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Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 5/1/2018
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca
Pág. 32 - 05/01/2018
Núm. 2
BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL
Registrada con el N 5525
Dra. LUCIA B. CORPACCI
Gobernadora de Catamarca Marcelo Daniel Rivera Ministro de Gobierno y Justicia
Ley Nº 5526 - Pendiente.
Ley Nº 5527 Decreto Nº 1700
CRÉASE REGISTRO DE LA ESCRIBANIA DE
GOBIERNO DELAMUNICIPALIDAD DEVALLE
VIEJO
ELSENADO YLACAMARA DE DIPUTADOS
DELAPROVINCIADECATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Créase el Registro de la Escribanía de Gobierno de la Municipalidad de Valle Viejo y su respectivo Protocolo, el que será confeccionado y llevado con las formalidades y en las condiciones que prescribe la Ley Orgánica del Notariado N 3843 o la que en el futuro pudiera reemplazarla.
ARTICULO 2.- El Registro de Escribanía de Gobierno que se crea tendrá jurisdicción en todo el territorio de la Municipalidad de Valle Viejo.
ARTICULO 3.- El Protocolo será de propiedad exclusiva de la Municipalidad de Valle Viejo.
ARTICULO 4.- El Registro de la Escribanía de Gobierno de la Municipalidad de Valle Viejo estará a cargo de escribanos designados de conformidad a lo que establece la Carta Orgánica Municipal y sus disposiciones reglamentarias; llevará un registro en donde se asentarán todos los actos y contratos en lo que sea parte el Municipio y deberán registrarse.
ARTICULO 5.- Las condiciones, inhabilidades, incompatibilidades, competencia y demás requisitos que
deben observar el titular de la Escribanía Municipal y sus reemplazantes, como así mismo las responsabilidades y la superintendencia del mismo serán establecidas de acuerdo a las prescripciones de la Ley Orgánica del Notariado N 3843 o la que reemplazase en el futuro.
ARTICULO 6.- Las escrituras Públicas y sus testimonios se extenderán con sujeción a los requisitos y formalidades que prescribe la Ley Orgánica del Notariado N 3843 o la que en el futuro pudiera reemplazarla.
ARTICULO 7.- De forma.DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
Registrada con el N 5527
Juan Marcelo Cordero Varela Presidente Provisorio En Ejercicio de la Presidencia Cámara de Senadores Marcelo Daniel Rivera Presidente Cámara de Diputados Omar A. Kranevitter Secretario Parlamentario Cámara de Senadores Dr. Juan José Santiago Bellón Secretario Parlamentario Cámara de Diputados Decreto N 1700
San Fernando del Valle de Catamarca, 28 de Diciembre de 2017.
LAGOBERNADORADE LAPROVINCIA
DECATAMARCA
DECRETA
ARTICULO 1.-Téngase por Ley de la Provincia la precedente sanción.