.
Artículo 2º- Incorpórase como Regante Agrícola a partir del 01 de febrero de 2006 y hasta nueva disposición, al suministro eléctrico NIS: 1090468, con una Máxima Capacidad de Suministro Contratada de 58 KW, cuyos consumos deberán ser facturados con la Tarifa Nº 2 Riego Agrícola T2 4A2
prevista en el Acta Acuerdo 28-03-01 y Addenda 12-06-01.
Artículo 3º- Comuníquese al Ente Unico de Control de Privatizaciones EUCOP a los efectos de la notificación que corresponda por el Artículo 2º del Decreto Nº 271/99.
Artículo 4º- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5º- Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Maza, A.E., Gobernador - Garay, J.M., M.H. y O.P. Caridad, A.G., S.H.

DECRETO N 557
La Rioja, 04 de abril de 2006
Visto: el Expte. F43 N 128-7/06, mediante el cual se gestiona la transferencia del agente Sr. Gustavo Ariel Ortiz Guardia, D.N.I. N 16.121.165, de la Dirección General de Presupuesto a la Dirección de Residencia Educativa y Juvenil, de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social y Asuntos Municipales; y,Considerando:
Que el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto -vigenteN 7.927- faculta a la Función Ejecutiva a disponer las
Martes 11 de julio de 2006

reestructuraciones y modificaciones que considere necesarias con la excepción de la Jurisdicción 1 -Función Legislativacon la única limitación de no alterar el total de erogaciones fijadas en el Artículo 1 y 3, comunicando las mismas a la Cámara en un plazo de cinco 5 días como también las disposiciones contenidas en los artículos 7 y 8 de la citada norma legal.
Que corresponde dictar el presente Acto Administrativo, en virtud a lo dispuesto por el Artículo 2 del Decreto de Distribución N 1/06 Reglamentario de la Ley de Presupuesto N 7.927.
Que es propósito de esta Función Ejecutiva Provincial acceder a lo solicitado teniendo en cuenta que los organismos intervinientes prestaron su acuerdo.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 123 de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1- Modifícanse los cargos asignados por Ley de Presupuesto N 7.927 conforme de detalla a continuación;
Jurisdicción 30 Ministerio de Hacienda y Obras Públicas Servicio 300- D.G.A. Ministerio de Hacienda y Obras Públicas Programa 18 Administración Financiera Categoría Programática: 18-0-0-2-0- Coordinación del Proceso Presupuestario Unidad Ejecutora: Dirección General de Presupuesto Planta: Permanente Agrupamiento Denominación Creación Supresión Administrativo Categoría 21
1 Jurisdicción: 10 Función Ejecutiva Provincial Sub-Jurisdicción: 10-04 Secr. de Desarrollo Social y Asuntos Municipales.
Servicio 146 D.A.- Subsecr. de Desarrollo Humano y Familia Programa: 3 Actividad Común a los Programas Categoría Programática: 3-0-0-0-0Unidad Ejecutora: Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia.
Planta: Permanente.
Agrupamiento Denominación Creación Supresión Administrativo Categoría 21
1 Artículo 2- Transfiérese desde la Jurisdicción 30
Servicio 300- Ministerio de Hacienda y Obras Públicas
Categoría Programática: 18-0-0-2-0- Coordinación del Proceso Presupuestario Unidad Ejecutora: Dirección General de Presupuesto, a la Jurisdicción 10: Función Ejecutiva Provincial Sub-Jurisdicción 10-04: Secretaría de Desarrollo Social y Asuntos Municipales Servicio 146 Subsecr. de Desarrollo Humano y Familia Programa: 3 Actividad común a los Programas Categoría Programática: 3-0-0-0-0- Unidad Ejecutora: Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia, al agente, Sr. Gustavo Ariel Ortiz Guardia, D.N.I. N 16.121.165, Categoría 21, Agrupamiento Administrativo, de Planta Permanente, cesando en consecuencia en su actual situación de revista.
Artículo 3- Dése a conocer por donde corresponda de la presente modificación presupuestaria a la Función Legislativa Provincial conforme lo establece el Artículo 6 de la Ley de Presupuesto N 7.927.
Artículo 4- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas y suscripto por los señores Secretario de Hacienda y Subsecretario de Gestión Pública.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 11/7/2006

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaísArgentina

Fecha11/07/2006

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones2483

Primera edición02/01/1998

Ultima edición19/07/2024

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