Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/9/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3011 - 10/09/2008

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N 4

DECRETO N 1.065/08
Buenos Aires, 2 de septiembre de 2008.
VISTO:
El Expediente N 14.536/2008, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 2.075/2007 B.O.C.B.A. N 2.829, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que entre otras medidas, el Artículo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2007, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno;
Que según surge de los presentes actuados la Dirección General de Servicios Sociales Zonales, del Ministerio de Desarrollo Social, solicita se reconozcan los servicios prestados por diversas personas, como Personal de su Planta de Gabinete;
Que dicho requerimiento se efectúa desde el 10 de diciembre de 2007 y hasta el 09
de enero de 2008, toda vez que existió una real prestación de servicios;
Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo peticionado;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Art. 1.- Reconócense los servicios prestados desde el 10 de diciembre de 2007 y hasta el 09 de enero de 2008, por diversas personas, como Personal de la Planta de Gabinete de la Dirección General de Servicios Sociales Zonales, del Ministerio de Desarrollo Social, tal como se indica en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto, en las condiciones establecidas por el Artículo 5 del Decreto N 2.075/2007, B.O.C.B.A. N 2.829.Art. 2.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, encuentra imputación en el Presupuesto Vigente, en el Inciso 1 Gastos en Personal, en la Repartición en que prestaron servicios.Art. 3.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social, y los señores Ministro de Hacienda y Jefe de Gabinete de Ministros.Art. 4.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda; cumplido, archívese.- MACRI - Vidal - Grindetti Rodríguez Larreta

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/9/2008

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaísArgentina

Fecha10/09/2008

Nro. de páginas121

Nro. de ediciones5620

Primera edición06/08/1996

Ultima edición03/07/2024

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