Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/12/2011

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3817 - 22/12/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N10

ley contra el responsable de los hechos acaecidos, cuyos rubros indemnizatorios sean satisfechos mediante el pago de la indemnización por expropiación y las sumas establecidas en los artículos 2 y 3.
Art. 8.- A efectos de acceder a los beneficios establecidos en los artículos 2 y 3, los beneficiarios deberán renunciar a toda acción civil que pudieran tener contra la Ciudad de Buenos Aires fundados en los hechos acaecidos, sobre el inmueble objeto de expropiación cuyos rubros indemnizatorios sean satisfechos mediante el pago de la indemnización por expropiación y las sumas establecidas en los artículos 2 y 3, y consentir expresamente la subrogación establecida en el artículo anterior.
Art. 9.- A los efectos de la implementación de la presente Ley, el Poder Ejecutivo podrá disponer las modificaciones presupuestarias necesarias para el financiamiento de los gastos derivados de dichas acciones. Las modificaciones presupuestarias resultantes no estarán alcanzadas por las limitaciones contenidas en el primer párrafo del Artículo 63 de la Ley 70.
Art. 10.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez
DECRETO N.º 666/11
Buenos Aires, 10 de diciembre de 2011
En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley N 4.004 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con fecha 17 de noviembre de 2011. Dése al Registro; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la Secretaría Parlamentaria del citado Cuerpo por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos y Organismos de Control y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.
El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. MACRI - Grindetti - Rodríguez Larreta
Resoluciones Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.º 403/LCABA/11
Buenos Aires, 6 de diciembre de 2011
Artículo 1.- Desígnase al diputado Cristian Andrés Ritondo para desempeñar el cargo de Vicepresidente Primero de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/12/2011

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha22/12/2011

Nro. de páginas251

Nro. de ediciones5622

Primera edición06/08/1996

Ultima edición05/07/2024

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