Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/4/2024

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6858 - 23/04/2024

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 359

Artículo 2.- Otorgar desde la suscripción de la presente y hasta el 13 de diciembre de 2026 a la Sra. Karina Andrea Morteo, con DNI N 23.553.728, el permiso de uso para la delimitación de un área gastronómica, mediante deck, sobre la calzada de Av.
Mendoza, frente al local comercial sito en Av. Mendoza 5078 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3.- Ordénese al permisionario respetar los siguientes parámetros para el emplazamiento del área gastronómica:
- Dejar un corredor libre de por lo menos dos 2.00 de ancho, contados desde la línea oficial de edificación hasta el área gastronómica.
- Dejar un espacio libre de treinta 30 centímetros de ancho inmediatos al cordón de la acera.
- Extenderse dentro de los límites de la acera correspondientes al local habilitado.
- Evitar el área de seguridad de las esquinas.
Artículo 4.- Hágase saber al permisionario que tiene trescientos sesenta 360 días corridos para acreditar fotográficamente ante esta Dirección General la instalación de la plataforma de esparcimiento mediante estructura -decksobre el nivel de la vereda autorizada en el Artículo 1º, caso contrario, el presente permiso caducará automáticamente.
Artículo 5.- Hágase saber al permisionario que el presente permiso podrá ser revocado con fundamento en razones de oportunidad, mérito o conveniencia y cuando sobrevengan causales que ameriten su revocación y sin derecho a indemnización alguna.
Artículo 6.- Notifíquese al interesado de acuerdo con lo previsto en los artículos 62 y 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/97-texto consolidado por Ley Nº 6.588. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Fiscalización dependiente de esta Subsecretaría a los fines de que, en el marco de sus competencias, disponga el control del correcto ejercicio del permiso otorgado. Cumplido, archívese. Fiore
BO-2024-6858-GCABA-DGCLE

Página 359 de 749

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/4/2024

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha23/04/2024

Nro. de páginas750

Nro. de ediciones5626

Primera edición06/08/1996

Ultima edición12/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2024>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
282930