Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/11/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5993 - 06/11/2020

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 287

Expedientes Electrónicos N EX- 2020-25254325- -GCABA-MGEYA y EX-202016103657- -GCABA-MGEYA, el Dictamen Jurídico de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos IF-2020-24145574-GCABA-DGACEP, el Acta N 105 de la Junta Comunal 13 del 28 de octubre de 2020, y, CONSIDERANDO:
Que por los actuados citados en el Visto tramita el caso N 146/20 Bronfman, Miguel c/G.C.B.A. el cual ha sido sometido al régimen de mediación en el marco del Convenio de Prestación de Servicios de Mediación y Conciliación en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires Disposición 180-DP-08;
Que en el marco de dicho proceso, el Sr. Miguel Bronfman solicitó un resarcimiento por los daños que la caída de una rama de árbol le provocara al vehículo marca Volkswagen, modelo Suran, dominio OXY 616, en la Avenida Melián altura 2292, de esta Ciudad, el 14/04/2020;
Que el 9 de junio de 2020 el celebró la audiencia del caso Nº 146/20 ante la mediadora designada en la que compareció el Sr. Miguel Bronfman en calidad de requirente, la asesora legal de la Comuna 13 y el Dr. Rodolfo Castrataro representante de la Procuración General;
Que a fin de acreditar las circunstancias alegadas el requirente acompañó la siguiente documentación: i título de propiedad del mentado vehículo.; ii fotografías; iii un presupuesto; iv factura; y v una póliza de seguros vigente a la fecha del siniestro contratada con la compañía "Caja de Seguros S.A de la cual surge que no contaba con cobertura por daños parciales;
Que, en ese estado, el Consejo de Mediación, Conciliación y Arbitraje de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires remite estos obrados a fin de que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires dictaminara sobre la verosimilitud de los daños invocados por la requirente, determinando -en su casola relación de causalidad y la cuantía de los mismos;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires le dio intervención a la Subsecretaría de Emergencias para que a través de las áreas correspondientes Direcciones Generales de Guardia de Auxilio y Emergencias, de Logística y de Defensa Civil - producieran los informes detallados al respecto;
Que de los informes producidos por aquéllas surgió que esta Administración no tuvo intervención alguna en el hecho denunciado;
Que el interesado ofreció como testigos del suceso denunciado al Sr. David Bernardino Larrosa y al Sr. Emanuel Alejandro Condori, prestando declaración el Sr.
Larrosa en la audiencia llevada a cabo el 30/07/2020;
Que con carácter preliminar conviene recordar que el reconocimiento de la responsabilidad estatal por su actividad tanto lícita como ilegítima, exige para su procedencia el cumplimiento de ciertos requisitos imprescindibles, esto es: a la existencia de un daño actual y cierto; b la relación de causalidad entre el accionar lícito o ilícito del Estado y aquél perjuicio y, c la posibilidad de imputar jurídicamente esos daños a dicho Estado cfr. CSJN, Fallos: 306:2030; 307:821; 318:1531; 320:113;
321:1776; 321:2144; entre otros;

BO-2020-5993-GCABA-DGCLCON

página 287 de 470

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/11/2020

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha06/11/2020

Nro. de páginas471

Nro. de ediciones5624

Primera edición06/08/1996

Ultima edición10/07/2024

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