Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 8/3/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Núm. 20 - 08/03/2019

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

considerada el Domicilio Especial Electrónico constituido para aquellos trámites que se gestionen utilizando dicha plataforma.
ARTICULO 7.- Todas las notificaciones que deban cursarse en el marco de la Plataforma de Trámites a Distancia TAD, se realizarán en la cuenta de usuario que es el Domicilio Especial Electrónico constituido por el administrado.
ARTICULO 8.- El sistema de Gestión Documental Electrónica GDE, dejará constancia de la fecha y hora de presentación de los escritos realizada por los particulares en la Plataforma de Trámites a Distancia TAD y de los actos producidos por los usuarios de dicho sistema.
ARTICULO 9.- Desígnase a LA
SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION dependiente de la SECRETARIA
GENERAL DE LA GOBERNACIÓN como administradora de la plataforma electrónica implementada en el presente instrumento, estando facultada para aprobar las funcionalidades que resulten necesarias para su normal funcionamiento y a dictar los términos y condiciones que hacen al uso de la misma.
ARTICULO 10.- Facúltase a la SUBSECRETARIA
DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION
dependiente de la SECRETARIA GENERAL DE LA
GOBERNACIÓN, a dictar las normas aclaratorias, operativas y complementarias necesarias para la implementación de la plataforma electrónica implementada en el presente instrumento, y aprobar la incorporación de trámites de gestión en ella, a solicitud de las áreas o a instancia de la Subsecretaría.
ARTICULO 11.- La SUBSECRETARIA DE
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION, a través de la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, brindará la asistencia técnica y capacitación necesarias para la implementación y funcionamiento de la plataforma electrónica creada y aprobada por el presente.
ARTICULO 12.- El Sistema de Gestión Documental Electrónica -GDE-, permite la firma digital de los documentos electrónicos en los siguientes casos:

Pág. 669

a Para firmar actos administrativos mediante firma digital con dispositivo criptográfico.
b Para firmar todos los demás actos que no constituyan actos administrativos mediante firma digital con certificado del sistema.
Ambas firmas digitales gozan de plena validez en virtud de lo dispuesto Artículo 9 de la Ley N 25.506, asegurando indubitablemente la autoría e integridad del documento electrónico firmado digitalmente.
ARTICULO 13.- Tomen conocimiento a sus efectos, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Producción y Desarrollo, Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Ministerio de Salud, Ministerio de Obras Públicas, Ministerio de Servicios Públicos, Ministerio de Desarrollo Social, Secretaría General de la Gobernación, Asesoría General de Gobierno, Fiscalía de Estado, Secretaría de Gabinete, Secretaría de Estado de Turismo, Secretaría de Estado de Cultura, Secretaría de Estado de la Vivienda y Desarrollo Urbano, Secretaría de Estado de Deportes y Recreación, Secretaría de Estado de Minería, Secretaría de Estado del Ambiente y Desarrollo Sustentable, Secretaría de Estado de Coordinación Regional e Integración, Secretaría de Estado de Seguridad Democrática, Secretaría de Desarrollo y Participación Ciudadana, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Administración General de Rentas, Administración General de Catastro, Caja de Prestaciones Sociales de Catamarca Ca.Pre.S.Ca, Obra Social de los Empleados Públicos O.S.E.P, Instituto Provincial de la Vivienda, Administración de Vialidad Provincial, Energía Cata marca S ociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria S.A.P.E.M, Aguas de Catamarca Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria SA.P.E.M, PRODUCAT
Sociedad Anónima con Participación Estatal May orit aria S .A .P.E.M, Ca ta ma rc a Telecomunicaciones Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria S.A.P.E.M, Agroindustria Catamarca Sociedad del Estado A.I.Cat S.E, Catamarca Radio y Televisión Sociedad del Estado y Catamarca Minera y Energética Sociedad del Estado CAMYEN S.E..

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 8/3/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaísArgentina

Fecha08/03/2019

Nro. de páginas25

Nro. de ediciones1388

Primera edición01/12/2006

Ultima edición23/04/2021

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