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Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 5/12/2014
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca
Núm. 97 - 05/12/2014
BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL
RESOLUCIONES DE
ORGANISMOS
DESCENTRALIZADOS
Resol. AGAP. Nº 1 58 08-04-2014 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Acuérdase, a partir de JUN13, el Beneficio de Asignación Complementaria Previsional, conforme Art. 29º Anexo I, del Dcto.
Acdo. Nº 127/11, a la Sra. Andrea Agustina Arévalo, DNI. Nº 11.079.725, Beneficio ANSES:
155588164401. El Haber Testigo del Art. 21º Anexo I, del Decreto mencionado y sus modificatorias Nº 386/11, se determinará en: Categ. 14 3 años, de la Dción. de Arquitectura, más el adicional de Escalafón por 25 años. Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial. Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que la beneficiaria, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Catamarca.
Resol. AGAP. Nº 1 59 08-04-2014 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Acuérdase, a partir de SEP11, el Beneficio de Asignación Complementaria Previsional, conforme Art. 29º Anexo I, del Dcto.
Acdo. Nº 127/11, a la Sra. Maximina Jovina del Valle Sosa, DNI. Nº 5.946.875, Beneficio ANSES:
155386794704. El Haber Testigo del Art. 21º Anexo I, del Decreto mencionado y sus modificatorias Nº 386/11, se determinará en: Categ. 18, Agrup.
Servicios Grales., Pta. Pte., de la Dción. Pcial. de Minería, con una antigedad de 36 años en la Administración Pública. Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial. Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que la beneficiaria, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos
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correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Catamarca.
Resol. AGAP. Nº 1 60 09-04-2014 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Acuérdase, a partir de JUN13, el Beneficio de Asignación Complementaria Previsional, conforme Art. 29º Anexo I, del Dcto.
Acdo. Nº 127/11, a la Sra. Gladys Azucena Barrera Rivera, DNI. Nº 20.924.222, Beneficio ANSES:
15558895504. En virtud de la insania de la beneficiaria, su curador el Sr. Raúl Héctor Barrera, DNI. Nº 22.515.479, deberá percibir lo mismo en representación de la misma, hasta AGO15, fecha en la que caduca fallo del Juzgado de Familia de Tercera Nominación, salvo que presente nueva sentencia judicial, conforme lo ordenado punto III
de Sentencia Definitiva Nº 66/12. El Haber Testigo del Art. 21º Anexo I, del Decreto mencionado y sus modificatorias Nº 386/11, se determinará en:
Categs. 4 3 meses, 4 1 año, 1 mes y 5 1 año, 8
meses. Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial. Económica Administrativa al pago del mismo. En el caso que la beneficiaria, no estuviese de acuerdo con lo resuelto precedentemente, tendrá derecho a interponer los Recursos Administrativos correspondientes, establecidos por el Título VII, Capítulo II, del Código de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Catamarca.
Resol. AGAP. Nº 1 61 09-04-2014 Administración Ge neral de Asuntos Previsionales Acuérdase, a partir de AGO13, el Beneficio de Asignación Complementaria Previsional, conforme Art. 29º Anexo I, del Dcto.
Acdo. Nº 127/11, a la Sra. María Clementina Soria, DNI. Nº 6.506.808, Beneficio ANSES:
155593633004. El Haber Testigo del Art. 21º Anexo I, del Decreto mencionado y sus modificatorias Nº 386/11, se determinará en: Clase IV 3 años, de Obras Sanitarias Catamarca, más los adicionales de Escalafón 12 años, Permanencia, Guardia Rotativa, Movilidad y Clasificación. Procédase a través de la Dción. Pcial. de Beneficios Previsionales a la liquidación y a la Dción. Pcial.